Está Vd. en

Documento BOE-A-2010-12564

Resolución de 28 de julio de 2010, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2010, a efectos del cómputo de plazos para la resolución de las convocatorias por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 5 de agosto de 2010, páginas 68235 a 68235 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2010-12564

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 9 de junio de 2010 se anunciaron las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de libre designación en varios Departamentos.

El desarrollo de estos procesos, exige el cumplimiento de determinados plazos establecidos en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto, esta Agencia, en uso de las competencias que tiene atribuidas resuelve lo siguiente:

Declarar inhábil el mes de agosto de 2010 a efectos de cómputo de plazos en la resolución de las convocatorias anteriormente mencionadas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional en el plazo de un mes desde su publicación, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 28 de julio de 2010.–La Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Elena Madrazo Hegewisch.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid