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Documento BOE-A-2009-6141

Resolución de 10 de marzo de 2009, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears sobre el Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 13 de abril de 2009, páginas 34515 a 34517 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-6141

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 10 de noviembre de 2008 se ha suscrito la adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears sobre el Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS).

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Addenda, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 10 de marzo de 2009.–La Secretaria de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, Amparo Valcarce García.

ANEXO
Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears sobre el Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS)

En Madrid, a 10 de noviembre de 2008.

REUNIDOS

De una parte: Doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo,

Y de otra: Doña Josefina Santiago Rodríguez, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer asimismo en el ejercicio de su cargo.

INTERVIENEN

Doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, como Ministra de Educación, Política Social y Deporte, nombrada por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 90, del 14), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» número 12, de 14 de enero), sobre competencia para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

Doña Josefina Santiago Rodríguez, como Consejera de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración, nombrada por Decreto 10/2007, de 6 de julio, del Presidente de las Islas Baleares (BOIB número 101 EXT, de 9 de julio), en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 25/2003, de 24 de noviembre, del Presidente de las Islas Baleares (BOIB número 166, de 29 de noviembre), por el cual se delega en los titulares de las consejerías la firma de determinados convenios de colaboración y acuerdos de cooperación, en relación con el artículo 80.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Ambas partes, en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, reconociéndose recíprocamente capacidad y obligándose en los términos de este documento.

MANIFIESTAN

Que con fecha 20 de febrero de 2001, el Ministerio de Asuntos Sociales suscribió con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears un Convenio de colaboración que tiene por objeto la difusión e implantación del Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS) y su aplicación informática.

Que, con arreglo a su cláusula primera, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte concede a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears licencia de uso para la utilización de los programas informáticos, dentro del ámbito de la Administración Autonómica y las Corporaciones Locales de su territorio.

Que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears enviará en soporte informático al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, la información recabada mediante esta aplicación e individualizada por expedientes, en su ámbito territorial, excluyendo los datos de identificación de los usuarios, utilizando para este fin la opción específica de que dispone el programa informático.

Que algunos Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears disponen de una aplicación informática externa al SIUSS por lo que ésta Comunidad ha expresado su interés en facilitarles los archivos de descarga que les permita volcar la información recabada mediante su propio sistema de registro a la aplicación informática SIUSS, para el cumplimiento de los compromisos que figuran en el Convenio suscrito.

De conformidad con lo expuesto, las partes firmantes formalizan la presente adenda con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.–Que el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través de la Dirección General de Política Social, remitirá a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, a través de la Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración, un fichero que contiene las reglas y procedimientos para incorporación de datos al Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales.

Segunda.–Que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se compromete a garantizar el cumplimiento de las normas contenidas en el documento «Reglas y procedimientos para el volcado de datos a SIUSS» en la elaboración de los ficheros que se remitan para evitar el deterioro de las bases de datos acumulados.

Tercera.–Que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears garantizará que los códigos contenidos en los volcados externos corresponde en su definición a los utilizados en la aplicación SIUSS y que por tanto no se desvirtuarán los resultados obtenidos.

Cuarta.–Que la Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración enviará a la Dirección General de Política Social las tablas de codificación y cualquier otra información relevante sobre la aplicación de la que desean trasvasar los datos, que permita las comprobaciones complementarias para dar cumplimiento a lo establecido en la cláusula anterior.

Quinta.–Que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se compromete a realizar un seguimiento de los Ayuntamientos que tengan aplicaciones externas, con el fin de que en las actualizaciones sucesivas que se realicen a SIUSS se garantice la adecuación de los volcados externos.

Sexta.–Que en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, no podrán exportarse datos confidenciales.

Séptima.–Que si de la aplicación del contenido de la presente adenda se originase algún tipo de gasto, éste no sería imputable al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Octava.–Que la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula duodécima del Convenio de colaboración formalizado con esa Comunidad, ha informado favorablemente el contenido de la adenda, dando su visto bueno a la modificación del Convenio que se pretende suscribir.

Novena.–Si del cumplimiento de la presente adenda se derivaran posibles responsabilidades, será la Comunidad Autónoma firmante de la misma la que responderá ante el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Décima.–La vigencia del Convenio suscrito con esa Comunidad Autónoma en todo aquello que no resulte modificado por el contenido de la Addenda, será la que figura en el mismo.

En prueba de conformidad, suscriben la presente adenda por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados en este documento.–Por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo–Sotelo.–Por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Josefina Santiago Rodríguez.

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