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Documento BOE-A-2009-3728

Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Cooperación Territorial, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la aplicación de diversos programas de apoyo a centros de educación primaria y educación secundaria (Plan Proa) en el año 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2009, páginas 22251 a 22253 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-3728

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma de Andalucía, han suscrito una Adenda al Convenio de colaboración, para la aplicación de diversos programas de apoyo a centros de educación primaria y educación secundaria (Plan Proa) en el año 2008, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicha Adenda.

Madrid, 2 de diciembre de 2008.–La Directora General de Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA LA APLICACIÓN DE DIVERSOS PROGRAMAS DE APOYO A CENTROS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN SECUNDARIA (PLAN PROA) EN EL AÑO 2008

En Madrid, a 3 de noviembre de 2008.

REUNIDOS

De una parte, doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, como Ministra de Educación, Política Social y Deporte, en virtud del Real Decreto 436/2008, de 12 de abril (BOE del 14), y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, doña Teresa Jiménez Vílchez, como Consejera de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto del Presidente 9/2008, de 19 de abril, por el que se designan los Consejeros y Consejeras de la Junta de Andalucía (BOJA del 21).

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda, y a tal efecto

EXPONEN

1. Que con fecha uno de diciembre de 2005, el entonces Ministerio de Educación, y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Andalucía suscribieron un Convenio para el desarrollo de apoyo a centros de Educación Primaria y Educación Secundaria, en cuya base octava se determinaba el carácter indefinido del mismo, salvo revisión o denuncia expresa de una de las partes, y la determinación por períodos anuales de las actuaciones que en cada caso se ordenasen, mediante la suscripción de la correspondiente Adenda.

2. El 16 de mayo de 2008, el Consejo de Ministros aprobó, de acuerdo con los criterios establecidos en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, la distribución a las Comunidades Autónomas de un crédito de 46.701.000 euros, destinado al Plan PROA en el año 2008. En dicho acuerdo se señala que la distribución resultante estará condicionada al compromiso con cada una de las administraciones en relación con el número de centros que participen en cada uno de los programas del Plan PROA, de tal forma que en el caso de que el número de centros asumidos por alguna de ellas no alcanzara el que resulta de la distribución, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte asignará las cantidades sobrantes a otras comunidades autónomas que manifiesten su intención de asumir un aumento superior.

De conformidad con ello, ambas partes acuerdan que el Programa de apoyo a centros de Educación Primaria y Educación Secundaria se desarrollará durante el año 2008 con arreglo a los datos y aportaciones que se indican en las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Número de centros participantes en el año 2008.

1. Programa de acompañamiento escolar.

a) El Programa de acompañamiento escolar se desarrollará en el segundo y tercer trimestre del curso 2007-2008 en 339 centros de Educación Primaria. En el primer trimestre del curso 2008-2009 se implantará en otros 61 centros de Educación Primaria que junto a los 339 del curso anterior constituirán un total de 400 centros incluidos en dicho Programa.

b) El Programa de acompañamiento escolar se desarrollará en el segundo y tercer trimestre del curso 2007-2008 en 161 centros de Educación Secundaria. En el primer trimestre del curso 2008-2009 se implantará en otros 39 centros de Educación Secundaria que junto a los 161 del curso anterior constituirán un total de 200 centros incluidos en dicho Programa.

2. Programa de apoyo y refuerzo a centros de secundaria.–El Programa de apoyo y refuerzo a centros de secundaria se desarrollará en el segundo y tercer trimestre del curso 2007-2008 en 169 centros de Educación Secundaria. En el primer trimestre del curso 2008-2009 se implantará en otro centro de Educación Secundaria, que junto a los 169 del curso anterior constituirán un total de 170 centros incluidos en dicho Programa.

3. La Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía podrá incorporar un número mayor de centros a cualquiera de los programas, manteniendo sus características y asumiendo íntegramente el coste de esta incorporación.

Segunda. Aportaciones económicas en el año 2008.

a) Los compromisos de aportación económica de las Administraciones firmantes para el cumplimiento de la presente Adenda al Convenio, en el año 2008, ascienden a un total de 26.307.600 euros.

b) El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte aportará en el año 2008 la cantidad total de 13.153.800 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.322G.450, del correspondiente Presupuesto de Gastos del Departamento.

c) La Comunidad Autónoma de Andalucía aportará en el año 2008 la cantidad total de 13.153.800 euros con cargo a las aplicaciones presupuestarias del servicio 03, subconceptos 151.00, 120.00, 120.01, 120.05, 121.00, 121.01, 121.04 y 229.00 de los programas de gasto 42C, 42D y 42F.

Tercera. Instrumentación del pago.–El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Andalucía, a la firma de la presente Adenda, la aportación económica correspondiente al año 2008, prevista en la cláusula segunda, apartado b) de esta Adenda.

A efectos de la justificación del libramiento, la Comunidad Autónoma de Andalucía aportará la documentación correspondiente al desarrollo de los programas y a la justificación del gasto, de acuerdo con lo establecido para las Comunidades Autónomas en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Cuarta. Financiación por el Fondo Social Europeo.–Dado que los programas objeto de esta adenda, dirigidos al alumnado de la Educación secundaria obligatoria, se inscriben en las actuaciones del programa operativo del Fondo Social Europeo que el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte desarrolla, la Consejería de Educación deberá aportar un certificado en el que se justifique que ha sido cumplida la finalidad para la cual se suscribió la adenda en los programas dirigidos al alumnado de Educación Secundaria Obligatoria así como la elaboración de un dossier que contenga los oportunos documentos justificativos del gasto. Asimismo deberá incluir el logotipo del Fondo Social Europeo y la constancia explícita de dicha cofinanciación en los documentos, folletos y publicaciones que se realicen en el cumplimiento de los objetivos del mismo.

De acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006 y el Reglamento n.º 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, deberá conservarse in situ la documentación referida al desarrollo de los programas dirigidos al alumnado de Educación Secundaria Obligatoria objeto de esta adenda (listados de alumnos, de profesores y de otros profesionales que han participado en el desarrollo de los programas, relación de actuaciones, etc.) con el fin de que se encuentren a disposición de las autoridades de gestión, certificación o auditoría del Fondo Social Europeo.

En la ejecución de los Programas serán de aplicación las bases acordadas en el Convenio suscrito en fecha uno de diciembre de 2005.

Por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte: La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.–Por la Consejería de Educación: La Consejera de Educación, Teresa Jiménez Vílchez.

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