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Documento BOE-A-2010-13357

Resolución de 26 de julio de 2010, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publican las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 23 de agosto de 2010, páginas 73953 a 73973 (21 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Política Social
Referencia:
BOE-A-2010-13357

TEXTO ORIGINAL

La Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para las entidades estatales de derecho público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, establece en su apartado Tercero que la publicación de las cuentas anuales se deberá efectuar en el plazo de un mes, contado desde la fecha en que la Intervención General del Estado presente las respectivas cuentas anuales ante el Tribunal de Cuentas.

Por todo ello, el Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad ha tenido a bien disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del resumen de las Cuentas Anuales correspondientes al ejercicio 2009, que figura en el anexo de esta Resolución.

Madrid, 26 de julio de 2010.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, P. S. (Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto), el Director Técnico, Ignacio Robles García.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

IV. RESUMEN DE LA MEMORIA

IV.1 Organización y actividad

El Real Patronato sobre Discapacidad es un Organismo Autónomo de los previstos en el artículo 43.1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Educación, Política Social y Deportes, creado por el artículo 57 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, administrativas y de Orden Social, si bien, tras la publicación en el B.O.E. del Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, el Organismo queda adscrito al Ministerio de Sanidad y Política Social.

Según se desprende de su estatuto, aprobado por Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, modificado por el Real Decreto 338/2004, de 27 de febrero, el Real Patronato sobre Discapacidad tiene por fines la promoción y mejora de la prevención de deficiencias y de la atención a las personas con discapacidad, así como de su desarrollo personal y consideración social.

Para ello el Organismo desarrollará las siguientes funciones:

1. Promover la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos al perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad en los campos de:

a) La prevención de las deficiencias.

b) Las disciplinas y especialidades relacionadas con el diagnóstico, la rehabilitación y la inserción social.

c) La equiparación de oportunidades.

d) La asistencia y la tutela.

2. Facilitar, dentro del ámbito definido en el apartado anterior, el intercambio y la colaboración entre las distintas Administraciones públicas, así como entre éstas y el sector privado, tanto en el plano nacional como en el internacional.

3. Prestar apoyo a organismos, entidades, especialistas y promotores en materia de estudios, investigación y desarrollo, información, documentación y formación.

4. Emitir dictámenes técnicos y recomendaciones sobre las materias propias de su ámbito de actuación.

Sus principales fuentes de financiación son:

a) Financiación propia: Remanente de Tesorería.

b) Financiación pública: Transferencias, corrientes y de capital, recibidas del Departamento ministerial al que se encuentre adscrito.

El Organismo está exento del Impuesto sobre Sociedades y ninguna de sus operaciones está sujeta a IVA.

La estructura organizativa básica del mismo, tanto a nivel político como de gestión, responde al siguiente organigrama:

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El Real Patronato sobre Discapacidad se compone de órganos directivos (el Consejo y el Secretario General).y de órganos técnicos (las comisiones de expertos y la Dirección Técnica), siendo sus principales responsables el Secretario General y el Director Técnico.

El número medio de empleados para el año 2009 ha sido de 19 personas y el número de empleados a 31 de diciembre de 2009 fue de 16 funcionarios y 2 laborales.

IV.2 Bases de presentación de las cuentas

a) Principios contables.–Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros, y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria y en la Instrucción de Contabilidad de la Administración Institucional del Estado y con los principios contables públicos establecidos en la Ley General Presupuestaria y en el Plan General de Contabilidad Pública, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico-patrimonial y de la ejecución de su presupuesto.

b) Comparación de la información.–En el ejercicio 2008, se adquirió una impresora entregando como parte del pago otra impresora. Esta compra no se contabilizó según lo establecido en el apartado 9.3.2 del Documento n.º 6 de los Principios Contables Públicos. En el año 2009 se han contabilizado los ajustes necesarios para cumplir con lo establecido en el mencionado apartado.

Por otra parte, y también en el año 2008, se realizaron una serie de asientos directos que hicieron que el importe total de Acreedores no presupuestarios que refleja el apartado D.16.2 de la Memoria no coincidiera con la suma total las partidas correspondientes en el Balance de Situación (rúbrica 475x «Administraciones Públicas» y cuenta 561 «Depósitos recibidos a corto plazo»). En el ejercicio 2009 se han realizado los ajustes pertinentes para eliminar esta diferencia y hacer que coincida la contabilidad patrimonial con la presupuestaria.

El Organismo utilizaba la cuenta 6223 «Reparaciones y conservación de maquinaria» para contabilizar los gastos de esta naturaleza correspondientes a bienes que se tenían inventariados y contabilizados en la cuenta 222. «Instalaciones técnicas». En el año 2009 se ha hecho el ajuste pertinente para reclasificar estos gastos y reflejarlos en la cuenta 6222 «Reparaciones y conservación de instalaciones técnicas».

IV.3 Normas de valoración

a) Inmovilizado inmaterial.–Los elementos figuran contabilizados por su precio de adquisición o por su coste de producción. La amortización se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

b) Inmovilizado material, inversiones destinadas al uso general e inversiones gestionadas.–Las inversiones materiales se registran al precio de adquisición más, en su caso, las actualizaciones practicadas según las disposiciones legales correspondientes. Las cuotas de amortización se determinan por el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

Para los bienes recibidos en adscripción (sede del Organismo) se ha tomado como precio de adquisición el valor neto de los mismos en la contabilidad del adscribiente, en el momento de la adscripción.

Los costes de renovación, ampliación o mejora se incorporan al activo como mayor valor del bien cuando suponen un aumento de su capacidad, productividad o alargamiento de su vida útil.

c) Inversiones financieras.–Los créditos a largo plazo (anticipos de nómina al personal del Organismo) se han contabilizado por el importe concedido. Estos créditos no devengan intereses.

d) Existencias.–El organismo no dispone de existencias.

e) Provisiones para riesgos y gastos.–Para el ejercicio 2009 el Real Patronato sobre Discapacidad no ha dotado ninguna de estas provisiones.

f) Deudas.–Figuran en el balance por su valor de reembolso.

g) Provisiones de dudoso cobro.–El organismo no ha dotado ninguna provisión por dudoso cobro.

h) Ingresos y gastos.–Los ingresos y gastos se imputan a la cuenta del resultado económico-patrimonial siguiendo el criterio de devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos o se reconozcan las obligaciones presupuestarias.

Las transferencias y subvenciones recibidas y entregadas, tanto corrientes como de capital, se imputan a la mencionada cuenta del ejercicio en el que se reconocen los derechos y obligaciones que de ella se derivan.

i) Transacciones en moneda distinta del euro.–No se han realizado transacciones en moneda distinta del euro.

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