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Documento BOE-A-2009-7007

Resolución de 25 de febrero de 2009, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación al Informe de fiscalización de la contratación celebrada durante el ejercicio 2005 por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 27 de abril de 2009, páginas 37139 a 37164 (26 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2009-7007

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 25 de febrero de 2009, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la contratación celebrada durante el ejercicio 2005 por el Instituto Nacional de la Seguridad Social

ACUERDA

Instar al Instituto Nacional de la Seguridad Social a:

1. Que cumpla adecuadamente con el deber de colaboración con el Tribunal de Cuentas, remitiendo al mismo, en los plazos establecidos, cuanta documentación esté prevista en la normativa vigente o le sea requerida por el mismo.

2. Realizar un estudio encaminado a instrumentar unos procedimientos que mejoren la planificación de las obras a realizar, la preparación de los contratos y la supervisión y control de su ejecución, todo ello con los objetivos de disminuir los retrasos en las ejecuciones, los modificados con incrementos de coste en los que no concurran circunstancias objetivas sobrevenidas que no hubieran sido previstas inicialmente.

3. Realizar un estudio encaminado a establecer los procedimientos que corrijan las incidencias en relación con los contenidos de los pliegos de cláusulas administrativas particulares para que se observe un adecuado articulado conforme a la normativa pública de contratos y a los principios de transparencia y economía que debe informar la contratación y, todo ello, encaminado a la debida concreción del contenido de los criterios de adjudicación, de las fórmulas y métodos de valoración que establezcan los parámetros que determinen los términos de calificación de las bajas temerarias en los concursos, que los contratistas se encuentren al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social durante la duración del contrato y la garantía del carácter secreto de las proposiciones.

4. Realizar un estudio encaminado a determinar criterios uniformes para la redacción de los pliegos tipo de cláusulas administrativas particulares de común aplicación para los órganos de contratación con facultades desconcentradas o delegadas.

5. Realizar un estudio encaminado para establecer los procedimientos que conduzcan a un mayor grado de cumplimiento de los aspectos formales y procedimentales de los contratos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para la adecuada acreditación en el expediente de contratación de los informes jurídicos preceptivos relativos tanto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares como al propio documento de formalización del contrato, por el cumplimiento riguroso de los plazos previstos para dar publicidad a las adjudicaciones, los plazos obligatorios para proceder a la formalización de los contratos y que constituyan la garantía definitiva por parte del adjudicatario.

Instar al Tribunal de Cuentas a que:

6. Prosiga con el análisis de la contratación celebrada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y las restantes entidades públicas, dada la importancia que esta actividad presenta, siempre que así lo considere el Tribunal de Cuentas en el ámbito de sus competencias.

Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de febrero de 2009.–La Presidenta de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, María Isabel Pozuelo Meño.–El Secretario de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Carmelo López Villena.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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