Visto el expediente de indulto de don Cisse Mbaye, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Albacete, en sentencia de 5 de junio de 2008, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo, con sustitución de dicha pena por la de expulsión del territorio español y multa de doce meses con una cuota diaria de dos euros, por hechos cometidos en el año 2007 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de octubre de 2010,
Vengo en conmutar a don Cisse Mbaye las penas privativas de libertad y de multa pendientes de cumplimiento por otra de 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 1 de octubre de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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