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Documento BOE-A-2009-331

Resolución de 19 de diciembre de 2008, de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueban las bases y se dispone la convocatoria para la provisión de la plaza de Coordinador General de la Cooperación Española en Niger.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2009, páginas 1803 a 1806 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2009-331

TEXTO ORIGINAL

La Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos autoriza en su Disposición Adicional Tercera la creación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), Entidad de Derecho público adscrita el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, es el órgano de gestión de la política española de cooperación internacional para el desarrollo, sin perjuicio de las competencias asignadas a otros Departamentos ministeriales.

Por su parte el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, establece en su artículo 17.6 la estructura básica de la Agencia en el exterior, señalando que estará integrada por las Oficinas Técnicas de Cooperación, Centros de Formación de la Cooperación Española y los Centros Culturales que aparecen relacionados en el Anexo I del Estatuto, determinando que, conforme establece la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, son unidades adscritas orgánicamente a las Embajadas que, bajo la dirección de su Jefe de Misión y la dependencia funcional de la Agencia Española de Cooperación Internacional aseguran la coordinación y, en su caso, la ejecución de los recursos de la cooperación en su demarcación.

Asimismo, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.1.b) del citado Estatuto el personal al frente de los órganos de la AECID en el exterior tendrá la consideración de personal directivo y sus puestos de trabajo serán cubiertos en régimen laboral mediante contratos de alta dirección, formalizados al amparo del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.

Por tanto, concedida la autorización preceptiva por los Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008 y el procedimiento previsto en la Instrucción conjunta de 15 de noviembre de 2007, de las Secretarías Generales para la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos, se anuncia, a convocatoria pública y abierta, la plaza de Coordinador General de la Cooperación Española en Niger, de acuerdo con las siguientes bases:

I) Características de la plaza y funciones.

El Coordinador General de la Cooperación Española en Niger ocupará plaza prevista en el Catálogo de Personal Laboral de la AECID en el exterior y prestará servicios en la Oficina Técnica de Cooperación, órgano de la AECID integrado en la Embajada de España en Niger.

Desempeñará las siguientes funciones:

a) En el ámbito de las actividades administrativas de la Oficina Técnica de Cooperación:

Dirigir la Oficina Técnica de Cooperación en Niamey y su personal.

Gestionar y administrar los recursos económicos de la AECID destinados a la cooperación con Niger y gestionar y administrar, en su caso, los recursos económicos de otras administraciones / instituciones públicas españolas que ejecutan proyectos de cooperación en dicho país.

Asegurar la coordinación de las actividades de la cooperación española con las del resto de los responsables de la Embajada de España en Niger bajo la dirección de su Jefe de Misión.

b) En el ámbito de la cooperación al desarrollo en general:

Gestión de los Programas de Cooperación con Niger.

Identificación, formulación, ejecución, seguimiento y control de los proyectos bilaterales de cooperación.

Preparación y participación en las Comisiones Mixtas de Cooperación.

Relación con las autoridades competentes e instituciones contrapartes en temas de cooperación.

Elaboración de informes y memorias de los programas de cooperación.

Prestación de apoyo a instituciones españolas en el desarrollo de proyectos de cooperación en Niger.

II) Régimen de contratación.

El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca, suscribirá contrato de alta dirección, regulado por el R.D. 1382/1985, de 1 de agosto, en el modelo utilizado por esta Agencia para los Coordinadores Generales de la Cooperación Española y con mención expresa del posible traslado de mutuo acuerdo a otro país a plaza de similares características.

Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el contrato, en el Real Decreto anteriormente citado y en las disposiciones legales que resulten de aplicación.

Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas, para la categoría de Coordinador General de la Cooperación Española en Niger, por la Comisión Interministerial de Retribuciones.

III) Requisitos de los aspirantes.

Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia judicial firme.

e) Ostentar titulación universitaria de grado superior. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la documentación que acredite su homologación o convalidación, en su caso.

f) Experiencia demostrable en el ámbito de la cooperación para el desarrollo de al menos dos años.

g) Dominio del idioma francés, que será el idioma de trabajo.

IV) Méritos específicos.

a) Experiencia en la metodología del enfoque del marco lógico en proyectos de cooperación (identificación, formulación, ejecución, seguimiento y evaluación)

b) Experiencia adicional profesional demostrable en Instituciones públicas o privadas de desarrollo y/o en Organizaciones Internacionales de cooperación al desarrollo.

c) Conocimiento del funcionamiento de la Administración Pública española.

d) Capacidad de dirección y organización de equipos humanos.

e) Conocimiento de la legislación laboral y administrativa española, especialmente en el ámbito de la cooperación para el desarrollo.

f) Formación y experiencia en ayuda programática y procedimientos de apoyo presupuestario y enfoques sectoriales.

g) Conocimientos sobre organismos multilaterales de cooperación al desarrollo y otros de carácter humanitario.

h) Experiencia y conocimientos de la región de actuación (África Subsahariana)

i) Facilidad para las relaciones públicas Inter-institucionales.

V) Solicitud.

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria, deberán hacerlo constar mediante instancia, acompañada de «Currículum Vitae», dirigida al Sr. Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que podrá ser presentada directamente en el Registro General de la AECID (Avda. Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid), citando expresamente «Plaza de Coordinador General de la Cooperación Española en Niger», o en el resto de formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una Oficina española de Correos se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de su certificación, dirigiendo el envío a la Vicesecretaría General de la AECID (Avda. Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid).

Serán excluidos del proceso de selección todos aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos de participación establecidos en la Base III) o que hayan presentado su solicitud fuera de plazo o incumpliendo los términos formales de presentación señalados en los párrafos anteriores.

VI) Lista de admitidos y excluidos

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se expondrán en el Tablón de Anuncios de la AECID (Avda. Reyes Católicos, 4 - 28040 Madrid) las listas con los candidatos que, por reunir todos los requisitos de participación, hayan sido declarados provisionalmente admitidos al proceso selectivo, así como de aquellos otros que hayan sido declarados provisionalmente excluidos, con indicación de las causas que han motivado su exclusión.

A efectos de su mayor difusión, estas listas podrán ser también publicadas en la Página Web de la AECID (http://www.AECID.es/)

Contra estas listas los candidatos podrán presentar reclamaciones en el plazo de cinco días hábiles.

VII) Proceso de selección.

La idoneidad de los aspirantes definitivamente admitidos será evaluada, de acuerdo con los méritos acreditados por los mismos, por un órgano de selección constituido de la siguiente forma:

Presidenta: La Secretaria General de la AECID, o en quien delegue.

Vocales: La Jefa del Departamento de organizaciones no gubernamentales de desarrollo, o en quien delegue, y

El Comisionado del Gobierno para la reforma de la AECID, o en quien delegue.

Secretario: El Jefe del Departamento de Recursos Humanos, Conciliación y Servicios Generales.

Asimismo, y en función de las características de la plaza el órgano de selección podrá contar con colaboradores técnicos de otras unidades de la AECID.

El órgano de selección ajustará su actuación a lo previsto en el capítulo II, del título II de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El órgano de selección establecerá los criterios para evaluar los méritos de los candidatos en relación con los específicos requeridos en la presente convocatoria.

Aquellos candidatos que resulten preseleccionados podrán ser citados para la realización de entrevista personal. La entrevista versará sobre aspectos del «Currículum Vitae» del candidato, puntos concretos de los méritos aducidos, sus conocimientos sobre el país de destino y otros de su área geográfica y, en general, aquellos otros aspectos que permitan al órgano de selección evaluar la idoneidad del candidato para el puesto.

Terminados sus trabajos, el órgano de selección elevará una propuesta motivada incluyendo tres candidatos al Sr. Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo que resolverá, proponiendo al Consejo Rector el nombramiento de uno de los tres para el desempeño del puesto.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente al de su publicación ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el art. 9.a) de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pueda interponer.

Madrid, 19 de diciembre de 2008.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución 5 de febrero de 2008), la Secretaria General de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Beatriz Morán Márquez.

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