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Documento BOE-A-2009-3471

Resolución de 29 de octubre de 2008, de la Dirección General de Cooperación Territorial, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la aplicación de diversos programas de apoyo a centros de educación primaria y educación secundaria (Plan Proa) en el año 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2009, páginas 20683 a 20685 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-3471

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, han suscrito una adenda al Convenio de colaboración, para la aplicación de diversos programas de apoyo a centros de educación primaria y educación secundaria (Plan Proa) en el año 2008, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicha adenda.

Madrid, 29 de octubre de 2008.–La Directora General de Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS PARA LA APLICACIÓN DE DIVERSOS PROGRAMAS DE APOYO A CENTROS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN SECUNDARIA (PLAN PROA) EN EL AÑO 2008

En Madrid, a 15 de octubre de 2008

REUNIDOS

De una parte doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, como Ministra de Educación, Política Social y Deporte, en virtud del Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, la señora Bárbara Galmés Chicón, Consejera de Educación y Cultura, en nombre y representación del Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, nombrada por Decreto 10/2007, de 6 de julio, del presidente de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears («BOIB» número 101 extraordinario, de 9 de julio de 2007), en virtud del artículo 80.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en relación con el Decreto 25/2003, de 24 de noviembre, del presidente de las Illes Balears.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda, y a tal efecto

EXPONEN

1. Que con fecha veinte de diciembre de 2005, el entonces Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears suscribieron un Convenio para el desarrollo de apoyo a centros de Educación Primaria y Educación Secundaria, en cuya base octava se determinaba el carácter indefinido del mismo, salvo revisión o denuncia expresa de una de las partes, y la determinación por períodos anuales de las actuaciones que en cada caso se ordenasen, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

2. Que el 16 de mayo de 2008, el Consejo de ministros aprobó, de acuerdo con los criterios establecidos en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, la distribución a las Comunidades Autónomas de un crédito de 46.701.000 euros, destinado al Plan Proa en el año 2008. En dicho acuerdo se señala que la distribución resultante estará condicionada al compromiso con cada una de las administraciones en relación con el número de centros que participen en cada uno de los programas del Plan Proa, de tal forma que en el caso de que el número de centros asumidos por alguna de ellas no alcanzara el que resulta de la distribución, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte asignará las cantidades sobrantes a otras comunidades autónomas que manifiesten su intención de asumir un aumento superior.

De conformidad con ello, ambas partes acuerdan que el Programa de apoyo a centros de Educación Primaria y Educación Secundaria se desarrollará, durante el año 2008, con arreglo a los datos y aportaciones que se indican en las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Número de centros participantes en el año 2008.–El Programa de acompañamiento escolar (Programa de refuerzo o de acompañamiento escolar en el convenio) se implantará en el primer trimestre del curso 2008-2009 en 24 centros de Educación Primaria.

El Programa de acompañamiento escolar (Programa de refuerzo o de acompañamiento escolar en el convenio) se implantará en el primer trimestre del curso 2008-2009 en 10 centros de Educación Secundaria.

El Programa de apoyo y refuerzo (Programa de apoyo en el convenio) se desarrollará en el primer trimestre del curso 2008-2009 en 5 centros de Educación Secundaria.

Segunda. Aportaciones económicas en el año 2008.

a) Los compromisos de aportación económica de las Administraciones firmantes para el cumplimiento del presente Convenio, en el año 2008, ascienden a un total de 367.144 euros.

b) El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte aportará en el año 2008 la cantidad total de 183.572 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.322G.450, del correspondiente Presupuesto de Gastos del Departamento.

c) La Comunidad Autónoma aportará en el año 2008 la cantidad total de 183.572 euros con cargo a los programas de gasto 13701 422A01 151 00 y 13601 421D01 22900 de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Tercera. Instrumentación del pago.–El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, a la firma de la presente adenda, la aportación económica correspondiente al año 2008, prevista en la cláusula segunda, apartado b) de esta adenda.

A efectos de la justificación del libramiento, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears acopiará la documentación correspondiente al desarrollo de los programas y a la justificación del gasto, de acuerdo con lo establecido para las Comunidades Autónomas en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Cuarta. Financiación por el Fondo Social Europeo.–Dado que los programas objeto de esta adenda, dirigidos al alumnado de la Educación secundaria obligatoria, se inscriben en las actuaciones del programa operativo del Fondo Social Europeo que el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte desarrolla, la Consejería de Educación y Cultura deberá aportar un certificado en el que se justifique que ha sido cumplida la finalidad para la cual se suscribió la adenda en los programas dirigidos al alumnado de Educación Secundaria Obligatoria así como la elaboración de un dossier que contenga los oportunos documentos justificativos del gasto. Asimismo deberá incluir el logotipo del Fondo Social Europeo y la constancia explícita de dicha cofinanciación en los documentos, folletos y publicaciones que se realicen en el cumplimiento de los objetivos del mismo.

De acuerdo con el Reglamento (CE) número 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, y el Reglamento número 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, deberá conservarse in situ la documentación referida al desarrollo de los programas dirigidos al alumnado de Educación Secundaria Obligatoria objeto de esta adenda (listados de alumnos, de profesores y de otros profesionales que han participado en el desarrollo de los programas, relación de actuaciones, etc.) con el fin de que se encuentren a disposición de las autoridades de gestión, certificación o auditoría del Fondo Social Europeo.

En la ejecución de los Programas serán de aplicación las bases acordadas en el Convenio suscrito en fecha veinte de diciembre de 2005.

Por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, la Ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.–Por la Consejería de Educación y Cultura, la Consejera de Educación y Cultura, Bárbara Galmés Chicón.

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