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Documento BOE-A-2010-11782

Real Decreto 892/2010, de 2 de julio, por el que se indulta a doña Luci Parada Rosales.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 23 de julio de 2010, páginas 64441 a 64441 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2010-11782

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de doña Luci Parada Rosales, condenada por la Audiencia Provincial de Pontevedra, sección quinta, con sede en Vigo, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 2 de Vigo, en sentencia de 5 de diciembre de 2006, como autora de un delito continuado de estafa en concurso medial con un delito continuado de falsedad, a la pena de veintiocho meses y quince días de prisión y diez meses y quince días de multa con una cuota diaria de tres euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de julio de 2010,

Vengo en indultar a doña Luci Parada Rosales la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 2 de julio de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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