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Documento BOE-A-2009-8885

Resolución de 18 de marzo de 2009, de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, por la que se reconoce el derecho a la utilización de la denominación de "Agua Mineral Natural" del agua Suissa, procedente de Suiza.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 28 de mayo de 2009, páginas 44848 a 44849 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2009-8885

TEXTO ORIGINAL

Por la unidad técnica correspondiente ha sido revisado el expediente iniciado a efectos de autorizar la solicitud del importador y distribuidor de agua mineral natural Antonio Parente Dueña, con domicilio social en C/ Girona, 11 de la localidad de Sant Just Desvern en Barcelona, para el reconocimiento y la inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos del Agua Mineral Natural Suissa, procedente de Suiza.

Hechos

Primero.–Con fecha 7 de noviembre de 2008, el importador y distribuidor de agua mineral natural Antonio Parente Dueña, con domicilio en C/Girona, 11, Sant Just Desvern (Barcelona), solicita el reconocimiento del Agua Mineral Natural «Suissa» procedente del manantial Fonte Minerale San Bernardino de Suiza, adjuntando el expediente correspondiente.

Segundo.–Revisado el expediente presentado por la unidad técnica correspondiente de la Subdirección General de Gestión de Riesgos Alimentarios, éste se ajusta a los requisitos exigidos para las aguas minerales naturales establecidos en el Real Decreto 1074/2002, de 18 de octubre, por el que se regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Corresponde a la Directora Ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición dictar la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 709/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria.

Segundo.–De acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto 1712/1991 sobre Registro General Sanitario de Alimentos, las aguas minerales naturales extraídas en terceros países se inscribirán en el Registro, previo su reconocimiento como tales, con arreglo a lo dispuesto en la reglamentación técnico-sanitaria correspondiente, salvo que figuren en alguna relación publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas por haber sido reconocidas por otro Estado Miembro.

Tercero.–De acuerdo al artículo 17 del Real Decreto 1074/2002, de 18 de octubre, por el que se regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas, las solicitudes de reconocimiento de aguas minerales naturales extraídas en países no pertenecientes a la Unión Europea se presentarán ante el Ministerio de Sanidad y Consumo, quién efectuará el correspondiente reconocimiento debidamente motivado y el cual deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto.–El expediente presentado se ajusta a los requisitos exigidos para estas aguas en el R.D. 1074/2002, de 18 de octubre, por el que se regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas.

En consecuencia, esta Dirección Ejecutiva resuelve:

Primero.–Reconocer el derecho a la utilización de la denominación de «Agua Mineral Natural» al agua SUISSA procedente del manantial Fonte Minerale San Bernardino de Suiza, solicitado por la empresa importadora Antonio Parente Dueña.

Segundo. Proceder a la inscripción de dicha agua en el Registro General Sanitario de Alimentos.

Tercero.–Dar traslado de la presente Resolución para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 18 de marzo de 2009.–La Directora Ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, Ana María Troncoso González.

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