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Documento BOE-A-2010-13146

Resolución de 29 de julio de 2010, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública de la subestación a 400/220 kV de "Brazatortas", en el término municipal de Brazatortas, en la provincia de Ciudad Real, promovida por Red Eléctrica de España, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 14 de agosto de 2010, páginas 72197 a 72199 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-13146

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, a instancia de Red Eléctrica de España, S.A., con domicilio en La Moraleja, Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes n.º 177, solicitando declaración, en concreto, de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación que se cita.

Vista la Resolución de fecha 4 de noviembre de 2009 de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, S.A. la subestación de «Brazatortas», en la provincia de Ciudad Real.

Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, S.A., ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no habiéndose recibido alegaciones en el periodo reglamentario.

Resultando que con fecha 19 de noviembre de 2009, se remite separata del proyecto y se solicita informe a Unión Fenosa Distribución, S.A. en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; se reitera la petición de informe con fecha 27 de enero de 2010; no se recibe informe por lo que se considera emitido en sentido favorable de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Resultando que con fecha 4 de noviembre de 2009, se remite separata del proyecto y se solicita informe al Ayuntamiento de Brazatortas en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; se reitera la petición de informe con fecha 27 de enero de 2010; no se recibe informe por lo que se considera emitido en sentido favorable de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Resultando que con fecha 4 de noviembre de 2009, se remite separata del proyecto y se solicita informe a la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente perteneciente a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en lo que afecta a bienes y derechos a su cargo, según lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se recibe informe del que no se desprende oposición al proyecto.

Resultando que habiéndose remitido separata del proyecto a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, a la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se recibe informe de fecha 25 de noviembre de 2009 en el que se señala que la competencia para calificaciones y licencias urbanísticas corresponde al Ayuntamiento de Brazatortas, por lo que no son competentes al respecto.

Visto el informe favorable emitido por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real.

Considerando que la instalación se encuentra incluida en la «Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2008-2016», aprobada por el Consejo de Ministros el 30 de mayo de 2008.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, cuyas características principales son:

Parque de 400 kV:

Adoptará una configuración en interruptor y medio, con capacidad total, actual y futura para cuatro calles, basada en dos tipos de embarrados: semiflexible con conexiones tendidas y destinados a la interconexión principal y rígido a base de tubos de aluminio destinados a la conexión del aparellaje entre sí y a las barras principales. La disposición será:

Calle 1: Reserva futura. Reserva futura.

Calle 2: Guadame. Manzanares 1.

Calle 3: Valdecaballeros. Auto AT-1 400/220 kV.

Calle 4: Futuro AT-2 400/220 kV. Manzanares 2.

Parque de 220 kV:

Adoptará una configuración de doble barra con acoplamiento para un total de nueve posiciones de las que inicialmente se equiparán cuatro. La disposición del parque será la siguiente:

Calle 1: Reserva.

Calle 2: Reserva.

Calle 3: Futuro Trafo 400/220 kV.

Calle 4: Acoplamiento.

Calle 5: Trafo 400/220 kV.

Calle 6: Reserva.

Calle 7: Reserva.

Calle 8: Puertollano 1.

Calle 9: Puertollano 2.

Aparamenta: Las características de la aparamenta a instalar en las calles equipadas será según se detalla en el proyecto de ejecución y contará en su caso con interruptores de mando unipolar con cámaras de corte SF6, transformadores de intensidad, seccionadores pantógrafos, seccionadores rotativos de tres columnas, seccionadores rotativos de tres columnas con cuchillas de puesta a tierra, transformadores de tensión capacitivos, bobinas de bloqueo, autoválvulas y aisladores de apoyos.

Servicios auxiliares de corriente alterna y corriente continua.

Construcción de un edificio de mando y control y cinco casetas de relés (tres en el parque de 400 kV y dos en el parque de 220 kV).

Sistemas de protecciones de medida y control.

Sistemas de comunicaciones por onda portadora, fibra óptica y telefonía interna.

Sistemas de alumbrado y fuerza.

Línea de alimentación a 15 kV: Con el objeto de alimentar los servicios auxiliares de la subestación se construirá una línea a 15 kV con las siguientes características:

Tramo aéreo de 802 m de longitud equipado con conductores tipo LA 56.

Tramo subterráneo de 30 m de longitud equipado con conductores tipo RHZ1-2OL(S) 12/20 kV Al+ H16 3x (1x240) mm2.

Centro de transformación para alimentar los servicios auxiliares de la Subestación Eléctrica compuesto por un edificio de prefabricado de hormigón del tipo PFU-4 formado por: 1 celda de línea, 1 celda de protección trafo, 1 celda de medida, transformador de 400 KVA y cuadro de Baja Tensión.

La finalidad de la instalación es la de reforzar parte de un eje de interconexión Este-Oeste de Castilla-La Mancha, que permitirá la unión de las regiones de Extremadura y Andalucía Occidental con las zonas mediterráneas (Levante y Murcia), lo que mejorará la garantía de la seguridad y calidad del suministro del sistema español, particularmente en la Comunidad de Castilla-La Mancha, y asimismo, esta nueva instalación se unirá con la nueva subestación de 400/220 kV de «Manzanares» mediante una línea de transporte de energía eléctrica de doble circuito denominada «Brazatortas-Manzanares» que permitirá reforzar el mallado de la red de transporte de la península.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 29 de julio de 2010.–El Director General de Política Energética y Minas, Antonio Hernández García.

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