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Documento BOE-A-2010-11771

Real Decreto 881/2010, de 2 de julio, por el que se indulta a don Draghici Beniamin.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 23 de julio de 2010, páginas 64430 a 64430 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2010-11771

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Draghici Beniamin, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Castellón de la Plana, en sentencia de 10 de agosto de 2007, como autor de un delito de atentado a los agentes de la autoridad, a la pena de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena; y dos faltas de lesiones, a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de seis euros, por cada una de ellas, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de julio de 2010,

Vengo en conmutar a don Draghici Beniamin la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de un año de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador y 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 2 de julio de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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