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Documento BOE-A-2010-12928

Resolución de 24 de junio de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, sección sexta, de 14 de enero de 2008, que ha devenido firme.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 10 de agosto de 2010, páginas 70884 a 70884 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2010-12928

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, sección sexta, de 14 de enero de 2008, que ha devenido firme.

En el recurso de apelación número 547/2007-a-, seguido ante la Audiencia Provincial de Alicante, sección sexta, interpuesto por la Dirección General de los Registros y del Notariado, contra la sentencia de fecha 22 de mayo de 2007, dictada en autos de juicio verbal n.º 1131/06 del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Alicante que estimó la demanda interpuesta por D. Germán Rodríguez López, Registrador de la Propiedad de Xixona, revocando la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 22 de abril de 2006, confirmando la nota registral denegatoria de la inscripción del arrendamiento de un inmueble (publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha dieciséis de junio de dos mil seis), con expresa imposición a las partes demandadas de las costas causadas.

FALLAMOS

Desestimar el recurso de apelación interpuesto por la Sra. Abogada del Estado en representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado contra la sentencia dictada por el Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de la ciudad de Alicante en fecha 22 de mayo de 2007 y en los autos de los que dimana el presente rollo, y en su consecuencia confirmar como confirmamos íntegramente la misma al estar ajustada a derecho, con imposición de las costas de esta alzada a la parte recurrente al ser preceptivas. Así por esta nuestra sentencia definitiva, la pronunciamos, mandamos y firmamos, don Francisco Javier Prieto Lozano, don José María Rives Seva y doña María Dolores López Garre, Magistrados de la Audiencia Provincial de Alicante, sección sexta.

Madrid, 24 de junio de 2010.–La Directora General de los Registros y del Notariado, M.ª Ángeles Alcalá Díaz.

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