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Documento BOE-A-2009-5733

Resolución de 24 de marzo de 2009, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Rector, de delegación de determinadas competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 6 de abril de 2009, páginas 32636 a 32637 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2009-5733
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2009/03/24/(1)

TEXTO ORIGINAL

Según el artículo 17.1.q del Real Decreto 184/2008 por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), es función del Consejo Rector «la aprobación de los acuerdos, pactos y convenios que considere convenientes o necesarios para la realización de los fines de la Agencia».

Igualmente, según el artículo 17.1.u, le corresponde la declaración de innecesariedad de bienes y derechos adscritos a la Agencia para el cumplimiento de sus fines, proponiendo al Ministerio de Economía y Hacienda su desafectación, y en caso de ser desafectados, su enajenación.

Por otra parte, el artículo 25 de dichos Estatutos establece que el Director es el máximo órgano ejecutivo de la Agencia, y en virtud del artículo 26 le corresponde al Director, entre otras competencias, el ejecutar el presupuesto de la Agencia, organizar, controlar y supervisar la aplicación de tasas y precios públicos, aprobar y comprometer gastos, así como reconocer y pagar obligaciones, dando cuenta de ello al Consejo Rector.

El Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, en adelante la AESA, establece como órganos de gobierno de la AESA el Presidente, el Consejo Rector, y como órgano ejecutivo, el Director de la Agencia, que será el responsable de la dirección y gestión ordinaria de la misma.

Una vez puesta en funcionamiento la Agencia, resulta conveniente proceder a la delegación de algunas competencias necesarias para asegurar la agilidad de su funcionamiento y la eficiencia de los procedimientos administrativos que la sustentan.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reunido el Consejo Rector de AESA, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional deshipotecasen de la Ley 6/1997, de 14 de diciembre, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y el artículo 26 del Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por parte de dicho Consejo se dispone:

Primero. Delegación de competencias.–Se delega el ejercicio de las siguientes competencias, atribuidas por el Estatuto de la AESA a su Consejo Rector, en el Director de la AESA:

1. La aprobación de los acuerdos, pactos y convenios que considere convenientes o necesarios para la realización de los fines de la Agencia, cuya cuantía no exceda de 3.000.000 (tres millones) de euros.

2. La declaración de innecesariedad de bienes y derechos adscritos a la Agencia para el cumplimiento de sus fines, proponiendo al Ministerio de Economía y Hacienda su desafectación y, en caso de ser desafectados, su enajenación conforme a lo prescrito en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre. Las enajenaciones de cuantía superior a 3.000.000 de euros deberán ser autorizadas previamente por el Consejo Rector de AESA, y las de cuantía superior a 20.000.000 de euros habrán de ser autorizadas además por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda.

Segundo.–Esta delegación incluye las atribuciones para decidir y resolver sobre cualquier incidencia que surja con posterioridad a los acuerdos, pactos y convenios o a la declaración de innecesariedad de bienes y derechos adscritos a la Agencia.

Tercero.–El régimen de delegación que se establece se entiende sin perjuicio de las facultades de dirección y avocación que corresponden al Presidente y al Consejo Rector.

Cuarto.–Las delegaciones contenidas en la presente resolución entrarán en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín oficial del Estado.

Madrid, 24 de marzo de 2009.–El Presidente del Consejo Rector, Manuel Bautista Pérez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 24/03/2009
  • Fecha de publicación: 06/04/2009
  • Fecha de entrada en vigor: 07/04/2009
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 26 del Estatuto aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero (Ref. BOE-A-2008-2595).
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Agencia Estatal de Seguridad Aérea
  • Agencias estatales
  • Delegación de atribuciones
  • Navegación aérea

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