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Documento BOE-A-2010-12606

Resolución de 19 de julio de 2010, de la Secretaría de Estado de Investigación, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Consejería de Economía e Industria de la Junta de Galicia y la Universidad de Santiago de Compostela, en la selección y ejecución de proyectos de infraestructuras científicas cofinanciados por el FEDER.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 5 de agosto de 2010, páginas 68467 a 68476 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2010-12606

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 2 de julio de 2009 se ha suscrito un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Consejería de Economía e Industria y la Universidad de Santiago de Compostela, en la selección y ejecución de proyectos de infraestructuras científicas cofinanciados por el FEDER (Construcción del Centro de Investigación de Tecnologías de la Información de la Universidad de Santiago de Compostela: CITIUS).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Secretaría de Estado dispone su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 19 de julio de 2010.–El Secretario de Estado de Investigación, Felipe Pétriz Calvo.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN, LA CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA Y LA UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA, EN LA SELECCIÓN Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURAS CIENTÍFICAS COFINANCIADOS POR EL FEDER (CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA: CITIUS)

En Madrid a 2 de julio de 2009.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. Doña Cristina Garmendia Mendizábal, Ministra de Ciencia e Innovación, nombrada por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, actuando en virtud del artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, el Sr. D. Javier Guerra Fernández, Conselleiro de Economía e Industria, nombrado para dicho cargo por Decreto 81/2009, de 19 de abril, en virtud de las facultades que le confieren los artículos 38, 43.3 y 44 de la Ley 11/98, del 20 de octubre, de reforma de la Ley 1/83, del 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su Presidencia y al acuerdo del Consello da Xunta del 27 de marzo de 1991, publicado por resolución de la Consellería de Economía e Facenda del 8 de abril de 1991 (DOG nº 82).

Y de otra parte, el Sr. D. Senén Barro Ameneiro, Rector Magnífico de la Universidad de Santiago de Compostela, en nombre y representación de la misma en virtud del Decreto 93/2006 de 1 de Junio (DOG 8 de junio), y facultado para la firma del presente convenio según facultades otorgadas por el artículo 87.g de los Estatutos de la citada Universidad, aprobados por Decreto 28/2004 de 22 de Enero (DOG 9 de febrero).

Reconociéndose mutuamente plena capacidad para otorgar este acto.

EXPONEN

1. Que los criterios de selección de las operaciones cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, se establecen en los Programas Operativos aprobados por la Comisión Europea, de acuerdo al Reglamento (CE) Nº 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y al Reglamento (CE) Nº 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006 por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) Nº 1083/2006 del Consejo.

2. Que el Programa Operativo FEDER 2007-2013, de Economía basada en el Conocimiento, aprobado por Decisión de la Comisión Europea de 28 de noviembre de 2007, establece en su apartado 3.1.1 que la selección de proyectos de infraestructuras científicas se realizará a través de convenios de colaboración entra la Administración General del Estado y las Administraciones Públicas Autonómicas correspondientes, identificados como prioritarios por parte de las Comunidades Autónomas y que permitan evitar duplicidades y carencias a escala estatal.

3. Que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea se regirán por las normas comunitarias aplicables en cada caso.

4. Que corresponde al Estado el «fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica», de acuerdo con el artículo 149.1.15 de la Constitución. De forma específica, según el Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, desarrollado por Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, corresponde al Ministerio de Ciencia e Innovación, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación. Todo ello de acuerdo con los objetivos que se concretan en el vigente Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, junto con las ideas de la Comisión Europea sobre construcción del Espacio Europeo de Investigación y las directrices estratégicas comunitarias en materia de cohesión.

5. Que corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia promover la investigación científica y técnica, en virtud de las competencias exclusivas que en dicha materia le confiere el artículo 27.19.º del Estatuto de Autonomía. En concreto, es a la Consellería de Economía e Industria, en virtud del Decreto 324/2009, de 11 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería, a la que le corresponden las competencias en Investigación, Desarrollo e Innovación.

6. Que la Universidad de Santiago de Compostela tiene entre sus funciones, según se recoge en el artículo 141 de sus Estatutos, promover la investigación de calidad, generadora de nuevo conocimiento y capacidad de innovación, medio para el progreso de la comunidad y soporte de la transferencia social del conocimiento, atendiendo tanto a la investigación básica, como a la aplicada y al desarrollo experimental y tecnológico.

7. Que la Universidad de Santiago de Compostela, en la ejecución de este proyecto, se someterá a lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público.

8. Que el Ministerio de Ciencia e Innovación (MICINN), a través de la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, gestiona fondos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) destinados a financiar actuaciones dirigidas a favorecer el desarrollo regional a través de la investigación.

9. Que el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Xunta de Galicia, han analizado los proyectos de infraestructuras científicas que responden a las necesidades de desarrollo económico de la comunidad autónoma y consideran que deben ser objeto de cofinanciación por el FEDER aquellos con mayor capacidad de transformar los resultados de la investigación en productos y servicios de alto valor añadido.

Por todo ello, las partes acuerdan celebrar el presente convenio que se regirá por las siguientes cláusulas:

Primera. Objeto del convenio.–El objeto del presente convenio es la selección de proyectos de infraestructuras científicas que deben ser objeto de cofinanciación por el FEDER por responder a las necesidades de desarrollo económico de la región y tener capacidad de transformar los resultados de la investigación en productos y servicios de alto valor añadido.

También es objeto del presente convenio, el establecimiento de las obligaciones y derechos del organismo beneficiario de los fondos FEDER aplicados para la ejecución de los proyectos seleccionados.

Segunda. Proyectos seleccionados.–Los proyectos de infraestructuras que se llevarán a cabo son los señalados en el Anexo I: Construcción del Centro de Investigación en Tecnologías de la Información de la Universidad de Santiago de Compostela (CITIUS).

Tercera. Presupuesto, financiación y compromisos de las partes.

1. El Ministerio de Ciencia e Innovación se compromete a que el proyecto seleccionado sea cofinanciado por FEDER con fondos asignados a la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, en concreto con cargo a la categoría de gasto 02, del Programa Operativo FEDER 2007-2013 de Economía basada en el Conocimiento, en una cuantía del 70% del importe del gasto total elegible de las actuaciones presupuestadas en el Cuadro Resumen del Plan de Actuaciones y Aportaciones que ascienden a 5.000.000,00 euros; por tanto, la aportación del FEDER será 3.500.000,00.euros.

2. Con el fin de garantizar la ejecución de los proyectos y evitar la posible pérdida de recursos del Estado Español en aplicación del artículo 93 del Reglamento (CE) N.º 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006, el Ministerio de Ciencia e Innovación anticipará a la Universidad de Santiago de Compostela, el importe correspondiente a la cofinanciación de FEDER. Asimismo, concederá un préstamo a favor de dicho organismo por el importe necesario para completar el 100% del coste total elegible de los proyectos, Tanto el anticipo como el préstamo se concederán con cargo a la partida presupuestaria 21.05.463B.823.

3. La Universidad de Santiago de Compostela, que será el beneficiario de las ayudas FEDER, se compromete a realizar las actuaciones y a efectuar los gastos elegibles comprometidos para la finalidad con que aparecen en el Cuadro Resumen del Plan de Actuaciones y Aportaciones y en el Anexo I del Convenio por un importe de 5.000.000,00 €, y a justificar los mismos ante la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i en los distintos períodos de certificación que tiene establecidos, de acuerdo con la normativa nacional y comunitaria sobre fondos FEDER. Asimismo, se obliga a devolver el préstamo que se le conceda y, en su caso, el anticipo, en los términos que se pacten en la cláusula quinta.

4. La Universidad de Santiago de Compostela, en su condición de beneficiario, tendrá la obligación de justificar a la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i los gastos elegibles realizados en la ejecución de los proyectos, cumpliendo la normativa comunitaria que regula los fondos estructurales y en particular el FEDER y las instrucciones que, en aplicación de dicha normativa, establezcan la Comisión Europea, la propia Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i así como la Autoridad de Gestión y el Comité de Seguimiento del Programa Operativo.

Resumen del Plan de Actuaciones y de las aportaciones del FEDER.

Actuación

Presupuesto

Euros

Aportación FEDER (MICINN)

Euros

Aportación nacional (Universidad de Santiago de Compostela)

Euros

Construcción del Centro de Investigación en Tecnologías de la Información de la Universidad de Santiago de Compostela (CITIUS).

5.000.000,00

70% a través de la categoría 02 del programa operativo feder economía del conocimiento.

30 % convenio (ver cláusula 3.3 y 5.1).

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

5.000.000,00

3.500.000,00

1.500.000,00

Cuarta. Sujeción a la normativa FEDER.–Los gastos que se justifiquen a la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, estarán incluidos entre los considerados elegibles por la normativa europea para los fondos FEDER. Asimismo, tendrán que responder por la totalidad del gasto elegible y atenerse a todo lo dispuesto en dicha normativa.

El apoyo a esta actuación será compatible con los de otras ayudas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre que conjuntamente no superen el coste total de la actuación subvencionada, ni la cofinanciación FEDER supere el 70% del total y se respete la normativa comunitaria en esta materia. Se deberá comunicar a la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, en su caso, tanto el importe de las mencionadas ayudas como el origen de las mismas.

Quinta. Amortización del anticipo reembolsable.–La Universidad de Santiago de Compostela devolverá al Ministerio de Ciencia e Innovación el préstamo concedido (1.500.000,00€) y el FEDER compensará el anticipo correspondiente a la aportación comunitaria (3.500.000,00 €):

1. Devolución préstamo concedido por el Ministerio de Ciencia e Innovación (1.500.000,00€): El plazo de amortización será de diez años, mediante reembolsos anuales, sin periodo de carencia, según el cuadro de amortización que figura como anexo II. El tipo de interés será del 0%.

2. Devolución aportación FEDER anticipada por el Ministerio de Ciencia e Innovación (3.500.000,00 €): El libramiento de la ayuda proveniente del FEDER se realizará en formalización, sin salida física de fondos, aplicándose a la amortización del anticipo reembolsable. Si los fondos FEDER percibidos no fueran suficientes para amortizar los fondos anticipados, el beneficiario ingresará la diferencia en el Tesoro Público antes del transcurso de dos años contados desde la fecha de finalización del plazo de ejecución de los proyectos indicado en la cláusula octava.

La Universidad de Santiago de Compostela, al encontrarse sujeta al régimen presupuestario público, deberá registrar un ingreso por el importe del anticipo recibido, aplicado al capítulo 9 «Pasivos financieros» de su presupuesto.

Cuando se reciban los fondos del FEDER, la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i informará a la Universidad de Santiago de Compostela de esta circunstancia, de modo que podrán reconocer la subvención recibida de la Unión Europea, mediante un ingreso en el concepto que corresponda en el artículo 79 «Transferencias de capital del exterior», lo que a su vez, permitirá la formalización de la cancelación de la deuda que quedó registrada en el momento del anticipo de fondos por parte del Estado, mediante el correspondiente pago en el capítulo 9 de su presupuesto de gastos, en principio, en la política 46 (esta cancelación debe corresponderse en el tiempo con la del crédito en la entidad que concedió el anticipo).

Sexta. Seguimiento y Evaluación.–Para garantizar la correcta ejecución y el seguimiento de lo establecido en este Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos personas designadas por el Ministerio de Ciencia e Innovación, dos designadas por la Consellería de Economía e Industria, y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27.1.b) de la Ley 6/ 1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, una designada por la Delegación de Gobierno en la Comunidad Autónoma de Galicia. Las personas designadas por el Ministerio de Ciencia e Innovación serán nombradas por la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i. La presidencia de la Comisión corresponde al MICINN a través de la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, sin voto de calidad.

Esta Comisión realizará el seguimiento de las actuaciones del Convenio y resolverá las dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de las Cláusulas del mismo. La Comisión de Seguimiento se reunirá cuantas veces lo solicite alguno de sus miembros.

Séptima. Entrada en vigor, duración y resolución del Convenio.–El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma y su vigencia finalizará cuando se hayan cumplido totalmente las obligaciones de las partes.

Serán causas de su resolución, las siguientes:

a) El acuerdo expreso y escrito de las partes.

b) El incumplimiento por alguna de las partes de cualquiera de las prescripciones contenidas en este Convenio, lo que se comunicará por aquella que la invoque a las restantes de manera fehaciente, previa audiencia de las mismas y con un mes de antelación.

c) La denuncia escrita formulada por cualquiera de las partes con una antelación mínima de dos meses a la fecha en que vaya a darlo por finalizado.

Si el incumplimiento fuera imputable al organismo beneficiario o fuera éste el que formulara la denuncia, deberá devolver el importe no invertido, tanto de la cantidad anticipada como del préstamo, con los intereses de demora correspondientes al importe no invertido por el tiempo que haya estado a su disposición, en los términos que determine la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i sin perjuicio del tratamiento que, respecto al destino de los fondos de la Unión Europea, establezca la normativa comunitaria.

En cuanto a la forma en que habrán de concluirse los proyectos, se actuará de acuerdo con las normas específicas reguladoras del FEDER y los Fondos Estructurales.

Octava. Plazo de ejecución de los proyectos.–Los proyectos identificados en el Anexo I, deberán finalizar su ejecución antes del 31 de diciembre de 2012. Este plazo podrá ser prorrogado por el Ministerio de Ciencia e Innovación a solicitud razonada del organismo beneficiario.

Novena. Publicidad de las actuaciones.–Las partes firmantes se comprometen a hacer constar la colaboración del Ministerio Ciencia e Innovación y de la Xunta de Galicia. en todas las actividades informativas o de promoción en relación con las actuaciones contempladas en este Convenio. Asimismo, se comprometen a observar estrictamente la normativa aplicable en materia de publicidad de los Fondos Estructurales que cofinancian las actuaciones.

Décima. Régimen jurídico y resolución de controversias.–Este convenio tiene carácter administrativo, siendo de los contemplados en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por lo que queda fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios en él contenidos para resolver las dudas y lagunas que pudieran producirse.

Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio de colaboración serán resueltas de mutuo acuerdo entre las partes en la Comisión prevista en la cláusula sexta de este Convenio. Si no se pudiera alcanzar dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas en la forma prevista en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En prueba de conformidad, las Partes firman el presente Convenio por triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.

En Madrid, a 2 de julio de 2009.–Por el Ministerio de Ciencia e Innovación, Cristina Garmendia Mendizábal, Ministra de Ciencia e Innovación.–Por la Xunta de Galicia, Javier Guerra Fernández, Conselleiro de Economía e Industria.–Por la Universidad de Santiago de Compostela, Senén Barro Ameneiro, Rector Magnífico.

Anexo I al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Consellería de Economía e Industria y la Universidad de Santiago de Compostela, en la selección y ejecución de proyectos de infraestructuras científicas cofinanciados por el FEDER (Construcción del Centro de Investigación de Tecnologías de la Información de la Universidad de Santiago de Compostela: CITIUS)

Introducción

El Plan Estratégico de la Universidad de Santiago de Compostela (USC) 2002-2010, aprobado por el Claustro de la USC el 14 de junio de 2001, contempla la creación y dotación de Centros de Investigación sectoriales en áreas prioritarias de la USC, con una elevada capacidad de producción científica de alta calidad e impacto y una imbricación con sectores productivos estratégicos de Galicia. De acuerdo con la líneas generales establecidas en el Plan se pretende materializar la construcción de un centro de investigación que permita vertebrar la I+D y la prestación de servicios al tejido empresarial en el área de las Tecnologías de la Información (TIN).

La presente propuesta se vertebra alrededor de tres ejes principales: 1) Las condiciones de singularidad y oportunidad que se presentan en el desarrollo de las TIN en el contexto autonómico y nacional; 2) La solvencia de la investigación en TIN desarrollada en la USC, cuya calidad y productividad viene avalada por indicadores internacionales de publicación, y por la captación de recursos de I+D+i; y 3) La necesidad de dotar de un nuevo entorno a la investigación en TIN desarrollada en el seno de la USC que, por un lado, facilite el desarrollo de sinergias y complementariedades entre distintos grupos de investigación, y por otro, proporcione una proyección en su entorno científico y socioeconómico que suponga un nuevo impulso a las estrategias de colaboración y transferencia de tecnología.

Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) están llamadas a desempeñar un papel protagonista en la generación de una economía competitiva, basada en el capital intelectual y en el conocimiento, y que sirva de base para el progreso económico y social de la comunidad autónoma gallega. Las TIC se reconocen como un poderoso agente en el desarrollo económico, en la productividad y en el empleo. Así, en el período 2000-05, la inversión e innovación en TIC proporcionaron el 40% del incremento de la productividad de las empresas europeas, y el sector empresarial de la Sociedad de la Información contribuyó con la cuarta parte del crecimiento del PIB de la Unión Europea. El PIB per cápita gallego fue en el 2005 del 81% de la referencia estatal, y la inversión en I+D+i del 0,86% del PIB, cuando en España es del1,07% y en la Unión Europea se sitúa en torno al 2%. Estos datos, recogidos en el Plano Estratéxico Galego da Sociedade da Información, evidencian la necesidad de llevar a cabo políticas públicas que faciliten el proceso de convergencia, reconociendo que «la estimulación de la investigación y la innovación en el sector TIC contribuirá a su propio fortalecimiento, y al crecimiento de la productividad de los agentes económicos a través del cambio tecnológico».

La investigación realizada en la USC en el ámbito de las TIN es relativamente reciente, y sin embargo, ha experimentado en pocos años un crecimiento digno de mención. Además, la transferencia de tecnología resultado de la investigación realizada ha permitido una colaboración fructífera con empresas como Endesa, Gas Natural, Siemens, Ferroatlántica, Pescanova, Calvo, R Cable o Caixanova, entre otras. Si recurrimos a indicadores de la actividad científica, el informe realizado por el CSIC, y de título «La investigación del CSIC a través de sus publicaciones científicas de difusión internacional (1981-2003)» destaca la actividad científica en Informática de la USC, con un impacto relativo muy superior al de España (1,61) y la UE (1,22).

La USC está llevando a cabo un proceso de apoyo específico a sus grupos de investigación más activos, a fin de: establecer las prioridades de actuación; definir las capacidades disponibles y las plataformas tecnológicas a desarrollar, propiciando sinergias y actuaciones conjuntas; facilitar la interacción operativa entre las áreas tecnológicas y los grupos de investigación básica de campos con objetivos complementarios; establecer un conjunto de servicios e instalaciones para la materialización de los resultados e iniciativas, tanto de transferencia de tecnología como empresariales. Este proceso ha llevado a la USC a apostar por un nuevo modelo de organización de la actividad investigadora, basado en la creación de Centros de Investigación que buscan la reunión de grupos de investigación en ámbitos de carácter interdisciplinario, y cuya actividad actual se ve afectada por su dispersión en distintos centros de la USC.

Objetivo general

El objetivo general de esta propuesta es aglutinar los grupos de investigación más productivos de la USC y con proyección de futuro en las TIN, en un edificio especialmente diseñado para aprovechar y potenciar los aspectos complementarios y sinérgicos de los grupos de investigación que conforman estas áreas. Este edificio se denominará Centro de Investigación en Tecnologías de la Información de la Universidad de Santiago de Compostela (CITIUS). La construcción se plantea como un edificio de laboratorios de investigación y dotaciones anejas destinadas a dar cabida a grupos de investigación que desarrollan su actividad en áreas priorizadas por la USC, así como a la creación de servicios de apoyo a la investigación de los equipos agrupados en el edificio. El edificio dará cabida, fundamentalmente, a todos aquellos grupos de investigación de las áreas de conocimiento relacionadas con las TIN que den prueba de su excelencia investigadora. El número de investigadores implicados con capacidad para liderar proyectos de investigación es en este momento de 38, alrededor de los cuales se define una plantilla de 60 investigadores.

El área de Tecnologías de la Información de la USC, objeto de la presente propuesta, es una área consolidada, pero en continua expansión, no sólo en su aspecto más puramente investigador, como lo atestiguan el nivel de impacto de sus publicaciones, sino también por su capacidad de prestar servicios de I+D a los sectores empresariales TIC y de la Imagen.

En el momento presente los grupos que desarrollan sus investigaciones en esta área están alojados en la facultad de Física de la USC, un edificio que presenta numerosas deficiencias de acondicionamiento, seguridad y masificación. Ante esta situación, y para promover la estructuración y la visibilidad de la I+D que la USC desarrolla en esta área se plantea la creación del Centro de Investigación descrito en la presente propuesta y la construcción de un edificio que lo albergue.

La dotación del centro solicitada permitirá la interconexión de grupos de investigación, actualmente poco cohesionados, la dotación de espacios para la prestación de servicios a las empresas de los sectores mencionados y posicionamiento de la USC de cara a participar en la creación del Parque Científico-Tecnológico de Santiago de Compostela, del cual este Centro sería el principal nodo de provisión de servicios de I+D en las áreas Servi-Tech y Media-Tech.

Un aspecto muy importante en la concepción de este centro es la dotación de laboratorios de usos múltiples, que se ofrecerán en régimen temporal para el desarrollo de proyectos de I+D+i, lo que ha de favorecer las acciones multidisciplinares entre los distintos grupos de investigación de la USC y los distintos agentes de su entorno socioeconómico. El principal servicio a poner en marcha en este centro es el proporcionado por una Unidad de Asesoramiento Tecnológico, que desarrollará una labor de asesoría sobre cuáles son los sistemas, métodos y técnicas de la computación más adecuados para el desarrollo de un proyecto tecnológico. Este servicio tiene una marcada vocación de proyección en el entorno socioeconómico de la USC.

Objetivos científicos

El CITIUS se plantea como un espacio abierto de investigación que albergará distintas Divisiones de Investigación y una Unidad de Asesoramiento Tecnológico:

1) División de Ingeniería de Computadoras. La unidad de Ingeniería de Computadoras centra su actividad en el diseño de procesadores y sistemas empotrados, desarrollo de arquitecturas multiprocesador, y desarrollo de software para sistemas paralelos y distribuidos; 2) División de Inteligencia Artificial. Esta división realiza sus actividades de I+D+i con el fin último de desarrollar sistemas inteligentes, capaces de lograr sus objetivos a partir de su conocimiento del dominio, y de la aplicación de estrategias de adquisición de información y de adaptación al entorno en el que desarrollan su actividad; 3) División de Computación Gráfica y Multimedia. La división de Computación Gráfica y Multimedia centra su actividad en el desarrollo software y sistemas hardware/software para el procesado de información visual, tanto en el campo del procesamiento multimedia como en el campo de la síntesis de imagen 3D; 4) División de Ingeniería de Sistemas. Esta división desarrolla las complementariedades de los distintos grupos de investigación participantes, en la aplicación de tecnologías y herramientas que proveen de soluciones en dominios paradigmáticos de la ingeniería: Supervisión y Control de Sistemas, Ingeniería Biomédica, y Sistemas de Información Espacial y Teledetección; 5) Unidad de Asesoramiento Tecnológico. La Unidad de Asesoramiento Tecnológico tiene la misión de ofrecer un servicio de asesoría sobre cuáles son los sistemas, métodos y técnicas de la computación más adecuados para el desarrollo de un proyecto tecnológico. Esta unidad pretende canalizar la interlocución de los grupos de investigación que residen en el centro con su entorno, el universitario en primer término y el formado por el tejido industrial regional en segundo término, potenciando su actividad y la prestación de servicios a la sociedad. Adicionalmente actuará como dinamizador social en cuanto a la utilización de las técnicas propias de la computación avanzada y de altas prestaciones, continuando una labor de difusión externa acreditada por los investigadores de las diferentes unidades, en cuanto a la organización de jornadas, congresos, cursos y reuniones científicas en el ámbito de las especialidades de las distintas unidades.

El centro proporcionará como resultado de sus actividades un catálogo de productos transferibles, y que en el momento presente hacemos constar en la siguiente relación: Herramientas de análisis y programación de sistemas Grid; Sistemas inteligentes de ayuda a la toma de decisiones; Herramientas de minería de datos; Robots móviles para la realización de tareas de guía.; Sistemas basados en DSPs y procesadores visuales para procesado de vídeo; Herramientas para ayuda al diagnóstico sobre imagen médica; Sistemas de visión por computador para aplicaciones industriales; Herramientas para la creación de imagen digital en animación y realidad virtual; Herramientas inteligentes para la monitorización y control ubicuo de sistemas; Soluciones para la recuperación de información en bases de documentos y Web; Herramientas para la definición, implantación y despliegue de flujos de trabajo; y Herramientas de teledetección y Sistemas de Información Geográfica.

Objetivos específicos

El objeto del presente proyecto es, por tanto, la construcción del «Centro de Investigación en Tecnologías de la Información de la Universidad de Santiago de Compostela (CITIUS)».

La edificación se inscribe en el plan de actuación en el Campus Sur de la Universidad de Santiago de Compostela (USC), que pretende dotar de espacios e infraestructuras de investigación a las áreas relacionadas con las investigaciones en las nuevas tecnologías de la información. Se estima que el centro contará con un total de 60 investigadores con capacidad para dirigir proyectos, y 90 investigadores en formación. Para los primeros se dispondrá de despachos individuales, y los 90 investigadores en formación se distribuirán en despachos colectivos y laboratorios de investigación.

El centro ocupará unos 2930 m2. Se habilitarán unos 60 despachos para investigadores de plantilla y 3 despachos para investigadores visitantes de 15 m2 cada uno; y 20 despachos colectivos para colaboradores, con una ocupación de tres colaboradores en cada despacho, de 30 m2 cada uno. Se instalarán unos 10 laboratorios de investigación para robótica (140 m2), Ingeniería Biomédica (50 m2), Ingeniería de Computadores (50 m2), Ingeniería de la Información (50 m2), Visión Artificial (50 m2), Diseño Microelectrónico (50 m2), Control y Supervisión Inteligente (120 m2), Teledetección y Sist. de Información Geográfica (120 m2), Multimedia, Animación y Realidad Virtual (150 m2) y 2 laboratorios de usos múltiples de unos 50 m2. El centro contará con una Unidad de Asesoramiento Tecnológico a la que se asignará un despacho y una sala de reuniones de unos 20 m2 cada uno, y una sala para demostradores tecnológicos de unos 100 m2 (total 140 m2). Además el centro dispondrá de un Centro de Cálculo que dé soporte a necesidades de computación de alto rendimiento al que se asignará una Secretaría del Centro (40 m2), una sala de reuniones (40 m2), una sala de seminarios (100 m2), dos salas de proyectos (20 m2 cada una), una sala servidores y administración de Sistemas (60 m2), una sala de documentación (20 m2). Finalmente se habilitará espacio para un almacén (50 m2) y una Cocina-cafetería (15 m2).

Presupuesto

Concepto

Descripción

Importe

Redacción proyecto y dirección de obra.

200.000

Caracterización del suelo.

Estudio geotécnico.

20.000

Excavación y movimiento de tierras.

60.000

Estructura.

800.000

Cubierta.

200.000

Cerramientos.

500.000

Divisiones interiores.

1.500.000

Instalaciones eléctricas.

Media tensión, baja y alumbrado.

600.000

Instalaciones de saneamiento.

Saneamiento vertical, horizontal. Saneamiento de planta piloto en acero inoxidable.

50.000

Infraestructuras de equipamiento.

Instalaciones de fontanería, climatización, redes de voz y datos, ascensor, detección y extinción de incendios, seguridad y control de accesos, sistema control y regulación.

770.000

Mobiliario.

Mobiliario para laboratorios.

300.000

 

 

Total (IVA incluido)

5.000.000

 

 

Total elegible FEDER

5.000.000

Anexo II

Cuadro de amortización

Organismo: Universidad de Santiago de Compostela.

Título: Construcción del Centro de Investigación en Tecnologías de la Información de la Universidad de Santiago de Compostela (CITIUS).

Aportación Capítulo 8 concedida (euros): 5.000.000,00 €.

Préstamo concedido- Aportación nacional (euros): 1.500.000,00 €.

Plazo de amortización: 10 años.

Interés: Cero.

Fecha de vencimiento

Cuota de amortización (euros)

31.10.2010

150.000,00

31.10.2011

150.000,00

31.10.2012

150.000,00

31.10.2013

150.000,00

31.10.2014

150.000,00

31.10.2015

150.000,00

31.10.2016

150.000,00

31.10.2017

150.000,00

31.10.2018

150.000,00

31.10.2019

150.000,00

Total

1.500.000,00

Anticipo concedido-Aportación FEDER (euros): 3.500.000,00 €.

Plazo de amortización: 31.12.2014.

Interés: Cero.

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