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Documento BOE-A-2010-11220

Resolución de 5 de julio de 2010, de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se corrigen errores de las Resoluciones de 8 de junio de 2010, por las que se da publicidad a las bases de concurso ordinario y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, y a la relación individualizada de méritos generales de los funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 15 de julio de 2010, páginas 62246 a 62249 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Política Territorial
Referencia:
BOE-A-2010-11220

TEXTO ORIGINAL

Advertida la necesidad de efectuar corrección de errores de la Resolución de 8 de junio de 2010, de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se da publicidad a las bases de concurso ordinario y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, ante las rectificaciones y correcciones efectuadas por las Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

Advertidos errores, asimismo, en el anexo de la Resolución de 8 de junio de 2010, de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se da publicidad a la relación individualizada de méritos generales de los funcionarios con habilitación de carácter estatal,

Esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 1040/2009, de 29 de junio, ha resuelto corregir las Resoluciones antes señaladas, en los términos que se expresan a continuación:

Primero.–Se efectúan las siguientes rectificaciones y correcciones en la Resolución de 8 de junio de 2010, de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se da publicidad a las bases de concurso ordinario y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, como consecuencia a su vez, de las efectuadas por las Entidades Locales y Comunidades Autónomas (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 146, de 16 de junio de 2010).

Página 51416:

Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, donde dice: «Por servicios prestados en el desempeño de puestos de trabajo de colaboración a la Secretaría General en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con Secretarías clasificadas de entrada, no reservados a funcionarios de Administración Local, como Técnico Superior, siempre que: 0,05 puntos por mes o fracción efectiva de servicio hasta un máximo de 0,25 puntos.», debe decir: «Por servicios prestados en el desempeño de puestos de trabajo de colaboración a la Secretaría General en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con Secretarías clasificadas de entrada, no reservados a funcionarios de Administración Local, como Técnico Superior, siempre que estas funciones se hayan desarrollado en municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya Secretaría esté clasificada en Entrada: 0,05 puntos por mes o fracción efectiva de servicio hasta un máximo de 0,25 puntos»

Página 51422:

Ayuntamiento de Cártama, donde dice: «Formación y perfeccionamiento (0,4 máximo):

Formación específica sobre las especialidades del Derecho Administrativo Local andaluz: Por la realización de cursos organizados o convocados por entidades públicas tales como Universidades, INAP, o Institutos de la Administración Pública de las Comunidades Autónomas y que versen sobre el régimen jurídico y presupuestario de las entidades locales de Andalucía, con una duración superior a las 30 horas lectivas: 0,4 puntos por este curso», debe decir: «Formación y perfeccionamiento (0,4 máximo): Formación específica sobre las especialidades del Derecho Administrativo Local andaluz: Por la realización de cursos organizados o convocados por entidades públicas tales como Universidades, INAP, o Institutos de la Administración Pública de las Comunidades Autónomas y que versen sobre el régimen jurídico y presupuestario de las entidades locales de Andalucía, con una duración igual o superior a las 30 horas lectivas: 0,4 puntos por este curso».

Página 51423:

Ayuntamiento Mairena del Alcor, donde dice: «Experiencia profesional (máximo 6,5 puntos)», debe decir: «Experiencia profesional (máximo 6 puntos)».

Página 51425:

Ayuntamiento de Fuente Palmera, donde dice: «d) Los cursos de formación y perfeccionamiento a los que se refiere el apartado A.d) serán valorados únicamente cuando hayan sido impartidos por el INAP u órgano similar de Comunidad Autónoma, siempre que hayan sido homologados a efectos del Baremo de Méritos Generales o Autonómicos para la provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionarios de Habilitación Estatal, y hayan sido realizados con posterioridad al 31 de julio de 2008 con el fin de acreditar la vigencia de las materias impartidas. Podrán ser acreditados mediante certificado o mediante fotocopia compulsada del diploma acreditativo de asistencia y superación.», debe decir: «d) Los cursos de formación y perfeccionamiento a los que se refiere el apartado A.d) serán valorados únicamente cuando hayan sido homologados o impartidos por el Instituto Nacional de Administración Pública o por el Instituto Andaluz de Administración Pública, a efectos del Baremo de Méritos Generales o Autonómicos para la provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionarios de Habilitación Estatal, y hayan sido realizados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Contratos del Sector Público, con el fin de acreditar la vigencia de las materias impartidas. Podrán ser acreditados mediante certificado o mediante fotocopia compulsada del diploma acreditativo de asistencia y superación».

Página 51429:

Ayuntamiento de Caniles, donde dice: «e) Tener un pabellón de deportes cubierto gestionado directamente por el Ayuntamiento: 1 punto. f) Formar parte de una Mancomunidad de Municipios que tenga asumidos servicios propios de las Entidades Locales que la conforman, tales como la limpieza de contenedores y la gestión de depuradoras: 1 punto.», debe decir: « e)Tener un pabellón de deportes cubierto gestionado directamente por el Ayuntamiento: 1 punto. f) Con una población de derecho superior a 4.000 habitantes: 1 punto. g) Formar parte de una Mancomunidad de Municipios que tenga asumidos servicios propios de las Entidades Locales que la conforman, tales como la limpieza de contenedores y la gestión de depuradoras: 1 punto».

Página 51433:

Ayuntamiento de Bailén: Se suprime la convocatoria de la plaza de Vicesecretaría-intervención, clase 3.ª

Página 51436:

Ayuntamiento de Valle de Abdalajís, donde dice: «Por cada mes de servicio en el desempeño de funciones reservadas a funcionario local con habilitación de carácter estatal en puestos de Secretaría-Intervención en municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía que carezca de Planeamiento General, ya sea Normas Subsidiarias Plan General de Ordanación Urbana: 0,05 puntos, hasta un máximo de 0,65.», debe decir: « Por cada mes de servicio en el desempeño de funciones reservadas a funcionario local con habilitación de carácter estatal en puestos de Secretaría-Intervención en municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía que carezca de Planeamiento General, ya sea Normas Subsidiarias o Plan General de Ordenación Urbana: 0,05 puntos, hasta un máximo de 0,65».

Página 51438:

Ayuntamiento de Benamocarra, donde dice: «Se valorará con 0,5 puntos los servicios prestados por un periodo no inferior a 3 años, en el puesto de secretaría-intervención, en municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía con una población superior a 3.000 habitantes e inferior a 5.000 habitantes que se encuentre dentro del ámbito de aplicación del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental-Axarquía,», debe decir: «Se valorará con 2 puntos los servicios prestados por un periodo no inferior a 3 años, en el puesto de secretaría-intervención, en municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía con una población superior a 3.000 habitantes e inferior a 5.000 habitantes, que se encuentre dentro del ámbito de aplicación del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Oriental-Axarquía».»

Página 51439:

Ayuntamiento de Canillas de Aceituno, donde dice: «Por la realización de Curso de Contratación en la Administración Local, Ley 30/2007, de 30 de octubre, con una duración superior a 30 horas lectivas: 1,25 puntos.», debe decir: «Por la realización de Curso de Contratación en la dministración Local, Ley 30/2007, de 30 de octubre, con una duración igual o superior a 30 horas lectivas: 1,25 puntos».

Página 51442:

Ayuntamiento de Cañada Rosal, donde dice: «Puesto: Secretaría de clase 3.ª n.º de código de puesto: 4111701», debe decir: «Ayuntamiento de Cañada Rosal. Puesto: Secretaría de clase 3.ª n.º de código de puesto: 4111701».

Página 51443:

Ayuntamiento Mairena del Alcor, donde dice: «Experiencia profesional (máximo 6 puntos)», debe decir: «Experiencia profesional (máximo 6,5 puntos)».

Página 51497:

Intervención-Tesorería, categoría de entrada. Ayuntamiento de Fuente el Saz del Jarama:

Donde dice: «Por la realización de cursos impartidos por la Administración Pública con un mínimo de 20 horas lectivas, y con una antigüedad no superior a 3 años, referidos a materias propias del puesto de trabajo y de acuerdo con el siguiente baremo:», debe decir: «Por la realización de cursos impartidos por la Administración Pública con un mínimo de 20 horas lectivas, referidos a materias propias del puesto de trabajo y de acuerdo con el siguiente baremo:».

Donde dice: «Cursos en materia de gestión presupuestaria de las Entidades Locales, hasta un máximo de 0,50 puntos.», debe decir: «Cursos en materia de gestión presupuestaria de las Entidades Locales, relacionados con la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las Entidades Locales, hasta un máximo de 0,50 puntos».

Donde dice: «Cursos sobre Contratación Pública, hasta un máximo de 0,50 puntos», debe decir: «Cursos sobre Contratación Pública, referidos a la Ley 30/2007, de 31 de octubre, de Contratos del Sector Público, hasta un máximo de 0,50 puntos».

Segundo.–Para los puestos afectados por la presente Resolución, queda abierto el plazo de presentación de instancias por el término de quince días naturales a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.–Se efectúan las correcciones de errores procedentes, en el anexo de la relación individualizada de méritos generales de los funcionarios con habilitación de carácter estatal aprobada mediante Resolución de 8 de junio de 2010, de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se da publicidad a la relación individualizada de méritos generales de los funcionarios con habilitación de carácter estatal, (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 146, de 16 de junio de 2010). A dichas correcciones se les dará publicidad en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial (http://www.mpt.es), (Sistema de información Local), y en la Dirección General de Cooperación Local (plaza de España, 17, Madrid)

Cuarto.–En la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial (http://www.mpt.es) (Sistema de Información Local) se ofrece información adicional sobre este procedimiento.

Madrid, 5 de julio de 2010.–La Directora General de Cooperación Local, María Llanos Castellanos Garijo.

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