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Documento BOE-A-2010-13289

Orden EDU/2252/2010, de 27 de julio, por la que se adjudican ayudas para becas y contratos del Programa "Salvador de Madariaga" en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, en el marco del estatuto del personal investigador en formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 20 de agosto de 2010, páginas 73269 a 73270 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-13289

TEXTO ORIGINAL

Por Orden EDU/3622/2009, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 8 de enero de 2010), se convocaron ayudas para becas y contratos del Programa «Salvador de Madariaga» en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, en el marco del estatuto del personal investigador en formación, del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

De conformidad con el artículo 26.4 de la Orden, la Comisión Mixta, compuesta paritariamente por representantes del Instituto Universitario Europeo de Florencia (IUE) y de la Dirección General de Política Universitaria, ha elevado la relación priorizada de las solicitudes de acuerdo con la puntuación obtenida por la aplicación de los criterios que señala el artículo 26.3 de la Orden.

Por ello, se ha resuelto:

Primero.–Conceder las ayudas para becas y contratos del programa «Salvador de Madariaga» en el Instituto Universitario Europeo de Florencia que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, con efectos de 1 de septiembre de 2010.

Las solicitudes no contenidas en el anterior Anexo se considerarán denegadas o desestimadas.

Segundo.–Publicar como Anexo II, la relación de candidatos suplentes para cubrir las renuncias, según programa.

Tercero.–Las ayudas concedidas por esta resolución tendrán una duración máxima de cuarenta y ocho meses, sin perjuicio de los resultados de los informes de evaluación de las memorias anuales.

Cuarto.–La incorporación de los beneficiarios se producirá en el plazo establecido para el curso académico por el Instituto Universitario Europeo de Florencia. Las altas se tramitarán a través de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) como entidad colaboradora española.

Quinto.–En aplicación del artículo 26.7 de la convocatoria, se facilitará a los solicitantes que lo requieran las puntuaciones obtenidas en los diferentes criterios de evaluación y selección establecidos en la convocatoria.

Sexto.–El gasto resultante de las concesiones, por las cuantías de las dotaciones de 1.400 € y 1.500 € para la fase de beca y contrato respectivamente, las correspondientes cuotas patronales a la Seguridad Social y las ayudas de viaje se eleva a un importe estimado de 787.956,80 € (setecientos ochenta y siete mil novecientos cincuenta y seis euros con ochenta céntimos), que será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado con la siguiente estimativa por anualidades: 64.362,80 € en el ejercicio 2010, 172.088,40 € en el ejercicio 2011 €, 213.355,60 € en el ejercicio 2012, 234.890,00 € en el ejercicio 2013 y 103.260,00 € en el ejercicio 2014.

El gasto correspondiente a ejercicios futuros quedará supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos en los Presupuestos Generales del Estado.

Séptimo.–Los beneficiarios de las ayudas concedidas en la presente resolución quedan sujetos a las obligaciones, requisitos y condiciones que rigen el programa y que se indican en la mencionada Orden EDU/3622/2009, de convocatoria.

Octavo.–Los solicitantes podrán recuperar las solicitudes desestimadas o denegadas en el plazo de un mes a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la resolución de concesión de las ayudas; pasado dicho plazo serán destruidas aquellas solicitudes que no se hayan retirado.

Contra esta resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de resolución sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 27 de julio de 2010.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/2607/2009, de 16 de septiembre), el Secretario General de Universidades, Marius Rubiralta i Alcañiz.

ANEXO I

Beneficiario apellidos y nombre

Referencia

Fecha inicio ayuda

Área científica

Dalmau Palet, Pol

IUE2010-0024

01-Sep-2010

Historia y Arte.

Galán Ávila, Javier Alexis

IUE2010-0022

01-Sep-2010

Derecho.

García Antón, Ricardo

IUE2010-0019

01-Sep-2010

Derecho.

García Rodríguez, Abian

IUE2010-0047

01-Sep-2010

Economía.

Gibert Rivas, Anna

IUE2010-0061

01-Sep-2010

Economía.

Granadino González, Alan David

IUE2010-0012

01-Sep-2010

Historia y Arte.

Lamp, Stefan

IUE2010-0004

01-Sep-2010

Economía.

Obradors Suazo, Carolina

IUE2010-0028

01-Sep-2010

Historia y Arte.

Rossi Silvano, María Delfina

IUE2010-0035

01-Sep-2010

Economía.

Zaragoza Cristiani, Jonathan

IUE2010-0057

01-Sep-2010

Sociología y Políticas.

ANEXO II

Beneficiario apellidos y nombre

Referencia

Área científica

Alloza Frutos, Mario

IUE2010-0003

Economía.

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