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Documento BOE-A-2009-9741

Orden EHA/1522/2009, de 1 de junio, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2009, páginas 49398 a 49411 (14 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2009-9741

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar dos procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.

Ambas convocatorias son independientes y se regirán por las mismas bases.

Las presentes convocatorias tienen en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirán las presentes convocatorias son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

Bases específicas

La presente Orden se publicará en las páginas web www.060.es y www.meh.es

1. Descripción de las plazas

Se convocan dos procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado, Código A0619, uno para cubrir diez plazas por el sistema general de acceso libre, y otro para cubrir dos plazas por el sistema de promoción interna de las comprendidas en el artículo 6 del Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero.

Para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% se reservará una plaza de las convocadas por el sistema general de acceso libre.

Si alguno de los aspirantes que se hubiese presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviese plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, será incluido, por su orden de puntuación en este último.

En el caso de que esta plaza quedara desierta, no se podrá acumular al sistema general de acceso libre.

Los aspirantes que ingresen por la convocatoria de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten.

En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

1.2. Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.

2. Procesos selectivos

Los procesos selectivos constarán de una fase de oposición para los aspirantes que se presenten por el sistema general de acceso libre y de las fases de oposición y de concurso para los aspirantes que se presenten por el sistema de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

Incluirán la superación de un curso selectivo y, en su caso, un período de prácticas. Para la realización del curso los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

El carácter independiente de ambos procesos selectivos determina la imposibilidad de acumulación de eventuales plazas vacantes en cualquiera de ellos.

3. Programas

El programa que ha de regir los procesos selectivos es el que figura como anexo II a esta Orden.

4. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Grado, al finalizar el plazo de presentación de instancias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna deberán cumplir, al finalizar el plazo de presentación de instancias los siguientes requisitos:

Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1:

a) De la Administración General del Estado (excepto los suspensos).

b) De Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficas.

c) Del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo en la Administración General del Estado.

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1:

a) De la Administración General del Estado.

b) De Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficas

c) Del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

6. Selección de funcionarios interinos

De acuerdo con el Real Decreto 248/2009, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2009 en relación con el artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, y con la Instrucción Conjunta de la Secretaría General para la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos de 15 de noviembre de 2007, el Tribunal elaborará una lista de candidatos con todos los que hayan superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios, con la finalidad de que la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Diplomados en Estadísticos del Estado se realice mediante procedimientos ágiles.

Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Instituto Nacional de Estadística.

7. Solicitudes

7.1 Quienes deseen participar en alguno de estos procesos selectivos deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la pagina www.060.es.

7.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a) Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de la Presidencia «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet www.map.es o en el Portal del ciudadano www.060.es

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará, en su caso, el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

En aquellos casos en que deba aportarse documentación adicional junto con la solicitud telemática de participación, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, esta deberá ser presentada en los lugares previstos en el párrafo siguiente.

b) Igualmente, las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Economía y Hacienda, C/ Alcalá, nº 9, Madrid, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, y se dirigirán a la Subsecretaria del Ministerio de Economía y Hacienda, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

7.3 Pago de la tasa de derechos de examen.–El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de la Presidencia, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

7.4 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

7.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

 
8. Tribunal

8.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta Orden y se someterá a lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

8.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Estadística, calle Capitán Haya, 51, Madrid, teléfono 91 5837203, dirección de correo electrónico oposiciones@ine.es

9. Desarrollo de los procesos selectivos

El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «W», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 27 de enero de 2009 («BOE» de 5 de febrero), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.

10. Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente Orden.

Contra la presente Orden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Sra. Ministra de Economía y Hacienda en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 1 de junio de 2009.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA 2358/2008, de 31 de julio), la Subsecretaria de Economía y Hacienda, Juana María Lázaro Ruiz.

 

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo y valoración
I. Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

Para la convocatoria por el sistema general de acceso libre:

I.A) Oposición

I.B) Curso selectivo

Para la convocatoria por el sistema de promoción interna:

I.A) Oposición.

I.B) Concurso.

I.C) Curso selectivo.

I. A) Fase de oposición.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Será práctico. Consistirá en la contestación, por escrito, en el tiempo que determine el Tribunal con un máximo de cuatro horas, de cuestiones prácticas propuestas por el Tribunal, sobre los programas de Estadística Descriptiva, Estadística Teórica Básica, Demografía y Economía.

Segundo Ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, en el tiempo que determine el Tribunal con un máximo de cuatro horas, de dos temas del Anexo II extraídos al azar. Uno del programa de Estadística Descriptiva y otro del programa de Estadística Teórica Básica.

Tercer ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, en el tiempo que determine el Tribunal con un máximo de cuatro horas, de tres temas del Anexo II extraídos al azar. Uno del programa de Economía, otro del programa de Demografía y un tercero del programa de Derecho Público y Organización del Estado.

Los opositores que accedan por el sistema de promoción interna estarán exentos de la parte de Derecho Público y Organización del Estado y dispondrán del tiempo que determine el Tribunal con un máximo de tres horas.

Este ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública, pudiendo éste formular cuantas preguntas juzgue conveniente.

Si alguna de las aspirantes no pudiera realizar algún ejercicio de la fase de oposición por embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, el Tribunal aplazará la realización del ejercicio quedando la situación de la aspirante condicionada a la realización del mismo y a la finalización de la fase de oposición.

El aplazamiento del ejercicio no podrá demorar la fase de oposición de forma que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a la resolución de la misma en tiempos razonables y, en todo caso, la realización del mismo habrá de tener lugar antes de la publicación de la lista de opositores que superen la fase de oposición.

I. B) Fase de concurso.

La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en la valoración de los siguientes méritos: antigüedad, grado personal consolidado y trabajo desarrollado.

La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta Orden.

Los aprobados dispondrán de un plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas de aprobados de la fase de oposición, para la presentación de la certificación de méritos, debiendo ser expedida por los servicios de personal de los Ministerios u Organismos donde presten, o en su caso hayan prestado, sus servicios y en la que consten los méritos a valorar en la fase de concurso.

La no presentación de la certificación, en el plazo señalado, supondrá la no valoración al aspirante en la fase de concurso.

En los tablones de anuncios de la sede del Tribunal así como en la página Web del Ministerio de Economía y Hacienda http://www.meh.es, el Tribunal publicará la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, disponiendo los aspirantes de un plazo de diez días hábiles, a contar desde la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado el referido plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.

Finalizada la fase de oposición o del concurso-oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal y en la página web del Ministerio de Economía y Hacienda. Dicha relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación oficial, para presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

I.C) Curso selectivo.

Todos los aspirantes que superen la fase de oposición realizarán un curso selectivo organizado por la Escuela de Estadística. Se iniciará en el plazo máximo de dos meses contados desde la finalización del plazo previsto para la presentación de documentos, y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.

La duración del curso selectivo será de un mes. Su calendario y programa, así como las normas internas que hayan de regularlo serán establecidos oportunamente por la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de unas pruebas prácticas en relación con las áreas básicas de formación que se imparten.

Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las vacaciones de estos funcionarios, por necesidades del servicio y de acuerdo con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, abarcarán del 1 al 31 de agosto del año en que se realice el curso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.

II. Valoración

II.A) Fase oposición.

Todos los ejercicios son eliminatorios, no pudiendo pasar de un ejercicio al siguiente los opositores que no hubiesen alcanzado la calificación mínima de cinco puntos. La valoración máxima en cada uno de ellos será de diez puntos. Para superar el segundo y el tercer ejercicio será necesario, además, no haber sido calificado con cero en ninguno de los temas.

La calificación del primer ejercicio será el resultado de obtener la media aritmética de la puntuación obtenida en cada una de las cuestiones.

La calificación del segundo ejercicio será el resultado de obtener la media aritmética de la puntuación obtenida en cada uno de los temas.

La calificación del tercer ejercicio será el resultado de obtener la media ponderada de cada uno de los programas de acuerdo con los siguientes coeficientes: Economía, coeficiente cuatro; Demografía, coeficiente cuatro y Derecho Público y Organización del Estado, coeficiente dos. Para los aspirantes por el sistema de promoción interna, los coeficientes de ponderación serán: Economía, coeficiente cinco; Demografía, coeficiente cinco.

La calificación final de cada opositor se obtendrá sumando la calificación de cada ejercicio previamente ponderada con arreglo a los siguientes coeficientes: Primer ejercicio, coeficiente tres; segundo ejercicio, coeficiente cuatro; tercer ejercicio, coeficiente tres.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

A las personas que participen por el cupo de reserva de discapacidad que superen algún ejercicio con una nota superior al 60% de la calificación máxima obtenida en el mismo proceso, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando esta sea análoga en el contenido y forma de calificación.

II.B) Fase de concurso:

A los aspirantes que participen por el sistema de promoción interna, se les valorará los siguientes méritos:

Antigüedad, grado personal consolidado y trabajo desarrollado.

Se computarán estos méritos hasta la fecha de publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos o en Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, con destino definitivo en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al amparo de la Ley 70/78, de 26 de diciembre, a razón de 0,10 puntos por año completo de servicios efectivos, hasta un máximo de 3 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Se otorgará la siguiente puntuación según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»:

Hasta el grado 18: 3 puntos

Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,25 hasta un máximo de 6

c) Trabajo desarrollado: Se otorgará la siguiente puntuación según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día de la publicación de esta Orden.

Hasta el nivel 18: 3 puntos

Por cada unidad de nivel que exceda de 18: 0,5 hasta un máximo de 6.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del subgrupo C1.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u órganos constitucionales, y a los funcionarios en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado u órganos constitucionales el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería al efectuar el reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en la situación de servicio activo en órganos constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición.

II.C) Curso selectivo.

El curso se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener como mínimo cinco puntos. Dicha calificación será otorgada por la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística, a propuesta del Órgano responsable del curso selectivo.

III. Elección de destinos

La suma de la calificación del concurso-oposición con la obtenida en el curso selectivo determinará la calificación total y la prioridad para la elección de destino en el caso de los aspirantes del sistema de promoción interna, quienes tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten.

La suma de la calificación de la fase de oposición con la obtenida en el curso selectivo determinará la calificación total y la prioridad para la elección de destino en el caso de los aspirantes del sistema general de acceso libre.

El orden de prelación se establecerá, en caso de empate, atendiendo a los siguientes criterios:

1º. Por la mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio.

2º. Por la mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio.

3º. Por la mayor puntuación alcanzada en el tercer ejercicio.

ANEXO II
Programa
Economía

Tema 1. Economia, actividad económica y sistema económico. La interrelación entre macroeconomia y microeconómica. La intervención pública: formas e implicaciones.

Tema 2. El SEC 95. Características Generales. Las Unidades Estadísticas y su agrupación. Los flujos y los stocks.

Tema 3. Las principales operaciones de bienes y servicios y de distribución en el SEC-95.

Tema 4. El Sistema de Cuentas y los agregados contables en el SEC-95.

Tema 5. El Marco Input-Output. Descripción general. Tablas de Origen y Destino. Otras tablas.

Tema 6. Otros sistemas de cuentas en el marco del SEC-95. Las cuentas trimestrales. Las cuentas regionales.

Tema 7. El mercado de bienes y servicios y la función IS. El mercado de activos financieros y la función LM. El modelo IS-LM en una economía cerrada. Variaciones y opciones de política económica.

Tema 8. Inflación y desempleo. Conceptos básicos, medición y principales explicaciones teóricas.. La curva de Phillips: aspectos básicos y críticas.

Tema 9. El equilibrio externo. Balanza de pagos: concepto y estructura según el V Manual del FMI. El mercado de divisas y el tipo de cambio

Tema 10. La Unión Económica y Monetaria. Antecedentes y evolución. El Tratado de Maastricht y los criterios de convergencia nominal. La Política Monetaria Única: instituciones, estrategias, objetivos e instrumentos.

Demografía

Tema 1. La Demografía. Estructura de la población. Los fenómenos demográficos. El envejecimiento y el crecimiento de las poblaciones.

Tema 2. El esquema de Lexis. Tasas y cocientes en demografía. Análisis transversal y longitudinal.

Tema 3. La mortalidad. Tasas brutas y específicas. Tablas completas y abreviadas. Esperanza de vida.

Tema 4. La nupcialidad. Tasas brutas y específicas. Duración del matrimonio. Uniones de hecho.

Tema 5. La natalidad y la fecundidad. Tasas brutas y específicas. Número de hijos por mujer. El rango de los nacimientos.

Tema 6. Estructura de población. Pirámides de población. El envejecimiento de la población.

Tema 7. La población futura. Procedimientos matemáticos de estimación: Fórmulas de Makeham, Gomperts y curva logística. Método de las componentes.

Tema 8.–Los Censos Demográficos en España: Población, Viviendas y Edificios. Objetivos. Métodos de Recogida. Características investigadas.

Tema 9. El movimiento natural de la población en España y los movimientos migratorios.

Tema 10.–El padrón municipal. Naturaleza y finalidad. Modelo de gestión. Aprovechamiento con fines estadísticos.

Derecho Público y Organización del Estado

Tema 1. La Constitución Española. Contenido y estructura. Los Derechos y Deberes Fundamentales y Libertades Públicas. La Corona. Las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.

Tema 2. La Administración Pública: principios constitucionales informadores. Organización de la Administración del Estado: Órganos superiores y directivos. La Administración periférica del Estado. La Organización Territorial del Estado: Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales.

Tema 3. El Derecho Administrativo. Fuentes. La ley. Clases de Leyes. El Reglamento. El acto administrativo. Concepto y clases. Eficacia y validez de los actos. Revisión, anulación y revocación. El control jurisdiccional de la Administración.

Tema 4. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios informadores. El procedimiento administrativo. Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

Tema 5. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Normativa básica. Los derechos y deberes de los funcionarios públicos. Estructura de la Función Pública del Estado. Acceso, promoción y provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas. El personal laboral. Selección y contratación.

Tema 6. El personal laboral al servicio de la Administración del Estado. Selección y contratación. Derechos y deberes. Los Convenios Colectivos. Órganos de representación.

Tema 7. La Ley 12/1989 de la Función Estadística Pública de 9 de mayo de 1989. Principios Generales de la Función Estadística Pública. La recogida de datos. Secreto estadístico. Difusión de la información estadística. Infracciones y sanciones. Los Servicios estadísticos del Estado. El Consejo Superior de Estadística.

Tema 8. Ley Orgánica del Régimen Electoral General: La Administración electoral española. La Oficina del Censo Electoral: Ubicación, competencias, organización y actuaciones en los procesos electorales. El Censo Electoral: Composición e inscripción.–Gestión continua.

Tema 9. Los Presupuestos Generales del Estado en España. El gasto público en España. Análisis funcional y su valoración. El control del gasto público en España.

Tema 10. Políticas de Igualdad de Género: La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género: La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Políticas dirigidas a la atención de personas discapacitadas y/o dependientes: La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Estadística Descriptiva

Tema 1. Concepto de estadística. Las unidades estadísticas. Variables cualitativas y cuantitativas. Variables discretas y continuas. Distribuciones unidimensionales de frecuencias. Distribuciones acumuladas. Tablas estadísticas. Representación gráfica.

Tema 2. Medidas de síntesis de una distribución de frecuencias. Medidas de posición. Media aritmética, geométrica y armónica. Cálculo de las mismas y propiedades. Aplicaciones.

Tema 3. Medidas de posición robustas. Mediana, moda y cuantiles. Cálculo de las mismas y propiedades. Aplicaciones.

Tema 4. Medidas de dispersión. Recorrido, varianza y desviación típica. Otras medidas de dispersión. Cálculo de las mismas y propiedades. Aplicaciones.

Tema 5. Momentos. Cálculo y aplicaciones. Medidas de simetría y curtosis.

Tema 6. Medidas de concentración. Curva de Lorenz. Índice de Gini.

Tema 7. Interpolación. Concepto y métodos. Interpolación lineal y parabólica. Fórmula de Lagrange.

Tema 8. Distribuciones estadísticas bidimensionales. Tabla de doble entrada. Representaciones gráficas.

Tema 9. Distribuciones marginales y condicionales. Independencia y asociación de las variables.

Tema 10. Momentos en las distribuciones bidimensionales. Concepto de covarianza. Correlación. Significado.

Tema 11. Distribuciones n-dimensionales. Distribuciones marginales y condicionales.

Tema 12. Momentos en las distribuciones n-dimensionales. Correlación múltiple y parcial.

Tema 13. Ajuste por el método de mínimos cuadrados. Varianza residual. Su interpretación.

Tema 14. Recta de regresión. Coeficiente de correlación lineal y cálculo del mismo. Posiciones de las rectas de regresión según el valor del coeficiente de correlación.

Tema 15. Hiperplanos de regresión en una distribución n-dimensional. Varianza explicada y varianza residual. Medida de la bondad del ajuste.

Tema 16. Series temporales. Componentes de una serie temporal. Modelo aditivo y multiplicativo. Métodos para la determinación de la tendencia.

Tema 17. El análisis de las series temporales. Métodos elementales para la determinación de las variaciones estaciónales y los movimientos cíclicos.

Tema 18. Números índices. Los índices simples. Propiedades de los índices simples. Índices complejos. Índices de Laspeyres y Paasche. Índice de Precios de Consumo. Índice de Producción Industrial.

Estadística Teórica Básica

Tema 1. Fenómenos aleatorios. Conceptos de probabilidad. Propiedades. Independencia de sucesos. Teorema de Bayes.

Tema 2. Variables aleatorias. Variables discretas. Función de probabilidad. Variables continuas. Función de densidad. Propiedades.

Tema 3. Esperanza matemática. Propiedades. Varianza. Propiedades. Función característica y función generatriz de momentos. Acotación de Tchebychev.

Tema 4. Distribución binomial. Propiedades. Distribución de Poisson. Propiedades. Relación entre ellas. Otras distribuciones discretas.

Tema 5. Distribución uniforme. Distribución exponencial. Distribución Pareto. Propiedades.

Tema 6. Distribución normal. Tablas y propiedades. Utilización de la distribución normal para aproximar probabilidades de binomial y de Poisson.

Tema 7. Distribuciones de varias variables aleatorias. Distribuciones conjuntas y marginales. Independencia entre variables aleatorias. Ejemplos.

Tema 8. Esperanza de vectores aleatorios. Esperanza de sumas y productos de variables aleatorias. Covarianza. Correlación. Transformaciones lineales de variables aleatorias.

Tema 9. Distribución normal multivariante. Propiedades.

Tema 10. Distribución X2 de Pearson, F de Fisher y t de Student.

Tema 11. Procesos estocásticos discretos. Análisis de series temporales. Procesos autorregresivos. Procesos de medias móviles. Procesos ARMA. Procesos ARIMA.

Tema 12. Introducción a la inferencia. Estimación puntual. La distribución de un estimador en el muestreo. Propiedades de los estimadores.

Tema 13. Métodos de obtención de estimadores. Método de los momentos. Método de máxima verosimilitud. Propiedades.

Tema 14. Estimación de parámetros en poblaciones normales. Propiedades de la media muestral. Propiedades de la varianza muestral.

Tema 15. Estimación por intervalos. Conceptos básicos. Ejemplos de intervalos en poblaciones normales.

Tema 16. Contraste de hipótesis. Contraste de significación. Nivel crítico de un contraste. Ejemplos de contrastes.

Tema 17. El enfoque de Neyman y Pearson. Hipótesis alternativa. Errores tipo I y II de un contraste. Potencia de un test. Intervalos de confianza y contraste de hipótesis.

Tema 18. Contrastes de ajuste. Contraste X2 de Pearson. Aplicaciones. Contraste de Kolmogorov-Smirnov. Otros contrastes de ajuste.

Tema 19. Métodos fundamentales de selección de la muestra. Selección con probabilidades iguales. Selección con probabilidades desiguales. Selección sistemática. Probabilidad de pertenecer a la muestra. Estimadores insesgados.

Tema 20. Muestreo aleatorio simple en una población finita. Estimadores. Errores de muestreo. Intervalos de confianza. Tamaño de la muestra. Muestreo de conglomerados sin submuestreo.

Tema 21. Muestreo estratificado. Concepto. Principios fundamentales. Afijación de la muestra. Estimadores. Errores de muestreo.

ANEXO III
Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado
Tribunal Titular

Presidente: Don Francisco Hernández Jiménez, del Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.

Vocales:

Don César Pérez López, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

Doña M.ª Santos Martín Martín, del Cuerpo Técnico de Hacienda.

Don David Goizueta Mena, del Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.

Secretaria: Doña M. Rosario López González, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Tribunal Suplente

Presidenta: Doña Florentina Alvarez Alvarez, del Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.

Vocales:

Don Domingo Carlos Morales González, del Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Don Manuel Garrido Jiménez, del Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.

Doña Mª Isabel Melero Redondo, del Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado.

Secretaria: Doña Socorro González Domínguez, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría»

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado»

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L»(Libre/Nuevo Ingreso) o «P» (Promoción Interna)

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Economía y Hacienda»

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid»

En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación requerida en la base número 4.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará la titulación poseída.

El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 21,12 eurois y para las familias numerosas de categoría general de 10,56 euros.

Aquellos aspirantes que concurran a las pruebas selectivas de la convocatoria para promoción interna gozarán de una bonificación del 50% de la tasa, siendo su cuantía de 10,56 euros y para las familias numerosas de categoría general la cuantía será de 5,28 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

En el supuesto de presentación de solicitudes por vía telemática, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-9091-51-0200234503 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Economía y Hacienda Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

c) Las familias numerosas de categoría especial, en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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