Está Vd. en

Documento BOE-A-2009-3413

Resolución de 9 de febrero de 2009, conjunta de las Subsecretarías de Fomento y de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de dos series de sellos de Correos denominadas "Objetivos de Desarrollo del Milenio.- 2009", y "Naturaleza.-2009".

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2009, páginas 20358 a 20359 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2009-3413

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución sobre emisión y puesta en circulación de dos series de sellos de Correos denominadas «Objetivos de Desarrollo del Milenio. 2009», y «Naturaleza. 2009».

En su virtud, hemos resuelto:

Primero. Estampación.–Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la estampación de dos series de sellos de Correos denominadas «Objetivos de Desarrollo del Milenio. 2009», y «Naturaleza. 2009».

Segundo. Características.

«Objetivos de Desarrollo del Milenio. 2009»: El 2 de marzo se emitirá un sello de Correos denominado «Objetivos de Desarrollo del Milenio». La emisión se presenta en forma de talonario, con 100 sellos, distribuidos en 10 hojitas de 10 sellos cada una.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión de los sellos: Huecograbado.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Dentado: 12 3/4 horizontal y 13 1/4 vertical.

Formato del sello: 24,88 × 28,8 mm (vertical).

Formato del talonario: 158 × 86,4 mm (horizontal).

Efectos del talonario: 100.

Valor postal de los sellos: 0,32 euros.

Tirada: Ilimitada.

«Naturaleza. 2009»: El 9 de marzo se emitirá la serie de sellos de Correos denominada «Naturaleza». La serie consta de dos sellos dedicados, respectivamente, al Parque Natural del Cañón del Río Lobos y al Parque Natural de Izki.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Dentado: 13 3/4.

Formato de los sellos: 40,9 × 28,8 mm (horizontales).

Efectos en pliego: 50.

Valor postal de los sellos: 0,43 euros.

Tirada: 450.000 de cada motivo.

Tercero. Puesta en circulación y distribución.–La venta y puesta en circulación de estas emisiones se iniciará:

«Objetivos de Desarrollo del Milenio»: 2 de marzo de 2009.

«Naturaleza»: 9 de marzo de 2009.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre de 2011, no obstante lo cual mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario. Una vez alcanzada dicha fecha, la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos podrá interesar de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre la inutilización de los sellos sobrantes de la emisión.

Cuarto. Reservas.–De estos efectos la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda reservará a disposición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, un mínimo de 3.500 unidades de cada efecto para atender los compromisos derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y a otros organismos internacionales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción de la filatelia.

Otras 500 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para atenciones de intercambio con los Organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto. Material utilizado para la impresión.–Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro Museo de interés en la materia. En todo caso se extenderá el acta correspondiente, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados Museos.

Madrid, 9 de febrero de 2009.–El Subsecretario de Fomento, José María Ramírez Loma.–La Subsecretaria de Economía y Hacienda, Juana María Lázaro Ruiz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid