Visto el expediente de indulto de doña Olivia Patricia Soto Arévalo, condenada por el Juzgado de lo Penal número 6 de Valencia, en sentencia de 22 de octubre de 2009, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y un día de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena y multa de 97,36 euros, por hechos cometidos en el año 2008 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de octubre de 2010,
Vengo en conmutar a doña Olivia Patricia Soto Arévalo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 8 de octubre de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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