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Documento BOE-A-2009-5080

Orden EYE/317/2009, de 26 de enero, por la que se declara mineral natural el agua procedente del sondeo denominado "Agua de Montelareina", situado en Toro, (Zamora).

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2009, páginas 29296 a 29297 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2009-5080

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente relativo a la declaración de la condición de «mineral natural» del agua procedente del sondeo denominado «Agua de Montelareina», recurso de la Sección B), situada en el término municipal de Toro, en la provincia de Zamora, y del que resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

1. Con fecha 21 de agosto de 2007, don Francisco Orviz Castro, en nombre y representación de la Sociedad de Investigación y Explotación Minera de Castilla y León (SIEMCALSA), presenta en la Delegación Territorial de Zamora una solicitud para que se proceda a la declaración de la condición de «mineral natural» del agua del sondeo situado en la parcela n.º 144 del polígono n.º 18, paraje Marialba la Baja, del término municipal de Toro.

Junto con la solicitud presenta las coordenadas UTM aproximadas del sondeo, una Nota Simple Informativa del Registro de la Propiedad de Toro acerca de la titularidad de la finca de referencia y un cuadro comprensivo de los datos relativos al caudal, temperatura, composición química y características microbiológicas del agua, referidos a 12 meses consecutivos, con el fin de poder determinar si se mantiene constante el tipo de mineralización, condición exigida por la Reglamentación Técnica Sanitaria para este tipo de aguas, correspondientes al período comprendido entre mayo de 2007 y abril de 2008.

2. Las publicaciones reglamentarias se llevan a efecto con fechas 22 de septiembre de 2008 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zamora» y 13 de noviembre de 2007 «en el Boletín Oficial de Castilla y León».

Durante el período de información pública no se han recibido alegaciones.

3.–Con fecha 27 de noviembre de 2007 se realiza la toma de muestras de las aguas en presencia del representante de la Sección de Minas, del representante de la propiedad del terreno y del promotor del expediente, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General para el Régimen de la Minería en su artículo 39.

4. Con fecha 20 de diciembre de 2007, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Zamora envía las muestras para su análisis e informe por el Instituto Geológico y Minero de España, de acuerdo con el artículo 39.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.

5. El Instituto Geológico y Minero de España emite, con fecha 18 de febrero de 2008, informe favorable a las características físico-químicas de la muestra de agua procedente del referido manantial, a la vista de los resultados del análisis realizado por su laboratorio.

6. Con fecha 29 de septiembre de 2008, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Zamora remite el expediente al Servicio de Minas para continuar con la tramitación del mismo hasta su resolución.

7. Con fecha 14 de octubre de 2008, el Servicio de Minas remite el expediente a la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria para informe, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 39.2 del Reglamento de Minas.

8. La Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria de la Consejería de Sanidad, con fecha 3 de noviembre de 2008, emite informe vinculante, favorable a la declaración de agua «mineral natural» del agua de referencia.

9. Con fecha 6 de noviembre de 2008, el Servicio de Ordenación y Autorizaciones Sanitarias de la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria remite el expediente al Servicio de Minas para continuar con la tramitación.

10. Con fecha 26 de noviembre de 2008, el Servicio de Minas emite informe favorable a la declaración como agua mineral natural, siendo ratificado en los mismos términos por la Dirección General de Energía y Minas.

Fundamentos de Derecho

1. El Consejero de Economía y Empleo es el competente para resolver, de acuerdo con el Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, y el Decreto 72/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo.

2. El Real Decreto 1704/2002, de 18 de octubre de 2002, modificado por el Real Decreto 1744/2003, de 19 de diciembre, regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas.

3. En el expediente se han cumplido los requisitos de procedimiento recogidos en la vigente Ley de Minas y en su Reglamento.

Por todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Minas:

RESUELVO

Declarar como «Mineral Natural» el agua procedente de sondeo, situado en el paraje Marialba la Baja, con la denominación «Agua de Montelareina», recurso de la Sección B), situado en el termino municipal de Toro, en la provincia de Zamora, promovido por la sociedad SIEMCALSA.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el Consejero de Economía y Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses contados también desde el día siguiente a la recepción de la notificación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valladolid, 26 de enero de 2009.–El Consejero de Economía y Empleo, Tomás Villanueva Rodríguez.

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