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Documento BOE-A-2010-13930

Resolución de 25 de agosto de 2010, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se autoriza al Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia a impartir el Ciclo Formativo de Grado Superior de Educación Infantil a distancia.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 9 de septiembre de 2010, páginas 77304 a 77305 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-13930

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación, en relación con el aprendizaje a lo largo de la vida, establece que es necesario incrementar la flexibilidad del sistema educativo para permitir el tránsito de la formación al trabajo y viceversa. Y esa flexibilidad implica la configuración de vías formativas adaptadas a las necesidades e intereses de las personas que quieran incrementar su nivel formativo.

El Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, en desarrollo de la citada Ley Orgánica, ofrece a las personas adultas la posibilidad de mejorar su cualificación profesional, combinando las variables de trabajo, responsabilidades personales y la formación permanente a lo largo de su vida, y con este fin, regula las enseñanzas de formación profesional a distancia.

Además, el Real Decreto 1180/1992 de 2 de octubre, por el que se crea el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD), ya considera, en su artículo 2, la formación profesional específica como oferta educativa prioritaria. En el artículo 1 de esta misma norma se establece como uno de los objetivos del CIDEAD el desarrollo de los estudios y propuestas técnicas necesarios para la elaboración de las medidas de ordenación académica y adecuación de los currículos que posibiliten la impartición de las enseñanzas a distancia, de acuerdo con sus especiales características y adaptadas a las condiciones y necesidades de la población adulta, respetando en su caso las enseñanzas mínimas.

El Real Decreto 1027/1993, de 25 de Junio (BOE de 6 de agosto), por el que se regula la acción educativa en el exterior, establece, en su artículo 2, que dicha acción incluirá la promoción y organización de enseñanzas regladas correspondientes a niveles no universitarios del sistema educativo español, como es el caso de la Formación Profesional. Las modalidades de acción educativa irán dirigidas indistintamente a alumnado de nacionalidad española o extranjera. El citado Real Decreto señala, en su artículo 7.2, al CIDEAD como una de las instituciones en las que podrá desarrollarse la acción educativa en el exterior, contribuyendo a la promoción de enseñanzas regladas del sistema educativo español mediante la modalidad de la educación a distancia.

Por último, la Cláusula Cuarta del Convenio Marco de Colaboración, suscrito entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), establece que el Ministerio, dentro de su política de cooperación educativa con Iberoamérica podrá acordar, o en su caso encomendar a la OEI la realización de determinados proyectos. De acuerdo con esta Cláusula, se firma un Protocolo Adicional para desarrollar un programa iberoamericano de formación, titulación, y en su caso, certificación de profesores y técnicos de educación infantil, que se impartirá a distancia a través CIDEAD, mediante los recursos didácticos y tecnológicos elaborados por el Ministerio de Educación de España. Las enseñanzas impartidas como consecuencia de la aplicación del presente Protocolo serán las correspondientes al Título de Técnico Superior en Educación Infantil, establecido en el Real Decreto 1394/2007, de 29 de Octubre, y desarrollado por la Orden ESD/4066/2008, de 3 de Noviembre, con las adaptaciones que se establezcan.

Por todo lo expuesto, dispongo:

Único.–Se autoriza al Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia a:

a) Ofertar el Ciclo Formativo de Grado Superior de Educación Infantil en colaboración con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura.

b) Desarrollar dichas enseñanzas y hacer las adaptaciones necesarias, en sintonía con el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, teniendo en cuenta las especiales características de esta oferta educativa y de la población destinataria, de acuerdo con el Protocolo Adicional al Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Educación de España y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura.

Madrid, 25 de agosto de 2010.–El Director General de Formación Profesional, Miguel Soler Gracia.

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