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Documento BOE-A-2009-8005

Acuerdo de 8 de abril de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se deja sin efecto la declaración como monumento histórico-artístico a favor del inmueble que albergaba la sede del Museo Provincial de Prehistoria de Santander, posteriormente denominado Museo de Prehistoria y Arqueología de Cantabria.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 13 de mayo de 2009, páginas 41108 a 41109 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2009-8005

TEXTO ORIGINAL

Mediante Decreto 474/1.962, de 1 de marzo, fue declarado monumento histórico-artístico el Museo Provincial de Prehistoria de Santander («B.O.E» n.º 59 de 9 de marzo de 1962), ubicado en los bajos del inmueble de la antigua Diputación Provincial de Santander, calle Casimiro Sainz n.º 4 de Santander.

La Disposición Adicional Primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, establece que los bienes que con anterioridad hayan sido declarados histórico-artísticos pasan a tener la consideración y a denominarse bien de interés cultural.

A su vez, la Disposición Adicional Única de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, establece que los bienes radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria que hayan sido declarados bien de interés cultural al amparo de la Ley de Patrimonio Histórico Español, pasan a tener la condición, salvo aquellos en los que es competente la Administración del Estado conforme al apartado b) del artículo 6 de dicha Ley, de bienes de interés cultural en las condiciones que recoge la propia Ley de Patrimonio Cultural de Cantabria.

El artículo primero del citado Decreto 474/1962 declaraba monumentos histórico-artísticos determinados Museos, entre ellos el Museo Provincial de Prehistoria de Santander, «afectando también esta declaración a los edificios en que se hallan instalados, en tanto se destinen a la expresada finalidad». La declaración como Monumento Histórico-artístico y, por derivación, como bien de interés cultural –de acuerdo con la Disposición Adicional Única de la Ley de Patrimonio Cultural de Cantabria– del inmueble que albergaba el Museo Provincial de Prehistoria de Santander, posteriormente denominado Museo de Prehistoria y Arqueología de Cantabria, se vinculaba, por tanto, al mantenimiento de su destino y fines museísticos; por ello, el traslado de todos los fondos museísticos que integraban el Museo determina, automáticamente, la desaparición del motivo que justificaba la afectación del inmueble a tal declaración.

Vista la autorización del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, de fecha 26 de enero de 2.009, para el traslado y depósito temporal de los fondos museísticos del Museo de Prehistoria y Arqueología de Cantabria al edificio de la nueva sede de la Biblioteca y Archivo Histórico.

Visto el Informe del Director del Museo de Prehistoria y Arqueología de Cantabria de fecha 31 de marzo de 2009, en el que se deja constancia del traslado de la totalidad de los fondos museísticos que estaban depositados en el inmueble sito de la calle Casimiro Sainz n.º 4 de Santander, y se concluye que dichas dependencias han dejado de cumplir su función como sede del citado Museo.

En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo primero del Decreto 474/1962, de 1 de marzo, y en la Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, se acuerda:

Primero.–Dejar sin efecto la declaración como bien de interés cultural del inmueble sito en la calle Casimiro Sainz n.º 4 de Santander, en el que se ubicaba la sede del Museo de Prehistoria y Arqueología de Cantabria (antes denominado Museo Provincial de Prehistoria de Santander, declarado Monumento histórico-artístico por Decreto 474/1962), al haber desaparecido la causa que justificaba su afectación por la citada declaración; y proceder a su baja en el Registro General de bienes de interés cultural.

Segundo.–Cúmplase el anterior acuerdo y notifíquese en forma a: Dirección General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, interesados y Ayuntamiento afectado.

Santander, 8 de abril de 2009.–El Secretario del Consejo. José Vicente Mediavilla Cabo.

 

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