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Documento BOE-A-2010-14367

Resolución de 22 de agosto de 2010, del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 18 de septiembre de 2010, páginas 79509 a 79528 (20 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2010-14367

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado tercero de la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo de 2005, por la que se regula el procedimiento de obtención, aprobación y rendición de cuentas anuales para los organismos públicos a los que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace público el resumen de las cuentas anuales del ejercicio 2009 del Organismo Autónomo Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Madrid, 22 de agosto de 2010.–La Directora General del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Concepción Pascual Lizana.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

IV. RESUMEN DE LA MEMORIA

IV.1 Organización y actividad

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo «INSHT» fue creado por el Real Decreto-ley, de 16 de noviembre de 1978, como Organismo Autónomo de carácter administrativo adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través de la Dirección General de Trabajo.

El Real decreto 577/1982, de 17 de marzo, regula la estructura y competencias del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Posteriormente, La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, define al INSHT como órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas.

Para el cumplimiento de ésta misión, el Instituto desarrollará las siguientes funciones:

a) Asesoramiento técnico en la elaboración de la normativa legal.

b) Promoción y realización de actividades de formación, información, investigación, estudio y divulgación en material de prevención de riesgos laborales.

c) Apoyo técnico y colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el cumplimiento de su función de vigilancia y control.

d) Colaboración con organismos internacionales y desarrollo de programas de cooperación internacional.

e) Cualesquiera otras que sean necesarias y le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias de acuerdo con la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Para el desarrollo de estas funciones el INSHT velará por la coordinación, intercambio de información y experiencias entre las distintas Administraciones Públicas y especialmente fomentará y prestará apoyo a la realización de actividades de promoción de la Seguridad Social y de la salud laboral por las Comunidades Autónomas.

El INSHT actúa como centro de referencia nacional, garantizando la coordinación y transmisión de la información con las Instituciones de la Unión Europea, en particular respecto a la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo y su Red.

El INSHT ejerce la Secretaría General de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, presentándole la asistencia técnica y científica necesaria para el desarrollo de sus competencias.

La principal fuente de financiación para el desarrollo de estas funciones se basa en las Transferencias que recibe de la Administración General del Estado a través del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

El Organismo está exento del Impuesto sobre Sociedades. Repercute el correspondiente IVA sobre la venta de publicaciones técnicas y por la prestación se servicios de homologación de equipos. La totalidad del IVA repercutido por estas operaciones se ingresa en la Administración Tributaria, sin descontar del mismo el IVA soportado.

Estructura organizativa básica:

Dirección (Concepción Pascual Lizana).

Subdirección Técnica (Francisco Marqués Marqués).

Coordinador de Programas Técnicos (Mario Grau).

Coordinador Relaciones con la U.E. (Pilar Casla).

Coordinador Jefe Relaciones UE y Coop. Intern. (Belén Pérez).

Dirección Unidad de Apoyo (Marta Jiménez Águeda).

Coordinador de Programa y Estrategia (María Gómez-Cano).

Cuatro Consejeros Técnicos

Dirección Dep. Asistencia y Normas (José L. Castellá).

Coordinador de Normas (Miriam Corrales Arias).

Coord. Asistencia y Guías Técnicas (Eduardo Gil).

Coord. Auditorias Sist. Prevención (Pablo Orofino).

Dirección Dep. Investigación e Información (Marta Zimmermann).

Coord. de Investigación (D. Javier Pinilla García).

Coord. de Información y Observatorio (Victoria de la Orden).

Dirección Secretariado Comisión Nacional (José Yanes Coloma).

Coord. Jefe del Secretariado (Francisco Ibáñez).

Coord. Grupos de Trabajo (Yolanda Palacio).

C.N. Condiciones de Trabajo (Barcelona) (Juan Guash Farrás).

C.N. Nuevas Tecnologías (Madrid) (Olga Fernández Martínez).

C.N. Medios Protección (Sevilla) (Antonio Carmona Benjumea).

C.N. Verificación Maquinaria (Vizcaya) (Alejo Fraile Cantalejo).

Secretaría General (Enrique Miguel Sánchez Motos).

Adjunto a Secretaria General (María Hernando).

Consejero Técnico (Asunción Cornejo Pablos).

Coordinador de Recursos Humanos y S. Grales. (Carmen Cuamea).

Oficina Presupuestaria (D. Domingo Fernández Rodríguez).

Servicio de Administración (Agustín Sánchez).

Servicio de Contabilidad (Ángel López Fernández).

Director Departamento Sistemas Informáticos (Luis Miguel Ciado).

Director Departamento de Publicaciones y Promoción (Federico Castellanos Mantecón).

Coordinador de Ediciones y Publicaciones (Emilio Castejón Vilella).

Coordinador de Sistemas de Prevención (César Alfredo Martínez Plaza).

Dirección Unidad de Organización y Calidad (José Antonio Fuertes).

El número medio de empleados durante el ejercicio 2009 es:

Personal funcionario: 436,50.

Personal laboral: 66,50.

El número de empleados a 31 de diciembre de 2009 es de:

Personal funcionario: 433.

Personal laboral: 63.

D.2 Gestión indirecta de servicios públicos y convenios

No existen servicios públicos gestionados de forma indirecta por el Organismo.

D.3 Bases de presentación de las cuentas

a) Principios contables: Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros, y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria y en la Instrucción de Contabilidad de la Administración Institucional del Estado y con los principios contables públicos establecidos en la Ley General Presupuestaria y en el Plan General de Contabilidad Pública, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución del presupuesto.

b) Comparación de la información: No se han producido modificaciones ni cambios de criterios en la información respecto a la Cuenta del ejercicio anterior.

c) Razones e incidencias en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización: No se han producido modificaciones ni cambios de criterios en la información respecto a la Cuenta del ejercicio anterior.

D.4 Normas de valoración

a) Inmovilizado Inmaterial: La inmovilizaciones inmateriales figuran contabilizadas por su precio de adquisición. La amortización de las mismas se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal. Se toma como vida útil el período establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999.

b) Inmovilizado material, inversiones destinadas al uso general e inversiones gestionadas: Las inversiones materiales se registran al coste de adquisición, más, en su caso, las actualizaciones practicadas según las disposiciones legales correspondientes. Las cuotas de amortización del inmovilizado material se determinan por el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999.

c) Inversiones financieras: Las inversiones financieras se reflejan al precio de adquisición o al de mercado, si este fuera menor.

d) Existencias.

e) Provisiones para riesgos y gastos: Se dotan provisiones para responsabilidades cuando existe una alta probabilidad de incurrir en obligaciones como consecuencia de litigios en curso, con base en cualquier caso en el correspondiente informe del servicio jurídico.

f) Deudas: Las deudas a largo y corto plazo figuran contabilizadas por su valor de reembolso, reflejándose los intereses implícitos incorporados en el valor nominal o de reembolso bajo el epígrafe de gastos a distribuir en varios ejercicios.

g) Provisión dudoso cobro.–La entidad dota provisiones por dudoso cobro por el procedimiento de seguimiento individualizado para aquellos créditos en los que se de alguna de estas circunstancias:

Que los créditos hayan sido reclamados judicialmente o sean objeto de un litigio judicial o procedimiento arbitral de cuya resolución dependa su cobro.

Que el deudor este declarado en quiebra, concurso de acreedores, suspensión de pagos o incurso en un procedimiento de quita y espera.

Que el deudor esté procesado por el delito de alzamiento de bienes.

h) Ingresos y gastos: Los ingresos y gastos se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial del Organismo. Para los gastos se sigue el criterio de devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos o se reconozcan las obligaciones presupuestarias, los ingresos se registran en base al principio de prudencia por contraído simultáneo, excepto la transferencias corriente y de capital del Estado, que se han realizado por contraído previo.

Las subvenciones corrientes y transferencias, tanto corrientes como de capital, tanto recibidas como entregadas se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio en el que se reconocen los derechos y obligaciones que de ellas de derivan.

i) Transacciones en moneda distinta del euro: Las cuentas a cobrar o pagar en moneda distinta del euro se reflejan al tipo de cambio de fin de ejercicio. Las transacciones en moneda distinta del euro se reflejan en la cuenta de resultado económico patrimonial de la entidad al tipo de cambio aplicable en el momento de su realización. Todas las pérdidas y beneficios (realizados o no) se imputan al resultado económico patrimonial del ejercicio en que se generen.

IV.16 Acontecimientos posteriores al cierre

No se han producido acontecimientos posteriores al cierre que puedan ser de especial relevancia y que puedan tener datos útiles para los destinatarios de la información contable pública.

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