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Documento BOE-A-2009-4136

Resolución de 26 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se publica el cese de actividad como organismo de control de TÜV Internacional, grupo TÜV Rheinland, S. L.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2009, páginas 24496 a 24497 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2009-4136

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.–Mediante Resolución de 3 de septiembre de 2008 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas se autorizó a la empresa TÜV Internacional, grupo TÜV Rheinland, Sociedad Limitada, la actuación como Organismo de Control Autorizado en los ámbitos reglamentarios de Instalaciones y Aparatos a Presión, Instalaciones Eléctricas Área de Baja Tensión, Instalaciones Eléctricas Área de Alta Tensión, Instalaciones de Almacenamiento de Productos Químicos, Transporte de Mercancías Peligrosas, Transporte de Mercancías Perecederas, Gases Licuados del Petróleo, Aparatos Elevadores: Ascensores, Aparatos Elevadores: Grúas Torre Desmontables para Obras y Grúas Móviles Autopropulsadas, Incendios: Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales, Instalaciones Petrolíferas: Para su Consumo en la Propia Instalación, Para Suministro a Vehículos y Parques de Almacenamiento, Instalaciones Térmicas en los Edificios, Accidentes Graves e Instalaciones Frigoríficas.

Segundo.–Don Ignacio Mosso Santiagos en nombre y representación de TÜV Internacional, Grupo TÜV Rheinland Sociedad Limitada, con domicilio social en la Avenida de Burgos número 114, 3.º, en el término municipal de Madrid, ha comunicado con fecha 23 de diciembre de 2008 el cese de actividad como Organismo de Control en los ámbitos reglamentarios de Instalaciones y Aparatos a Presión, Instalaciones Eléctricas Área de Baja Tensión, Instalaciones Eléctricas Área de Alta Tensión, Instalaciones de Almacenamiento de Productos Químicos, Transporte de Mercancías Peligrosas, Transporte de Mercancías Perecederas, Gases Licuados del Petróleo, Aparatos Elevadores: Ascensores, Aparatos Elevadores: Grúas Torre Desmontables para Obras y Grúas Móviles Autopropulsadas, Incendios: Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales, Instalaciones Petrolíferas: Para su Consumo en la Propia Instalación, Para Suministro a Vehículos y Parques de Almacenamiento, Instalaciones Térmicas en los Edificios, Accidentes Graves e Instalaciones Frigoríficas.

Fundamentos de Derecho

Primero: Es competente para la adopción de esta Resolución, la Dirección General de Industria, Energía y Minas de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 10/2008, de 21 de febrero, de estructura orgánica de la Consejería de Economía y Consumo, actualmente denominada Consejería de Economía y Hacienda por Decreto 77/2008, de 3 de julio, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 115/2008, de 24 de julio, por el que se modifican las competencias y estructura orgánica de esta Consejería.

Segundo.–Es de aplicación el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.

Tercero.–El artículo 43.6 del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial establece que en los casos de revocación o cese de la actividad de un Organismo de Control, el titular de éste deberá entregar la documentación ligada a su actuación como tal al órgano que designe la Administración que lo autorizó, la cual publicará en el Boletín Oficial del Estado la revocación o cese.

Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas resuelve:

Primero.–Publicar el cese de la autorización de actuación del Organismo de Control TÜV Internacional, Grupo TÜV Rheinland, Sociedad Limitada, en los ámbitos reglamentarios de Instalaciones y Aparatos a Presión, Instalaciones Eléctricas Área de Baja Tensión, Instalaciones Eléctricas Área de Alta Tensión, Instalaciones de Almacenamiento de Productos Químicos, Transporte de Mercancías Peligrosas, Transporte de Mercancías Perecederas, Gases Licuados del Petróleo, Aparatos Elevadores: Ascensores, Aparatos Elevadores: Grúas Torre Desmontables para Obras y Grúas Móviles Autopropulsadas, Incendios: Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales, Instalaciones Petrolíferas: Para su Consumo en la Propia Instalación, Para Suministro a Vehículos y Parques de Almacenamiento, Instalaciones Térmicas en los Edificios, Accidentes Graves e Instalaciones Frigoríficas, otorgada según Resolución de 3 de septiembre de 2008 de esta Dirección General.

Segundo.–Designar al Organismo de Control Autorizado TÜV Rheinland Ibérica Inspection, Certification & Testing, Sociedad Anónima, como órgano custodio de toda la documentación ligada a la actuación de TÜV Internacional, Grupo TÜV Rheinland, Sociedad Limitada, como Organismo de Control Autorizado para todas las actuaciones realizadas en el ámbito de la Comunidad de Madrid y en todo el ámbito del Estado.

Tercero.–El cese de la actividad del Organismo de Control Autorizado supone el cese de la vigencia de la autorización otorgada por esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, con fecha 3 de septiembre de 2007. En el caso de que el Organismo de Control desee reanudar su actividad deberá solicitar una nueva autorización a esta Dirección General, acreditando para ello el cumplimiento de los requisitos establecidos por la reglamentación vigente en el momento de formular dicha solicitud.

Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 26 de diciembre de 2008.–El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

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