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Documento BOE-A-2010-1806

Resolución de 18 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Investigación, por la que se conceden ayudas predoctorales de formación de personal investigador en su convocatoria 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2010, páginas 10420 a 10421 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2010-1806

TEXTO ORIGINAL

Cumplidos los tramites establecidos en la Resolución de 29 de diciembre de 2008 (BOE de 5 de enero de 2009) de la Secretaría de Estado de Universidades, por la que se hace pública la convocatoria correspondiente al año 2009 de concesión de ayudas del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación 2008-2011, he resuelto:

Primero.–Conceder ayudas a los beneficiarios que se relacionan en el Anexo de acuerdo al procedimiento de cobertura de renuncias e incorporación de reservas indicado en el apartado I.17.3 y II.13 de la Resolución de convocatoria. Tal y como establece el apartado I.5.1 de la Resolución de convocatoria, estas ayudas tendrán una duración de 48 meses, a contar desde la fecha de incorporación del investigador a su Centro de Investigación, y se estructuran en dos periodos diferenciados: el primero de beca, con una duración de 24 meses, donde los beneficiarios son el personal investigador en formación, y el segundo de contrato, con una duración máxima de los dos años siguientes desde la finalización del periodo de beca, donde los beneficiarios son los Centros de I+D de adscripción del personal investigador en formación.

Segundo.–Durante el período de beca la cuantía de las ayudas incluirá el importe de la beca, de 1.142 euros mensuales brutos, y el coste de las aportaciones a la Seguridad Social, de acuerdo a los tipos de cotización y bonificaciones que correspondan para cada año. Durante el período de contrato, la ayuda para cada uno de los contratos se destinará necesariamente a abonar el salario, de 16.422 euros brutos anuales como mínimo, y la cuota empresarial de la Seguridad Social de los investigadores contratados. El importe total de las ayudas a que se refiere esta Resolución asciende a 2.720.054 euros, y su financiación se imputará a las aplicaciones presupuestarias 21.05.463B.781, 21.05.000X.713, 21.05.000X.730, 21.05.463B.751 y 21.05.463B.780 o equivalente del presupuesto de gastos del Ministerio de Ciencia e Innovación para el año 2009 y ejercicios posteriores, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. En su caso, las cuantías podrán ser financiadas con las aportaciones procedentes del Fondo Social Europeo.

Tercero.–Los investigadores en formación seleccionados se incorporarán a sus Centros de I+D en el primer día hábil de cualquiera de los tres meses siguientes al de la publicación en la página web del Ministerio de Ciencia e Innovación (http://www.micinn.es) y remitirán a la Subdirección General de Formación e Incorporación de Investigadores, los documentos correspondientes a la incorporación, que se encuentran disponibles en la página web anteriormente mencionada, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la fecha de incorporación. Se entenderá la no incorporación en este plazo como renuncia a la ayuda. Los beneficiarios extranjeros deberán aportar además, una fotocopia del Número de Identidad de Extranjero (NIE).

En casos excepcionales y debidamente justificados, la Subdirección General de Formación e Incorporación de Investigadores, previa solicitud dentro del periodo de incorporación indicado en este punto, podrá ampliar el plazo de incorporación.

Cuarto.–Los investigadores en formación seleccionados y los Centros de I+D de adscripción deberán remitir todos los informes, formularios y demás documentos que, a los efectos del disfrute de la ayuda, le sean requeridos por la Subdirección General de Formación e Incorporación de Investigadores o por las obligaciones que se desprenden de la Resolución de convocatoria de estas ayudas.

Quinto.–La justificación de las ayudas por parte de los investigadores en formación y de los Centros de I+D de adscripción se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley General de Subvenciones y con el apartado II.11 y II.12 de la Resolución de convocatoria, así como con las instrucciones se den por el Ministerio de Ciencia e Innovación.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 18 de enero de 2010.–El Secretario de Estado de Investigación, P.D. (Orden CIN/1179/2009, de 8 de mayo), el Director General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, José Manuel Fernández de Labastida y del Olmo.

ANEXO
Ayudas FPI 2009

Concesiones

N.º

Beneficiario/a

Referencia Ayuda

Referencia Proyecto

Situación

1

CAÑASVERAS SANCHEZ, JUAN CARLOS

BES-2009-013598

AGL2008-05053-C02-02.

Concedido.

2

HERNANDEZ BALLARIN, VERONICA

BES-2009-025015

CGL2008-04200.

Concedido.

3

RODRIGUEZ MORALES, ALEJANDRA

BES-2009-028025
BES-2009-028024

CTQ2008-02064.

Concedido.

4

CABRERA SANCHEZ, JAVIER

BES-2009-024870

TIN2008-06464-C03-01.

Concedido.

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