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Documento BOE-A-2010-12001

Resolución de 14 de junio de 2010, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se incoa procedimiento de declaración como bien de interés cultural, con categoría de bien mueble, de dos tejidos medievales del Monasterio de San Zoilo, en Carrión de los Condes (Palencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 26 de julio de 2010, páginas 65519 a 65522 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2010-12001

TEXTO ORIGINAL

La Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, en su artículo 8, señala: «Los bienes muebles e inmuebles y actividades integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León, que reúnan de forma singular y relevante las características del artículo 1.2 de esta Ley, serán declarados Bienes de Interés Cultural».

A tales efectos, y por lo que se refiere a los bienes muebles, establece que podrán serlo de forma individual o como colección.

El artículo 11.1.b) señala que, en caso de inmuebles, «las partes integrantes, pertenencias, accesorios y bienes muebles que, por su vinculación con el inmueble, hayan de ser incorporados a la declaración, los cuales se considerarán inseparables del inmueble declarado».

El procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural se regula en el artículo 9 y siguientes de la mencionada Ley, desarrollándose en el Título II, Capítulo I, del Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León. De acuerdo con dichas normas, la declaración de Bien de Interés Cultural requiere la previa incoación y tramitación del expediente administrativo por la Consejería competente en materia de cultura.

La iniciación del procedimiento, según establece el artículo 10.3 de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, determinará respecto al bien afectado, la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la citada ley para los bienes declarados de interés cultural.

Los dos tejidos medievales del Monasterio de San Zoilo, uno de fondo azul y otro de fondo rojo, se descubrieron en el año 2003 en el interior de una de las arquetas funerarias situadas en uno de los laterales del retablo mayor de la iglesia del Monasterio que, según la tradición, alojaba las reliquias del mártir cristiano San Zoilo. El carácter excepcional de estas dos telas, viene dado por su integridad, dimensiones, por mantener su configuración y formato original y por su contenido iconográfico y epigráfico, que hacen de estos tejidos piezas únicas sin paralelos exactos ni en textiles ni en otro tipo de materiales.

Por cuanto ha quedado expuesto, de acuerdo con las pautas de actuación establecidas, en el plan básico de protección para el acrecentamiento del patrimonio protegido, previsto en el Plan PAHIS aprobado por Acuerdo 37/2005, de 31 de marzo de la Junta de Castilla y León, y de conformidad con lo establecido en los artículos 39 y 40 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por el Decreto 37/2007, de 19 de abril, esta Dirección General de Patrimonio Cultural resuelve:

Primero.–Incoar procedimiento de declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de bien mueble, de dos tejidos medievales del Monasterio de San Zoilo, en Carrión de los Condes (Palencia), descritos en el anexo que se acompaña a la presente resolución.

Segundo.–Si durante la tramitación del procedimiento se demostrara que el bien no reúne de forma singular y relevante las características del artículo 1.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, pero mereciera una especial consideración por su notable valor cultural y, por tanto, susceptible de ser incluido en el Inventario de Bienes del Patrimonio Cultural de Castilla y León, se continuará el expediente siguiendo los trámites previstos para su inclusión en dicho Inventario, conservando los trámites realizados.

Valladolid, 14 de junio de 2010.–El Director General de Patrimonio Cultural, Enrique Saiz Martín.

ANEXO
Descripción de dos tejidos medievales del monasterio de San Zoilo, de Carrión de los Condes (Palencia), sobre los que se incoa procedimiento de declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de Bien Mueble

Los dos tejidos medievales del Monasterio de San Zoilo, uno de fondo azul y otro de fondo rojo, se extrajeron en el año 2003 del interior de una de las arquetas funerarias situadas en uno de los laterales del retablo mayor de la iglesia del Monasterio que, según la tradición, alojaba las reliquias del mártir cristiano San Zoilo.

El Monasterio fue entregado por Fernando I al conde Gómez Díaz, del linaje de los Condes de Carrión y Saldaña, también conocido como Banu-Gómez, cuya estirpe estuvo vinculada de forma discontinua a los poderes políticos de Al-Andalus, hecho que podría guardar relación con la presencia de ambos tejidos allí. El linaje tuvo una activa participación apoyando a Alfonso IV en el conflicto que mantuvo con Ramiro II por el trono de León y también parece que también una marcada presencia en el territorio andalusí una vez producida la fragmentación taifa. Es posible que en relación con este momento histórico se produjese el traslado desde la iglesia cristiana cordobesa de San Zoilo, al monasterio de los restos de su mártir titular, junto con las de San Félix. Las reliquias de Zoilo, según la tradición hagiográfica un mártir soldado de época hispanorromana, supusieron un cambio en la advocación genérica inicial a Juan el Bautista a la que estaba destinado el Monasterio.

En documentación del siglo XIX aparecen las primeras noticias que relacionan a ambas piezas textiles mencionando que se encontraban en el arca de las reliquias de San Zoilo donde, posiblemente, se mantuvieron hasta nuestros días.

Se trata de dos paños de seda que comparten la misma técnica textil, el denominado «samito» (del griego hexámitos) debido a los seis hilos que intervienen para crear el efecto escalonado o asargado. Ello les confiere carácter reversible, invirtiéndose el color del fondo y los motivos de positivo a negativo. Esta técnica hunde sus raíces en la tradición textil del mundo sirio, sasánida y bizantino.

El Tejido I en seda azul.

El primero de ellos se conserva íntegramente en todo su largo y ancho (2,75 × 2,08 m), pudiendo, por sus dimensiones e iconografía, tratarse de una colgadura mural ornamental. El motivo central se origina con un efecto de 2 tramas, azul para el fondo del tejido y beige para la decoración.

En cuanto a su iconografía ofrece una serie de 36 criaturas bicéfalas que representan una variante de animal fantástico alado con garras de león y cabeza y alas de águila, sujetando un rosetón de ocho pétalos entre las garras, combinando además elementos iconográficos sasánidas y bizantinos. El color azul oscuro de fondo que presenta es bastante excepcional en tejidos andalusíes, aunque se conocen algunos otros paralelos en tejidos de museos de Francia y España.

Muestra, además, una decoración epigráfica doblemente simétrica en disposición «de espejo» horizontal y vertical. La caligrafía, que presenta en cúfico simple, recorre enteramente el tejido, repitiéndose nueve veces y ocupando únicamente el cuello de los animales que se sitúan en el friso superior de la tela. El fondo de la banda es de tono rojo, mientras que los caracteres en árabe con estilo cúfico simple se tejen en tono amarillo.

Esta banda epigráfica, de difícil lectura, parece contener una frase de carácter piadoso, del tipo de las bandas presentes en objetos andalusíes de los siglos X y XI que se utilizaban como elemento decorativo en los objetos del arte románico y mozárabe, tanto sobre soporte textil, como en maderas, metales y marfiles. Asimismo, la inscripción tiene muchas similitudes con objetos producidos bajo la Dinastía Fatimí (909-1171) que se ubicó, entre otros lugares en el Norte de África, Egipto y Sicilia.

Además hay que añadir que, en tres de los ángulos de este paño, aparecen unos signos o letras, pintados sobre la tela que podrían estar relacionados con marchamos de los tejedores o de los mercaderes y con su proceso de fabricación o comercialización.

El Tejido II en seda roja.

El segundo de los textiles, de fondo rojo y de dimensiones más reducidas (2,36 × 1,42 m.), también es una pieza completa de telar, cuyo buen estado de conservación lleva a pensar que pudo tener igualmente carácter ornamental y que, posteriormente, se utilizó para envolver reliquias.

La composición que presenta, con aves en el interior de círculos perlados, es común en el arte sasánida (persa pre-islámico) y en sus zonas de influencia. El motivo que se inserta dentro del círculo es una pareja de aves enfrentadas de espaldas, entre las cuales se encuentra, a modo de eje de simetría, una representación muy estilizada del «árbol de la vida», otro de los elementos que caracterizan al arte persa.

Debemos destacar que, como aspecto técnico excepcional, conserva los dos orillos originales con sus cordelinas, lo cual permite conocer la anchura exacta del tejido en el telar. Las cordelinas servían para mantener esta anchura constante mientras se tejía la pieza impidiendo que encogiese progresivamente. El tipo de tejido es también un samito con base de sarga con efecto trama por el anverso del tejido.

Los estudios históricos e iconográficos realizados lo sitúan en el siglo XI, mostrando características propias de tejidos más antiguos de regiones como Irán y Asia Central vinculadas con el comercio de la seda, tal vez reinterpretadas a través de talleres andalusíes.

Los tejidos y bordados de seda e hilo de oro eran productos de lujo de los talleres de artes suntuarias, tratándose de piezas únicas de diseño, muy apreciadas y con una gran calidad artística y técnica.

La mayoría de los tejidos andalusíes, que hoy se encuentran en museos o instituciones, tanto de España como de Europa y América del Norte, se conservan de forma fragmentaria. Muchos se han dispersado por diversas causas, entre ellas conflictos bélicos, el proceso desamortizador y sobre todo, debido a su utilización vinculada a la conservación de reliquias, ya sea en forma de indumentaria civil o religiosa, o por su propia consideración como tales.

Por ello hay que destacar el carácter excepcional de las dos telas de San Zoilo que, por sus dimensiones e integridad, sabemos que mantienen su configuración y formato original. Este hecho está relacionado con su función inicial como colgaduras murales ornamentales que decorarían los muros de palacios y residencias reales tanto en territorio musulmán como cristiano, sirviendo como separadores o diferenciadores de espacios, velos de altar, paramentos o doseles.

Igualmente es preciso destacar su valioso contenido iconográfico y epigráfico, ya que en cuanto al diseño y repertorio visual, son piezas únicas sin paralelos exactos ni en textiles ni en otro tipo de materiales.

En cuanto a su cronología, ambos tejidos se situarían en el siglo XI, pudiendo corresponder a un taller mediterráneo, fatimí o andalusí, abierto a influencias orientales. Esta atribución se vería reforzada por aspectos técnicos como el ligamento samito en que se tejieron ambos, los tintes utilizados, la iconografía, así como la información epigráfica del Tejido I de seda azul.

Además, los estudios históricos realizados muestran que este período fue uno de los momentos decisivos en la vida del Monasterio, impulsado posiblemente por la llegada de las reliquias del mártir hispanorromano que motivó el cambio de advocación del mismo, la puesta en marcha de su segunda fase constructiva, y el refuerzo de su posición dentro de los núcleos monásticos del Norte de la Península vinculado a la orden cluniacense.

Valladolid, 9 de julio de 2010.–El Secretario General, Santos Villanueva Valentín-Gamazo.

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