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Documento BOE-A-2010-13014

Resolución 4B0/38181/2010, de 28 de julio, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por lo que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 11 de agosto de 2010, páginas 71242 a 71266 (25 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2010-13014

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado tercero de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, 777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula la obtención, formalización, aprobación y rendición de cuentas a través de soporte informático para los Organismos Públicos a los que sea de aplicación la instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace publico, una vez comunicada por la Intervención General del Estado la remisión al Tribunal de Cuentas, el día 20 de julio de 2010, el resumen de las cuentas anuales del ejercicio 2009 del Organismo Autónomo Instituto Social de las Fuerzas Armadas.

Madrid, 28 de julio de 2010.–La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Celia Abenza Rojo.

MEMORIA

Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS)

Ejercicio 2009

1. Organización y actividad

El Organismo Autónomo Instituto Social de las Fuerzas Armadas, en adelante ISFAS, adscrito al Ministerio de Defensa, fue creado por la Ley 28/1975, de 27 de junio, regularizada posteriormente por el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, cuyo texto fue aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio, BOE del día 14. Asimismo, es de especial mención el Reglamento General de la Seguridad Social de Las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre.

El ISFAS es una entidad pública, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que depende de la Subsecretaria de Defensa y funciona en régimen de Organismo Autónomo de carácter administrativo. Su adaptación a la Ley 6/1997, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE), se llevó a cabo en los artículos 62 de la Ley 50/1998, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y 50 de la Ley 55/1999, del mismo título, que lo configuran como Organismo Autónomo sometido al régimen común de la LOFAGE, salvo el régimen económico-financiero, patrimonial, presupuestario y contable, así como el de intervención y control financiero de las prestaciones y régimen de los conciertos para la prestación de asistencia sanitaria y farmacéutica, en las que se aplicará preferentemente su legislación específica.

Su actividad principal está constituida por la gestión del mecanismo de la Seguridad Social, excluido el sistema de pensiones, del personal de las Fuerzas Armadas, de la Guardia Civil, funcionarios civiles de Cuerpos adscritos al Ministerio de Defensa y el personal regido por el Estatuto de Personal del Centro Nacional de Inteligencia. Además, gestiona las prestaciones de las Asociaciones Mutuas Benéficas del Ejército de Tierra y del Aire, Mutualidades que, en su momento, optaron por integrarse en el Fondo Especial del ISFAS.

Sus fuentes de financiación fundamentales son las cuotas obligatorias de los afiliados y la aportación del Estado, equivalente a la cuota patronal del Régimen General de la Seguridad Social, además recibe transferencias de la Administración General del Estado y los ingresos derivados de su patrimonio, su distribución en porcentaje del total es la siguiente:

Cuotas de los afiliados: 14,46.

Aportación del Estado: 81,85.

Transferencias recibidas: 3,23.

Otros ingresos: 0,46.

La estructura organizativa del organismo es la siguiente:

Consejo Rector, que, presidido por la Subsecretaria de Defensa, vela por el cumplimiento de las normas y fines y establece los criterios de actuación del Instituto.

Junta de Gobierno, presidida por la Secretaria General Gerente del Organismo, que vela por la aplicación de los acuerdos del Consejo Rector y tiene funciones consultivas y de asesoramiento.

Gerencia, que es el conjunto de los servicios centrales del ISFAS.

Delegaciones territoriales, distribuidas por todo el territorio nacional.

La Gerencia, a 31 de diciembre de 2009, está integrada por:

Secretaria General Gerente, con nivel orgánico de Subdirección General, a la que corresponde la dirección, gestión e inspección del Instituto, ejerciendo la jefatura de los servicios administrativos y técnicos.

3 Subdirecciones:

Secretaría General.

Subdirección de Prestaciones.

Subdirección Económico-Financiera.

Otros órganos del ISFAS

Secretaría General Adjunta.

Inspección de Servicios.

Asesoría Jurídica.

Intervención Delegada.

Las Delegaciones Territoriales existentes a 31 de diciembre de 2009 son las siguientes:

13 Delegaciones Regionales (Álava, Badajoz, Barcelona, Cartagena, Coruña, Granada, Madrid, San Fernando, Sevilla, Toledo, Valencia, Valladolid y Zaragoza).

9 Delegaciones Especiales (Asturias, Islas Baleares, Cantabria, Ceuta, Navarra, Melilla Las Palmas, Rioja y Santa Cruz de Tenerife).

32 Delegaciones Provinciales (resto de aquellas capitales de provincia no citadas en los apartados anteriores).

11 Subdelegaciones (Algeciras, Ferrol, Fuerteventura, Ibiza, Jerez de la Frontera, Lanzarote, Mahón, Ronda, Puerto de Santa María, Santiago de Compostela y Vigo).

5 Oficinas Delegadas, situadas en Madrid.

2 Residencias de vacaciones Tercera Edad (Alicante y Benidorm).

9 Centros Asistenciales, dependientes directamente de la Delegación indicada.

Ceuta: 1 Consultorio.

Madrid:

4 Consultorios.

1 Centro de Salud.

1 Centro Especial ISFAS.

San Fernando: 1 Consultorio.

Zaragoza: 1 Consultorio.

4 Representaciones en Jaca, Rota, Santa Cruz de La Palma y Tremp (Academia General Básica de Suboficiales).

El número total de empleados a 31 de diciembre de 2009, ejercicio al que se refieren las cuentas, era de 836 personas, con la siguiente distribución:

254 Funcionarios.

223 Militares.

1 Guardia Civil.

232 Laborales.

126 Miembros de la Guardia Civil en situación de reserva.

Finalmente, hay que indicar que el colectivo protegido por ISFAS a 31 de diciembre de 2009 se elevó 638.709 personas, distribuidas en la siguiente forma:

249.583 titulares cotizantes (activos).

138.435 titulares no cotizantes (pasivos).

250.691 beneficiarios.

Los valores correlativos de colectivo/cotizante y beneficiario/titular se sitúan en 2,559 y en 0,646 respectivamente. En principio, si bien son más favorables que en ejercicios anteriores, el crecimiento del número de titulares cotizantes (activos) se corresponde con el aumento de los efectivos de tropa profesional.

2. Gestión indirecta de servicios públicos y convenios

La gestión del ISFAS puede desglosarse en los siguientes campos:

Prestaciones no sanitarias.

Prestaciones sanitarias complementarias.

Prestaciones de las Mutuas Benéficas integradas.

Asistencia sanitaria.

Prestación farmacéutica.

El desarrollo de cada uno de estos grupos se puede realizar de la siguiente forma, en atención a la clasificación contenida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009:

Prestaciones no sanitarias:

Subsidios e indemnizaciones:

Incapacidad temporal.

Inutilidad para el servicio (incluye la gran invalidez).

Lesiones permanentes no invalidantes.

Protección a la familia:

Minusvalías.

Parto múltiple.

Ayudas especiales por minusvalía.

Servicios sociales:

Ayuda económica por fallecimiento.

Ayuda económica a personas mayores.

Programa tercera edad.

Asistencia social:

Ayudas sociales.

Ayuda económica por adquisición de vivienda.

Otras prestaciones sociales.

Prestaciones sanitarias complementarias:

Por prótesis (dentarias, oculares, ortoprotésicas y otras ayudas técnicas).

De gestión directa:

Reintegro de gastos de farmacia.

Hospitalización psiquiátrica.

Transporte sanitario.

Reintegro de gastos por asistencia sanitaria en el extranjero.

Ayudas por atención a personas drogodependientes.

Ayudas por atención de enfermos crónicos.

Ayudas por tratamientos de psicoterapia.

Ayudas para pacientes diabéticos.

Prestaciones de las Mutuas Benéficas integradas:

Capitalización de pensiones complementarias:

Retiro.

Viudedad.

Orfandad.

Prestaciones:

Socorros.

Auxilios especiales.

Nupcialidad.

Dotes infantiles.

Asistencia sanitaria, es la prestación más importante de las que presta el ISFAS a sus afiliados y constituye, junto a la Prestación farmacéutica la función fundamental de su actividad. El modelo de gestión corresponde a los siguientes modelos:

Conciertos con el Sistema Nacional de Salud, data de 1986 y fue establecido con el Instituto Nacional de Salud (INSALUD) y la Tesorería General de la Seguridad Social, su duración es indefinida. En la actualidad tan sólo genera gasto a ISFAS el colectivo correspondiente a las Ciudades Autónomas, toda vez que el resto queda incluido en la financiación a las Comunidades Autónomas.

Concierto con Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria, que se suscribe por un año con posibilidad de prórroga por otros dos. Concretamente, fueron suscritos para 2007, con prórroga para 2008 y 2009.

Concierto con la Sanidad Militar, de duración ilimitada, regulado por Orden Ministerial, de Defensa, núm. 52/2004, de 18 de marzo, cuyo anexo 1 fue modificado mediante Resoluciones 4B0/12620/2004, de 13 de julio, 4B1/19570/2004, de 10 de diciembre de la Secretaría General Gerente del ISFAS y Ordenes Ministeriales 17/2007, de 13 de febrero, y 38/2009, de 18 de junio.

En conjunto, la Asistencia Sanitaria supuso a ISFAS, durante el ejercicio de 2009, un coste de 415,3 millones de euros, equivalente al 56 por ciento de la ejecución total del Presupuesto de Gastos, con la siguiente distribución:

Sistema Nacional de Salud: 0,03 por ciento.

Entidades de seguro: 95,43 por ciento.

Sanidad militar: 4,09 por ciento.

Otros gastos: 0,45 por ciento.

Atendiendo al colectivo total, según el siguiente reparto:

Sistema Nacional de Salud 5,80 por ciento, equivalente a 37.009.

Entidades de Seguro 88,87 por ciento, equivalente a 567.640.

Sanidad Militar 5,89 por ciento, equivalente a 33.354.

Otros/sin adscripción 0,10 por ciento, equivalente a 706.

Prestación farmacéutica, se gestiona a través de Conciertos establecidos con el Consejo General de Colegios de Farmacéuticos y con las Farmacias Militares. Durante el ejercicio de 2009, el coste de esta prestación se ha elevado a 174,10 millones de euros, equivalente al 23,46 por ciento del total del gasto del Organismo, lo que es exponente de su importancia.

3. Bases de presentación de las cuentas

a) Principios contables.

Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros, y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley 47/2003, de 26 noviembre, General Presupuestaria, en la Orden de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, y conforme con los principios contables públicos establecidos en la Ley General Presupuestaria y en el Plan General de Contabilidad Pública, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución de su presupuesto.

b) Comparación de la información.

La información de la situación económico-patrimonial del Instituto, que se detalla principalmente en el balance y la cuenta de resultados del año 2009, es perfectamente comparable con la del ejercicio anterior 2008, no siendo necesario por tanto modificar en modo alguno, la estructura general de la cuenta del organismo.

c) Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización.

No existen cambios en los criterios de contabilización respecto al ejercicio anterior 2008.

4. Normas de valoración

a) Inmovilizado Inmaterial.

Las inmovilizaciones inmateriales figuran contabilizadas por su precio de adquisición o por su coste de producción. La amortización de las mismas se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal. Se toma como vida útil para el cálculo de amortizaciones el siguiente parámetro:

Cuenta 215 Sistemas y programas informáticos 4 años:

b) Inmovilizado material, inversiones destinadas al uso general e inversiones gestionadas.

Las inversiones materiales se registran al coste de adquisición más, en su caso, las actualizaciones practicadas según las disposiciones legales correspondientes. Las cuotas de amortización del inmovilizado material se determinan por el método lineal.

Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, de la IGAE por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio. Salvo las siguientes excepciones:

Cuenta 222 Instalaciones complejas especializadas:

Incluye los siguientes grupos:

Sistemas contra incendios 12 años.

Sistemas de vigilancia 12 años.

Equipos Industriales 14 años.

Sistemas de telecomunicaciones 10 años.

Sistemas eléctricos 10 años.

Sistemas de agua y vapor 10 años.

Sistemas de calefacción 10 años.

Sistemas de aire acondicionado 10 años.

Grupos electrógenos y auxiliares 18 años.

Señalización de infraestructuras 25 años.

Red de distribución:

Instalación eléctricas 25.

Instalación gas natural 40.

Cuenta 223 Maquinaria:

Ascensores y elevadores 20 años.

Maquinaría e instalaciones sanitarias, cocina, planchado y lavavajillas 14 años.

Maquinaría e instalaciones de lavandería, centrifugado y secado 18 años.

Cafeteras, asadores freidoras y demás electrodomésticos 14 años.

Cuenta 224 Utillaje:

Herramientas y útiles 8 años.

Útiles médicos 8 años.

Menaje 14 años.

Equipos de mantenimiento 18 años.

Cuenta 226 Mobiliario:

Inicialmente el mobiliario son 20 años y las fotocopiadoras 14:

Mobiliario 20 años.

Destructora, fotocopiadoras 14 años.

Televisor 10 años.

Cuenta 227 Material informático:

Equipos para el tratamiento de la información 5 años.

Cuenta 228 Elementos de transporte terrestre:

Vehículos 14 años.

Remolques 20 años.

Cuenta 229 Otro inmovilizado:

Material a 8 años.

c) Inversiones financieras.

Las inmovilizaciones financieras reflejan los créditos a corto y largo plazo de anticipos de pagas concedidas al personal de este Instituto, así como los depósitos constituidos a largo plazo.

d) Existencias.

No existen existencias comerciales al ser un Organismo Administrativo.

e) Provisiones para riesgos y gastos.

Se mantiene la dotación por provisión para responsabilidades una vez alcanzada la cifra total de 90.000 euros, siguiendo la observación del Tribunal de Cuentas en su informe de fiscalización 2002-2003 a este Instituto, por existir la posibilidad de incurrir en futuras obligaciones, como consecuencia de recursos contenciosos administrativos en contra y de expedientes por responsabilidad patrimonial a favor de terceros.

Hasta la fecha, el porcentaje de los recursos contenciosos administrativos así como por responsabilidad patrimonial del Estado en favor de terceros, tanto en número como en su cuantía económica, ha sido irrelevante en cuanto a la totalidad de los presentados.

f) Deudas.

Las deudas a largo y corto plazo figuran contabilizadas a su valor de reembolso.

g) Provisión dudoso cobro.

La entidad dota provisiones por dudoso cobro por el procedimiento de seguimiento individualizado para aquellos créditos en los que se de alguna de estas circunstancias:

Que se haya transcurrido el plazo de un año desde el momento en el que se ha iniciado el periodo ejecutivo.

Que los créditos hayan sido reclamados judicialmente o sean objeto de un litigio judicial o procedimiento arbitral de cuya solución dependa su cobro.

h) Ingresos y gastos.

Debido a las características propias de este Organismo autónomo, cuyo presupuesto de ingresos está confeccionado de un modo estimativo, y a que la dinámica de la gestión de los gastos y su compensación, hace imposible que las liquidaciones en los últimos meses de cada año puedan imputarse al ejercicio en que se devenga, entre otras razones por el retraso en el envío y facturación de los propios acreedores o deudores, y por las comprobaciones que lleva a cabo el propio Organismo. Por esta razón debe imputarse con criterio de Caja al ejercicio siguiente.

Las transferencias corrientes entregadas se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio en el que se reconocen las obligaciones que de ellas se derivan. Sin embargo, las transferencias recibidas han de imputarse en el mismo ejercicio en que, «el ente concedente, en su caso la Administración General del Estado, ha dictado el acto de reconocimiento de su correlativa obligación».

Por otro lado aplicar el criterio de devengo con estimaciones o aproximaciones, tan solo generaría problemas por falta de certeza, o en caso contrario obligaría a cerrar la contabilidad en fechas muy avanzadas del ejercicio siguiente, con un claro y grave incumplimiento de las normas existentes al respecto.

Por todo ello, los ingresos y gastos se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial en el momento del reconociendo los derechos y obligaciones tanto presupuestarias como extra-presupuestarias, siguiendo el criterio de Caja según la fecha real del ingreso o gasto, y no la fecha de devengo.

i) Transacciones en moneda distinta del euro.

Las cuentas a pagar o a cobrar en moneda distinta del euro se reflejan al tipo de cambio de fin de ejercicio. Las transacciones en moneda distinta del euro se reflejan en la cuenta del resultado económico patrimonial de la entidad al tipo de cambio aplicable en el momento de su realización. Todas la pérdidas y beneficios (realizados o no) se imputan al resultado económico patrimonial del ejercicio en el que se generen.

5. Acontecimientos posteriores al cierre

No existen.

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