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Documento BOE-A-2010-15390

Resolución de 6 de agosto de 2010, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas de la convocatoria de Lectorados MAEC-AECID en universidades extranjeras para el curso académico 2010/2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 8 de octubre de 2010, páginas 85251 a 85251 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2010-15390

TEXTO ORIGINAL

En el BOE n.º 10, de 12 de enero de 2010, se publicó la Resolución de 16 de diciembre de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueba la convocatoria de Lectorados MAEC-AECID en universidades extranjeras para 2010/2011.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril (BOE de 26 de abril), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), el RD 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la AECID, la Resolución de la Presidencia de la AECID de 5 de febrero de 2008, BOE 01.03.08, por la que se delegan determinadas competencias en el director de la AECID, y en virtud de la Resolución de 16 de diciembre de 2009 (BOE n.º 10 de 12 de enero de 2010) por la que se aprueba la convocatoria de Lectorados MAEC-AECID 2010/11, a propuesta de la comisión de valoración reunida al efecto, esta Presidencia de la AECID, ha resuelto:

Primero.–Conceder las ayudas que se relacionan a la lectora que se cita por baja del titular, siguiendo lo establecido en la base sexta de la mencionada convocatoria y en el Acta de la comisión de valoración de fecha 5 de agosto de 2010.

Programa 143 A 486.03:

País/ Universidad

Lector/a

Inicio-fin

Ayuda mes €

Ayuda viaje €

S. Med mes

Vietnam/U. Abierta 2 de Ho Chi Minh.

Sara González Gaspar R 18.06.2010.
BOE 15.07.2010.

01/09/2010
31/08/2011

1.500

1.800

60

Segundo.–Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado de las ayudas reconocidas en esta Resolución, en los términos previstos en la citada Orden AEC/1098/2005 de 11 de abril (BOE de 26 de abril).

Contra la resolución que pondrá fin a la vía administrativa, según lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición contra dicha resolución en el plazo de un mes, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 6 de agosto de 2010.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.S. (Resolución de 6 de julio de 2010), la Directora de Cooperación Sectorial y Multilateral, Rosa Elcarte López.

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