La Audiencia Provincial de Cádiz, Sección Primera, en sentencia de fecha 5 de septiembre de 2008, declarada firme en derecho, condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Domingo Vázquez Nimo, con número de DNI 33.232.305, adscrito a la Comisaría Local de Policía de El Puerto de Santa María (Cádiz), como autor de un delito de omisión del deber de perseguir delitos, a la pena de dos años de inhabilitación especial para cargo público, comprensivo de la condición de funcionario del Cuerpo Nacional de Policía.
Y como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 63.e) y 66 del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril, «la pena principal o accesoria de inhabilitación especial cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto de aquellos empleos o cargos especificados en la sentencia».
Esta Secretaría de Estado dispone:
1.º Declarar la pérdida de la condición de funcionario de don Domingo Vázquez Nimo, Policía del Cuerpo Nacional de Policía, así como la incapacidad de obtenerla durante el tiempo de la condena.
2.º El cese en la situación de suspensión provisional de funciones en que ahora se encuentra.
Madrid, 27 de noviembre de 2008.–El Secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho Vizcaíno.
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