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Documento BOE-A-2010-12395

Resolución de 6 de julio de 2010, de la Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, por la que se prorrogan varias autorizaciones de uso e instalación en la red de trafos de medida al Laboratorio Electrotécnico, SCCL.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 2 de agosto de 2010, páginas 66960 a 66961 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2010-12395

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por la empresa Laboratorio Electrotécnico, SCCL, domiciliada en Passatge dels Rosers, s/n, de Cornellà de Llobregat para obtener la prórroga de varias autorizaciones de uso e instalación en la red de trafos de medida.

Considerando el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico (BOE núm. 224 de 18 de septiembre de 2007).

De acuerdo con las competencias establecidas en el Decreto 68/2004, de 20 de enero, de estructuración y reestructuración de diversos Departamentos de la Administración de la Generalidad (DOGC núm. 4054 de 22/01/2004), resuelvo:

Primero.—Prorrogar sin solución de continuidad las siguientes resoluciones de autorización de instalación y uso de trafos de medida:

Número de resolución

Modelo de transformador

2508

AEC-36

2626

AER-36

2627

UCF-24

16994

VKPE-24

16995

AEB-36

16996

UCJ-36

16997

AED-36

16998

VCF-24

16999

VCF-24

17000

VKPE-36

17378

AED-24

17739

AED-24

18162

AEC-24P

18643

AER-24

Segundo.—Esta autorización tiene un plazo máximo de validez de cinco años, o el menor que resulte de la aplicación de un nuevo reglamento que regule los sistemas de medida de la energía eléctrica. Esta autorización podrá ser prorrogada por períodos sucesivos, previa petición presentada por el solicitante de la misma en esta Secretaria de Industria y Empresa.

Tercero.—Previamente a su instalación, los aparatos a los que se refiere esta autorización tendrán que superar el control de verificación en origen realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado.

Cuarto.—Los instrumentos a los que se refiere esta resolución, tendrán que cumplir, adicionalmente, los requisitos técnicos y reglamentarios establecidos en las memorias y documentación que sirvieron de base a las resoluciones del apartado primero.

Contra esta resolución que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Universidades y Empresa en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que se pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 6 de Julio de 2010.—El Secretario de Industria y Empresa, P. D.de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe del Servicio de Automóviles, Productos y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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