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Documento BOE-A-2010-104

Orden EDU/3581/2009, de 26 de noviembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Spanish/Portuguese Bid Committee for the Fifa World Cup 2018/2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 2 de enero de 2010, páginas 292 a 293 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-104

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación Spanish/Portuguese Bid Committee for the Fifa World Cup 2018/2022 en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Real Federación Española de Fútbol y la Federacao Portuguesa de Futebol en Madrid, el 8 de julio de 2009, según consta en la escritura pública número mil trescientos sesenta otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Francisco José de Lucas y Cadenas, subsanada mediante diligencia extendida el 17 de noviembre de 2009.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en el Municipio de las Rozas, provincia de Madrid, Ciudad del Fútbol Español, calle Ramón y Cajal, s/n, distrito postal 28230, y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación incorporados a la escritura pública de constitución figuran como fines de la Fundación los siguientes: La elaboración y presentación de la propuesta de la candidatura conjunta de la RFEF y de la FPF para la Copa Mundial de la FIFA que se celebrará en el 2018 y/o 2022, respetando las disposiciones de la FIFA, el Código Ético de la FIFA, la normativa de las federaciones candidatas y demás normas de aplicación. La promoción y difusión de la propuesta de candidatura conjunta de la RFEF y FPF para la celebración de la Copa Mundial de la FIFA en España y Portugal. La gestión de todas las actuaciones necesarias vinculadas a la candidatura conjunta de la RFEF y la FPF para su organización y celebración que incluye, entre otras, la realización de toda clase de actividades, proyectos relacionados con su preparación, ejecución y desarrollo, así como la organización de manifestaciones de carácter deportivo, artístico, cultural, científico y cualesquiera otras actuaciones tendentes a garantizar el éxito de organización de la Copa Mundial de la FIFA 2018 y/o 2022. En dicho objeto se consideran incluidas la obtención de patrocinios y colaboraciones económicas, elaboración de propuestas y estudios técnicos. La fundación podrá gestionar aquellos proyectos que puedan encomendarle las Administraciones Públicas en relación con la Copa Mundial de la FIFA 2018 y/o 2022. Promover, participar y colaborar en la realización de actos públicos y premios relacionados con el desarrollo de la candidatura conjunta de la Copa Mundial de la FIFA 2018 y/o 2022..

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Ángel María Villar Llona, Vicepresidente: Don Gilberto Parca Madail, Secretario: Don Jorge Juan Pérez Arias, Vicesecretario: Don Angelo Carlos Lopes Mont’ Alverne Brou.

En la escritura de constitución, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo. Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero. Según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Spanish/Portuguese Bid Committee for the Fifa World Cup 2018/2022 en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Spanish/Portuguese Bid Committee for the Fifa World Cup 2018/2022, de ámbito estatal, con domicilio en el Municipio de las Rozas, provincia de Madrid, Ciudad del Fútbol Español, calle Ramón y Cajal s/n, distrito postal 28230, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 26 de noviembre de 2009.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, José Canal Muñoz.

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