En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.5 de la Orden ARM/572/2010, de 10 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas para facilitar el acceso a la financiación, y conforme a la propuesta de resolución emitida por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA), firmante del Convenio de colaboración suscrito con el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino para la instrumentación de los avales a nuevos préstamos acogidos al capítulo I de la Orden ARM/572/2010.
Considerando que las solicitudes aceptadas por SAECA han sido objeto de comprobación de los requisitos establecidos en los artículos 3 y 5.2 de la mencionada Orden.
Considerando además que de acuerdo con la propuesta de resolución emitida por SAECA, el importe global de la ayuda no va a superar las disponibilidades presupuestarias establecidas en el artículo 6 de la Orden ARM/572/200, y por lo tanto no es de aplicación lo señalado en el punto 3 del artículo 5 de la citada Orden, resuelvo:
Conceder, a los titulares de las explotaciones agrícolas y ganaderas que suscriban préstamos con entidades financieras avalados por SAECA, las ayudas que se especifican en el artículo 4 de la Orden ARM/572/2010, y cuya cuantía global asciende a 4.751.367,60 euros, de acuerdo con el siguiente desglose anual:
Año 2010: 1.384.489,90 euros.
Año 2011: 1.306.387,40 euros.
Año 2012: 1.032.132,56 euros.
Año 2013: 682.937,23 euros.
Año 2014: 345.420,51 euros.
SAECA como Entidad colaboradora del Ministerio para esta operación, procederá a la notificación individualizada a los beneficiarios del importe de la ayuda concedida.
Esta Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Madrid, 7 de octubre de 2010.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.
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