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Visto el expediente de indulto de don Juan Fraile Gutiérrez, condenado por la Audiencia Provincial de Valladolid, sección segunda, en sentencia de 28 de noviembre de 2007, como autor de un delito de estafa, a la pena de un año y un día de prisión con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de seis meses con una cuota diaria de dos euros, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de diciembre de 2008,
Vengo en conmutar a don Juan Fraile Gutiérrez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de un año de multa que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 12 de diciembre de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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