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Documento BOE-A-2010-10068

Orden CUL/1685/2010, de 7 de junio, por la que se otorga la garantía del Estado a 29 obras para su exhibición en el Museo Nacional Colegio San Gregorio en la exposición "Lo Sagrado hecho real. Pintura y escultura española 1600-1700".

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 24 de junio de 2010, páginas 55601 a 55603 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2010-10068

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud de la Subdirección General de Promoción de Bellas Artes.

De acuerdo con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras de interés cultural, así como la disposición adicional decimoséptima apartado uno de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.

Vistos los informes favorables de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, del Servicio Jurídico y de la Oficina Presupuestaria del Departamento y

De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, dispongo:

Primero. Otorgamiento de la garantía del Estado.–Otorgar la garantía del Estado a las obras que figuran en el Anexo de esta orden con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan.

Segundo. Efectos.

1. El Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o daño de las obras que figuran en el Anexo de esta orden, de acuerdo con los valores y las condiciones expresadas en la documentación que figura en el expediente.

2. Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura por la institución solicitante, siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en relación con el término alterado.

Tercero. Cobertura de la Garantía del Estado.

1. La Garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a los bienes culturales que figura en el Anexo de esta orden ministerial, a los efectos de su exhibición en el Museo Nacional Colegio San Gregorio de Valladolid como parte de la exposición «Lo Sagrado hecho real. Pintura y escultura española de 1600-1700» que tendrá lugar entre el 23 de junio al 30 de septiembre de 2010.

2. El valor económico total de las obras cubiertas por la Garantía del Estado asciende a 185.875.423,93 euros. Dado que la valoración de varias de las obras cubiertas por la garantía se encuentra expresada en divisas, el valor económico total expresado en esta orden es una aproximación en euros al valor total de la exposición, utilizando para ello los contravalores resultantes de la aplicación de los tipos de cambio del euro fijados por Resolución del Banco de España por la que se hacen públicos los cambios del euro correspondientes al día 5 de mayo de 2010 (Boletín Oficial del Estado de 6 de mayo de 2010).

A los efectos de esta orden, se considerará que el valor individual de las obras es el que figura en la solicitud de garantía del Estado.

3. Las cantidades no cubiertas por la garantía del Estado, según lo dispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, deberán ser aseguradas por la Institución solicitante de la garantía o los cedentes de las obras.

Cuarto. Período de cobertura.

1. La Garantía del Estado surtirá efecto desde la entrega de las obras por parte del cedente hasta su devolución en su lugar de origen o en otro designado por el cedente.

2. En caso de ampliación de la exposición, la garantía del Estado podrá prorrogarse, a petición de la institución solicitante, previa conformidad expresa de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales. El acuerdo de conformidad expresará el plazo de vigencia de la garantía y las obras a las que resulta de aplicación la prórroga.

Quinto. Entrega y devolución de las obras.

1. Previamente a la entrega de las obras garantizadas en sus lugares de recogida, personal técnico cualificado elaborará un informe exhaustivo sobre el estado de conservación de cada una de ellas. Obtenida la conformidad escrita de cedente y cesionario sobre dicho informe, se procederá por parte de ambos a la firma del acta de entrega.

2. El acta de devolución se firmará en el momento de entrega de las obras a los cedentes en sus lugares de origen o en los lugares por ellos designados. En el acta de devolución deberá constar la conformidad de cedente y cesionario acerca de las condiciones en que se encuentran las mismas.

Sexto. Obligaciones de la institución solicitante.–Sin perjuicio de las restantes obligaciones que figuran en esta orden, la institución solicitante de la garantía deberá:

1.º) Enviar a la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura certificado extendido por su Director acreditando el término de la garantía otorgada, y cualquier circunstancia que afecte a la misma, en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir de la devolución de las obras.

2.º) Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y conservación de la obra así como el estricto cumplimiento de lo dispuesto en esta orden.

Séptimo. Incorporación del Anexo.–Se incorpora a esta orden, formando parte de la misma, el Anexo que se cita en el apartado segundo.

Octavo. Remisión telemática de la garantía del Estado.–La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura dará inmediata cuenta, por vía telemática, del otorgamiento del compromiso del Estado y del contenido del mismo a las Cortes Generales y al Ministerio de Economía y Hacienda.

Madrid, 7 de junio de 2010.–La Ministra de Cultura, P. D. (Orden CUL/ 2165/2009, de 14 de julio), la Subsecretaria de Cultura, Mercedes Elvira del Palacio Tascón.

ANEXO

Objeto

Título

Autor

Pintura

La Venerable Madre Jerónima de la Fuente

Diego Velázquez.

Escultura

Cabeza decapitada de San Juan Bautista

Juan de Mesa.

Escultura

San Francisco meditando

Pedro de Mena.

Pintura

Crucifixión

Francisco Pacheco.

Escultura

La Virgen de los Dolores (dolorosa)

Pedro de Mena.

Escultura

San Juan de Dios

Alonso Cano.

Pintura

San Francisco de Borja

Alonso Cano.

Pintura

Crucificado

Francisco de Zurbarán.

Escultura

Ecce Homo

Gregorio Fernández.

Escultura

Cristo de la Luz

Gregorio Fernández.

Pintura

San Lucas como pintor, ante Cristo en la Cruz

Francisco de Zurbarán.

Pintura

Retrato de Juan Martínez Montañés

Diego Velázquez.

Pintura

Visión de San Bernardo

Alonso Cano.

Escultura

La Magdalena penitente

Pedro de Mena.

Pintura

San Bernardo abrazando a Cristo

Francisco Ribalta.

Escultura

Cristo yacente

Gregorio Fernández.

Pintura

La Aparición de San Pedro a San Pedro Nolasco

Francisco de Zurbarán.

Pintura

San Francisco

Francisco de Zurbarán.

Pintura

Cristo tras la Flagelación, contemplado por un alma cristiana

Diego Velázquez.

Pintura

Lamentación sobre el Cristo muerto

Jusepe de Ribera.

Pintura

San Francisco en meditación

Francisco de Zurbarán.

Pintura

La Inmaculada Concepción

Diego Velázquez.

Escultura

Crucifixión

Juan de Mesa.

Escultura

Ecce Homo

Pedro de Mena.

Escultura

San Francisco de Borja

Juan Martínez Montañés.

Escultura

San Ignacio de Loyola

Juan Martínez Montañés.

Escultura

Inmaculada Concepción (la Purísima)

Juan Martínez Montañés.

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