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Visto el expediente de indulto de don Euliser Latorre Moreno, condenado por la Audiencia Provincial de Alicante, sección séptima, con sede en Elche, en sentencia de 2 de mayo de 2006, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 2.080 euros e inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de abril de 2009,
Vengo en conmutar a don Euliser Latorre Moreno la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 8 de abril de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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