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Documento BOE-A-2010-12472

Resolución de 20 de julio de 2010, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica la concesión de ayudas para la producción de largometrajes sobre proyecto, en la convocatoria para el año 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 3 de agosto de 2010, páginas 67829 a 67832 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2010-12472

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 30 de diciembre de 2009 (Boletín Oficial del Estado de 4 de febrero de 2010) se convocaron las ayudas para producción de largometrajes sobre proyecto, al amparo de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, de Cine, y en la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre por el que se desarrolla la Ley 55/2007.

De conformidad con el procedimiento de selección expuesto en los puntos 1 y 2, del apartado séptimo de la citada resolución, el Comité de Ayudas a la Producción Cinematográfica del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales en su reunión del día 22 de junio de 2010 informó y valoró las solicitudes de ayudas que, presentadas hasta el 25 de marzo de 2010, no hubieran sido excluidas.

Teniendo en cuenta el informe de la citada Comisión y la Propuesta de la Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual, y en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 2062/2008, por Resolución de esta Dirección General de 16 de julio de 2010 se resolvió la concesión de ayudas para la producción de largometrajes sobre proyecto, en la convocatoria del año en curso.

Por todo ello, y como garantía del principio de publicidad establecido en el artículo 18 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, esta Dirección General ha resuelto hacer público el extracto de la Resolución de 16 de julio de 2010 por la que se conceden las ayudas que figuran en el Anexo I a las productoras que se relacionan y por las cuantías que se indican, por un importe total de 10.000.000 euros, con cargo a la aplicación 24.101.470 «Fondo de Protección a la Cinematografía» del programa 335C «Cinematografía» del presupuesto de gastos del Organismo para el año en curso.

El resto de las solicitudes se entenderán desestimadas o excluidas.

La resolución de 16 de julio de 2010, cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de los interesados en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, y en el tablón de anuncios del Ministerio de Cultura, plaza del Rey, 1, de Madrid, pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma puede interponerse en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.C de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Boletín Oficial del Estado de 14 de julio de 1998).

En el caso de no impugnarla directamente mediante el recurso Contencioso-administrativo a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. El recurso de reposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la misma, a través de la oficina virtual —Registro Telemático— del Ministerio de Cultura (www.mcu.es/registro), siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez.

En caso de interponerse el recurso de reposición, el recurso contencioso-administrativo no podrá presentarse hasta que el de reposición haya sido resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición es de un mes, transcurrido el cual podrá entenderse desestimado a los efectos de interponer el recurso contencioso-administrativo.

Madrid, 20 de julio de 2010.—El Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Ignasi Guardans Cambó.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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