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Documento BOE-A-2009-5122

Orden ESD/748/2009, de 9 de marzo, por la que se convocan los III Premios Internacionales redELE a la creación de unidades didácticas para la enseñanza del español como lengua extranjera.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2009, páginas 29604 a 29608 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-5122

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, atribuye al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, entre otras acciones, el potenciar la proyección de la educación, la cultura y la investigación españolas en el exterior, integrando esta acción educativa en el marco más amplio de la promoción y difusión de la cultura y de la lengua españolas y de la cooperación internacional.

En este contexto el apoyo a la enseñanza del español constituye uno de los pilares fundamentales de la Acción Educativa del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte (MEPSYD) en el exterior. La Subdirección General de Cooperación Internacional, dependiente de la Secretaría General Técnica, desarrolla esta competencia mediante diversos programas gestionados en el exterior por las Consejerías de Educación.

Con el fin de promover la investigación y el intercambio de experiencias educativas referidas a la enseñanza del español como lengua extranjera se convocaron mediante Orden ECI/3268/2005, de 10 de octubre (BOE del día 21), los primeros Premios internacionales redELE a la creación de unidades didácticas del español como lengua extranjera.

Consciente de la necesidad de continuar incentivando la creación de recursos educativos y el desarrollo de materiales didácticos para la enseñanza y aprendizaje del español como lengua extranjera, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través de la Secretaría General Técnica, convoca los «III Premios Internacionales redELE» a la creación de unidades didácticas para su aplicación en la enseñanza del español como lengua extranjera.

Para ello, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento y de acuerdo con lo previsto en la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE de 12 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva este Ministerio ha dispuesto:

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

1. La presente Orden tiene por objeto convocar los «III Premios Internacionales redELE» a la creación de unidades didácticas del español como lengua extranjera cuya concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. Estos premios tienen la finalidad de promover la creación de materiales originales y de calidad para la enseñanza, que estimulen el aprendizaje significativo por medio del español como lengua extranjera.

2. La convocatoria está dirigida a todos los profesionales, tanto españoles como de otras nacionalidades, relacionados con la enseñanza del español como lengua extranjera. Se podrá participar a título individual o por equipos de hasta tres personas.

Segundo. Requisitos de las unidades didácticas.–Los trabajos consistirán en unidades didácticas y se ajustarán a las siguientes características:

1. Los trabajos se presentarán haciendo uso de la plantilla que figura en la página http://www.mepsyd.es/redele/premios.shtml. Además de las portadas correspondientes y de la ficha informativa, las unidades constarán de dos partes claramente diferenciadas: a) la parte de trabajo del alumno y b) la guía didáctica para el profesor.

La parte de trabajo del alumno:

a) Contendrá las actividades, materiales de trabajo (textos, imágenes, enlaces a archivos de audio y video, etc.) y todos los recursos en los que se apoye el desarrollo de la unidad. Estos recursos han de estar articulados e interrelacionados de manera coherente desde el punto de vista del enfoque metodológico.

b) Incorporará necesariamente un instrumento de autoevaluación para el alumno.

c) Presentará las actividades y los materiales en formato tipo fichas fotocopiables.

d) Aquellos recursos que no sean originales de los autores de la unidad llevarán la indicación de la fuente o autoría a pie de texto o de fotografía.

e) Se presentará en cualquier fuente, tamaño 12. Si las características de la actividad lo justifican, se podrá hacer uso de otros tamaños.

La guía didáctica para el profesor:

a) Contendrá referencias a los siguientes puntos: Justificación de la unidad: tema, contexto de enseñanza en el que se aplica, conocimientos previos requeridos, actividades de motivación, número de sesiones. Motivo de la elección del tema, oportunidad e importancia de la unidad, características de los alumnos, adecuación al contexto de enseñanza. Enfoque metodológico asumido.

b) Incorporará los objetivos lingüísticos y de valores que se pretenden transmitir con el desarrollo de la unidad.

c) Hará referencia a los contenidos lingüísticos y culturales, procedimentales y de valores en los que se apoya el desarrollo de la unidad.

d) Dará explicaciones detalladas para el profesor sobre la forma de poner la unidad en práctica; instrucciones metodológicas, seguimiento, recursos materiales requeridos, temporalización, secuencia de actividades, organización del espacio, adaptaciones necesarias y cualquier otra información complementaria que se considere de utilidad.

e) Recogerá una evaluación: aspectos y contenidos evaluables, criterios para la evaluación e instrumentos aplicables.

f) Deberá incluir un solucionario de todas las actividades propuestas, independientemente del nivel.

g) Se presentará con la fuente Verdana y el tamaño 12.

h) Incluirá una bibliografía utilizada para la elaboración de la unidad didáctica.

2. La extensión de ambas partes en conjunto no podrá exceder las 20 páginas impresas (sin incluir portadas y ficha) ni superar los 10Mb.

3. Podrán ir dirigidos a alumnos de cualquier edad y de cualquier nivel educativo, tanto en contextos de enseñanza reglada como no reglada.

4. Las unidades didácticas presentarán propuestas innovadoras en cuanto al diseño y contenidos. Pedagógicamente, reflejarán prácticas de enseñanza comunicativa en un marco de contenidos y valores educativos favorecedor del respeto y la sensibilidad por todas las culturas, integrando elementos lingüísticos, culturales e interculturales.

5. Deberán estar escritos en español, si bien determinados enunciados de los materiales dirigidos a los alumnos podrán estar redactados en otras lenguas. En este caso, el texto deberá ir acompañado de una traducción al español.

6. Los trabajos han de ser originales e inéditos. Por consiguiente, no podrán participar aquellos trabajos que ya hayan sido publicados en soporte impreso o informático. Tampoco podrán presentarse aquellos, publicados o no, ya premiados en cualquier otra convocatoria de carácter público o privado.

7. Queda prohibida, en las unidades, la reproducción de recursos o materiales protegidos por derechos de autor (archivos de texto, imágenes, vídeos, sonidos, tal y como canciones, poemas, reproducciones de cuadros, artículos, etc. que estén sujetos a derechos de autor) sin la autorización expresa de los autores o de sus representantes.

Tercero. Presentación de trabajos, documentación y subsanación de errores.

1. La solicitud de participación en los premios se hará a través de una aplicación informática a la que se puede acceder desde: http://www.mepsyd.es/redele/premios.shtml. Se completarán todos los datos (personales, resumen y biografía) y se adjuntará un archivo único en PDF (preferiblemente) con la unidad didáctica en el formato establecido por la plantilla.

2. El concursante podrá comprobar en todo momento el estado de su solicitud en la aplicación informática.

3. El plazo de presentación de los trabajos será de sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria.

4. Si la instancia o la documentación aportada no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria, se requerirá al interesado, para que, en el plazo de diez días, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos. Transcurrido dicho plazo sin que se haya subsanado la falta en la documentación aportada, se entenderá que el interesado ha desistido de su solicitud.

5. En el caso de trabajos de varios autores, éstos designaran a un coordinador que actuará como interlocutor único con el MEPSYD.

6. La presentación de los trabajos supone la aceptación de las normas de la presente convocatoria.

Cuarto. Cuantía y pago de los premios.

1. Los premios, con imputación a la aplicación presupuestaria 18.02.144A.480 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte para el año 2009, contarán con una dotación de dieciocho mil euros (18.000 €) con arreglo a la siguiente distribución:

Un primer premio de 6.000 €.

Dos segundos premios de 3.000 € cada uno.

Seis terceros premios de 1.000 € cada uno.

Seis menciones honoríficas sin dotación económica.

En el caso de una unidad presentada por varios autores, el premio se distribuirá a partes iguales entre los autores.

2. Los premios se abonarán a través del Tesoro Público por transferencia bancaria a nombre de cada uno de los beneficiarios en la cuenta corriente que éstos indiquen. El importe del premio estará sometido a la legislación vigente sobre retenciones y tratamiento fiscal para premios, previsto en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas y podrá variar en función del lugar de residencia del interesado.

Quinto. Instrucción del procedimiento.–La ordenación e instrucción del procedimiento será competencia de la Subdirección General de Cooperación Internacional, que tendrá las siguientes atribuciones:

1. Realizar de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe emitirse la resolución.

2. Remitir las actuaciones practicadas a la Comisión de selección.

3. Remitir al órgano concedente la propuesta de concesión formulada por la Comisión de selección.

Sexto. Comisión de selección.

1. La selección de los trabajos ganadores corresponderá a una Comisión de selección que estará integrada por un Presidente y 10 vocales.

Actuará como Presidente el Subdirector General de Cooperación Internacional.

Actuarán como Vocales:

Un representante de redELE.

Tres Asesores Técnicos Docentes de la Subdirección General de Cooperación Internacional.

Dos Asesores Técnicos Docentes destinados en el exterior.

Dos profesores de español de nacionalidad extranjera.

Un profesor universitario de español como lengua extranjera.

Un experto en español como lengua extranjera.

2. El funcionamiento de la comisión de selección se regulará por las normas contenidas en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

3. En la valoración de las unidades didácticas, la Comisión de Selección considerará los siguientes criterios:

Carácter innovador de los contenidos.

Carácter innovador de la metodología utilizada.

Carácter comunicativo e interactivo de la unidad.

Coherencia en la secuencia de las actividades.

Tratamiento completo de los elementos sistémicos (sintaxis, léxico, fonética, etc.).

Integración de los elementos culturales e interculturales.

Adecuación a la edad y nivel a los que vaya dirigida.

Viabilidad de la ejecución y adecuación a la realidad.

Relevancia del tema tratado para el alumno.

Variedad en relación con los contenidos, destrezas comunicativas, etc.

Claridad en las instrucciones tanto para el alumno como para el profesor.

Presentación del trabajo, desde el punto de vista de contenidos y de forma.

Adecuación de los criterios de evaluación.

Relevancia de la bibliografía.

4. Una vez que la Comisión haya concluido la evaluación de los trabajos, elaborará la propuesta de concesión de los premios. Si el nivel de los trabajos no alcanzara la calidad suficiente, cualquiera de los premios podrá quedar desierto.

Séptimo. Resolución.

1. El Secretario General Técnico, por delegación de la Ministra de Educación, Política Social y Deporte, dictará resolución que contenga la relación de ganadores de estos premios en el plazo de cuatro meses a partir de la fecha límite de recepción de originales.

Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial del Estado y pondrá fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso administrativo, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición establecido en el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Octavo. Publicación.

1. Una vez publicada la resolución en el Boletín Oficial del Estado, la relación de ganadores de estos premios aparecerá en el portal redELE http://www.mepsyd.es/redele.

2. Los trabajos premiados se publicarán, posteriormente, en el mismo portal. El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte se reserva el derecho de publicación de los trabajos premiados en otros medios. No obstante, los autores podrán publicar las unidades premiadas por su iniciativa, previa solicitud al Ministerio y haciendo constar que han sido premiadas en este concurso.

3. El Ministerio se reserva el derecho de realizar los cambios que estime oportunos antes de la difusión pública de los trabajos premiados o de solicitarlos a los autores.

Noveno. Recursos.–Contra la presente Convocatoria podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46. 1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Décimo. Entrada en vigor.–La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 9 de marzo de 2009.–La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.

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