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Documento BOE-A-2009-2375

Resolución de 30 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Abastecimiento a la nueva Mancomunidad de Aguas de la Presa de Santa Lucía, Cáceres.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2009, páginas 14747 a 14757 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-2375

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado g) del Grupo 8, del anexo II del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental por decisión del Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 2 de enero de 2006, y procediendo formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008 citado.

Según el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.

El promotor y el órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Tajo.

El proyecto se basa en ampliar la red existente de abastecimiento y distribución, reducir las fugas y pérdidas de la red, aumentar la población conectada al sistema y garantizar el suministro de agua durante todo el año en la nueva «Mancomunidad de Aguas de la Presa de Santa Lucía». Para ello se ampliará el embalse de Santa Lucía existente y se realizarán nuevas conducciones a las distintas poblaciones que forman parte de la mancomunidad.

La zona objeto del proyecto se localiza en 23 términos municipales de la provincia de Cáceres (Comunidad Autónoma de Extremadura): Aldeacentenera, Aldea del Obispo, Benquerencia, Botija, Cabañas del Castillo, Conquista de la Sierra, La Cumbre, Deleitosa, Herguijuela, Ibahernando, Madroñera, Plasenzuela, Robledillo de Trujillo, Ruanes, Salvatierra de Santiago, Santa Ana, Santa Cruz de la Sierra, Torrecillas de la Tiesa, Torre de Santa María, Trujillo, Valdefuentes, Valdemorales y Zarza de Montánchez.

El promotor plantea tres alternativas para la realización de la actuación en el estudio de impacto ambiental.

Alternativas

Descripción

1

Construcción de una nueva conducción desde el nuevo depósito regulador a construir en la Estación de Tratamiento de Agua Potable (ETAP) de Trujillo hasta la sierra de Ibahernando, en donde se ubicaría un depósito regulador. De este depósito partirían los diferentes ramales para abastecer, por gravedad, al resto de núcleos (excepto a Valdemorales al que debe rebombearse).

2

Abastecimiento de los municipios del Tamuja y otros desde La Cumbre y Trujillo, por un lado, e Ibahernando por el otro.

Construcción de un depósito regulador para la zona del Tamuja, situado en el Cerro de San Gregorio, de 1.500 m3 de reserva.

2.2

Conducción de conexión entre La Cumbre y Trujillo. Con ello el principal suministro a la zona del Tamuja y otros llegaría desde Trujillo. Esta conducción finaliza en las proximidades de Robledillo, donde se dispondrá un depósito regulador para el bombeo que es necesario para el abastecimiento al resto de núcleos.

2.3

Se puede abastecer por gravedad a todo el Tamuja con la excepción de Valdemorales y de Robledillo de Trujillo a los que se abastecería desde Ibahernando con un rebombeo.

En la alternativa 2.2, el número de núcleos que deben abastecerse mediante bombeo resulta superior a la alternativa 2.3.

3

El abastecimiento al Tamuja y otros se realiza aprovechando el bombeo para abastecer a Madroñera y otros desde la ETAP de Trujillo. Desde el depósito regulador parte un ramal que lleva el agua hasta otro depósito regulador (depósito regulador del Tamuja), el cual distribuye por gravedad al resto de los municipios.

Conforme a las premisas y valoraciones realizadas en el estudio comparativo de soluciones, efectuado en el estudio de impacto ambiental, se elige la alternativa 2.3 como el óptimo para la configuración de la nueva Mancomunidad de la Presa de Santa Lucía, cuyas principales características se describen a continuación.

La configuración general de la red de abastecimiento se divide en dos subsistemas independientes a partir de cada una de las ETAPs: subsistema de Aldeacentenera y otros, y subsistema de Trujillo y otros.

Las obras proyectadas comprenden las siguientes actuaciones:

Conducciones, que incluyen 138,665 km de nueva tubería de fundición dúctil, distribuidos por ramales.

Ampliación de la ETAP de Trujillo, instalaciones y equipos de tratamiento, instalaciones eléctricas, obra civil y edificación y tratamiento de vaciados.

Depósitos de nueva construcción, en número de 25, cuya salida podrá ser de tipo gravedad, grupo de presión o de bombeo. También se repararán 14 depósitos existentes.

Bombeos, que ha sido necesario realizar en algunos casos, entre otros las impulsiones a La Cumbre, Santa Ana, Valdefuentes, Madroñera, Valdemorales, Deleitosa y Retamosa.

También será necesaria la instalación de grupos de presión en los núcleos urbanos de Torrecilla de la Tiesa, Benquerencia y Torre de Santa María.

Por último, es necesario bombear el agua de la presa de Santa Lucía cuando la cota del embalse esté por debajo de 676,7 m. Para ello, se sustituirán las bombas existentes.

Nuevas instalaciones eléctricas de baja y media tensión en aquellos emplazamientos en los que no hay actualmente energía eléctrica, y reforma de otras.

Recrecimiento de la presa de Santa Lucía en una altura de unos 10 m. La nueva sección tipo es la correspondiente a una presa de gravedad de aproximadamente 50 metros de altura total sobre cimientos y con una capacidad de almacenamiento a nivel máximo normal de 3,5 hm3.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

La zona de actuación forma parte de la cuenca hidrográfica del río Tajo, siendo el río Almonte uno de sus principales afluentes, y que tiene a su vez como afluentes, dentro del ámbito de actuación, a los ríos Tozo, Merrinejo, Magasca y Tamuja y la garganta de Santa Lucía, sobre la que se encuentra la presa del mismo nombre.

En los alrededores de la garganta de Santa Lucía predomina la vegetación de ribera, como alisos (Alnus glutinosa) y fresnos (Fraxinus angustifolia), siendo el elemento diferenciador y singular la presencia del acebo (Ilex aquifolium).

En las zonas donde se construirán las conducciones, son predominantes los encinares de Quercus ilex ssp. rotundifolia. El estrato no arbóreo corresponde a pastizales estacionales densos, mientras que en el caso de presentar una distribución adehesada, se encuentra la genista (Genista hirsuta), que es una especie de interés especial según el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.

El ámbito de estudio se caracteriza por la presencia de diversas especies de mamíferos, entre las que destacan el lince ibérico (Lynx pardina) y la nutria (Lutra lutra), esta última considerada como de «interés especial» por el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, mientras que el lince ibérico, que está catalogado «en peligro de extinción», se considera extinto en la zona de actuación. No obstante, el Plan de recuperación del lince ibérico en Extremadura determina la zona de Villuercas-Herrera del Duque, parte del ámbito de actuación, como área favorable para la presencia de la especie.

Dentro de la avifauna destaca el cernícalo primilla (Falco naumanni), catalogado como de «interés especial», el aguilucho cenizo (Circus pygargus), como especie «vulnerable», y la cigüeña negra (Ciconia nigra), catalogada como «en peligro de extinción», todos ellos según el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.

Por último, el odonato Macromia splendens está presente en el embalse de Santa Lucía y se encuentra recogido en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas como «en peligro de extinción».

En los alrededores de la garganta de Santa Lucía se sitúa el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) «Sierra de Villuercas y Valle del Guadarranque» (código ES4320039). Por otra parte, las conducciones atraviesan la ZEPA «Llanos de Trujillo» (código ES0000332) en 12 kilómetros y se realizan siete cruces al LIC «Río Almonte y afluentes» (código ES4320018) y a la ZEPA «Riveras del Almonte (código ES0000356). La actuación atraviesa dos Áreas Importantes para las Aves (IBA): «Trujillo-Torrecillas de la Tiesa» (n.º IBA: 296) y «Sierra de las Villuercas» (n.º IBA: 297).

Varios hábitats de interés comunitario, según la Directiva 92/43/CEE, son interceptados por el trazado de las conducciones propuestas: «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea», con código 6220* y carácter prioritario; «Dehesas perennifolias de Quercus spp», con código 6310; «Alcornocales de Quercus suber», con código 9330; «Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga», con código 4090; «Pendientes rocosas silíceas con vegetación cosmofítica», con código 8220. También se encuentran en la zona de actuación dos árboles singulares según la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura: «Encina La Nieta» y «Encina La Terrona», pero ambos alejados del trazado de las conducciones.

Las obras de abastecimiento de aguas a la Mancomunidad de Santa Lucía, concretamente varios tramos de conducciones, atraviesan o discurren paralelas a varias vías pecuarias catalogadas en la provincia de Extremadura. Además están presentes en la zona quince yacimientos arqueológicos catalogados que se encuentran a menos de 2.500 metros de las actuaciones proyectadas. En la siguiente tabla se pueden ver los distintos yacimientos y vías pecuarias presentes en la zona de actuación:

Yacimiento

Término Municipal

Vía pecuaria

Término Municipal

La Puente del Conde

Cabañas del Castillo

Cordel de Madrigalejo

Aldeacentenera

Rodacis

La Cumbre

Cordel de Belén

Aldeacentenera

Castillo

Deleitosa

Vereda del Camino Real de Trujillo a Montañez

Benquerencia

Dehesa de la Mezquita

Ibahernando

Colada de los Llanos

Ibahernando

Ermita de Santa María de la Jara

Ibahernando

Cordel de Torrecillas

Madroñera

Estela de Ibahernando

Ibahernando

Colada del Camino de Ibahernando

Robledillo de Trujillo

Castro del Guijo de las Avilillas

Plasenzuela

Cordel de Trujillo a Montánchez

Ruanes

Cerro de la Horca

Plasenzuela

Cordel de Trujillo

Salvatierra de Santiago

El Ladrillar

Plasenzuela

Colada del Camino de Valdefuentes

Torre de Santa María

Piedra Hitilla

Plasenzuela

Cañada del Puerto de Miravete

Trujillo

Villa del Guijorro

Plasenzuela

Cordel de Cáceres

Trujillo

Revuena

Ruanes

Cordel de Montánchez

Trujillo

Los Canchuelos

Salvatierra de Santiago

Cordel de Merinas de Trujillo a Montánchez

Zarza de Montánchez

Finca El Antolín

Torre de Santa María

Guaperal – La Fuente

Valdefuentes

3. Resumen del proceso de evaluación:

a) Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.

a) Entrada documentación inicial. Con fecha de 13 de mayo de 2005 tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el documento ambiental del proyecto «Abastecimiento a la Nueva Mancomunidad de Aguas de la Presa de Santa Lucía (Cáceres)» para iniciar el procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental.

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. Recibida la referida documentación inicial, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental estableció a continuación un periodo de consultas, con fecha 22 de septiembre de 2005, a personas, instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente.

Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

X

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura.

X

Ecologistas en Acción.

S.E.O.

X

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Hidrología. La Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura indica que se debe realizar un cálculo explícito de los caudales ecológicos por tramos, situar filtros aguas abajo de las obras y que se construyan pequeños azudes en cada una de las colas (gargantas de Santa Lucía y del Brezo) del embalse.

Geomorfología y paisaje. La Dirección General de Medio Ambiente informa que las plantas de tratamiento de áridos y plantas de hormigón, deberán tramitarse a través del organismo competente en la materia.

Además, recomienda que la iluminación de la presa se realice de tal forma que se garantice la discreción paisajística, así como la integración paisajística de las infraestructuras propuestas.

Vegetación y Fauna. La Dirección General de Medio Ambiente expone que se deben aplicar medidas de restauración específicas en las áreas afectadas por las obras del recrecimiento de la presa de Santa Lucía.

Además solicita que se realice un inventario detallado desde el punto de vista faunístico, al constatarse la existencia de taxones de importancia y catalogados como tales en la normativa correspondiente. Esta Dirección General y la Sociedad Española de Ornitología (S.E.O.) solicitan que las obras se realicen fuera del periodo de nidificación y cría de las especies de fauna asociada.

Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000. La Dirección General de Medio Ambiente informa que se deben realizar jalonamientos previos de la zona de actuación, al menos de la turbera cercana a la cola del actual embalse de Santa Lucía.

S.E.O. indica que la actuación afecta a varias zonas catalogadas como Áreas Importantes para las Aves (IBA): «Trujillo-Torrecillas de la Tiesa» (n.º IBA: 296) y «Sierra de las Villuercas» (n.º IBA: 297), así como a la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) «Llanos de Trujillo». En relación al Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) «Río Almonte y afluentes» afirma que la red de conducciones de nuevo trazado atraviesa sus cursos de agua en siete puntos distintos.

Patrimonio cultural. La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura indica que el control y seguimiento arqueológico de los movimientos de tierra se debe realizar por parte de técnicos cualificados, y ser autorizado por la Dirección General de Patrimonio Cultural conforme al Decreto 93/1997, regulador de la actividad arqueológica en Extremadura.

Además manifiesta que si durante la ejecución del proyecto se detectara la presencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones se procederá a la paralización inmediata de las obras en la zona de afección. Se requerirá autorización de la Dirección General de Patrimonio Cultural para el levantamiento de las estructuras localizadas con carácter previo a la continuación de las obras de construcción.

c) Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano Ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.

Analizada la documentación aportada por el promotor, así como las contestaciones a las consultas realizadas sobre el proyecto, el 2 de enero de 2006, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino realiza el consiguiente traslado de consultas al promotor, notificándole el sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, e incluyendo una copia de las contestaciones recibidas, y los aspectos más relevantes que deberá incluir el estudio de impacto ambiental.

b) Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental.

a) Información pública. Resultado. El estudio informativo del proyecto y el estudio de impacto ambiental fueron sometidos al trámite de información pública, mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.), número 49, de 26 de febrero de 2008, en el Diario Oficial de Extremadura, número 42, de 29 de febrero de 2008, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, número 36, de 21 de febrero de 2008.

Transcurrido el plazo de información pública, con fecha de 27 de agosto de 2008, la Confederación Hidrográfica del Tajo remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente completo, el cual comprendía el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública del proyecto.

Durante el proceso de información pública no se han recibido alegaciones, pero sí informes procedentes de los siguientes organismos afectados: Dirección General del Medio Natural y Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, y Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Extremadura.

Los aspectos ambientales más destacados de las contestaciones recibidas son:

La Dirección General de Medio Natural y la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura realizan una serie de observaciones con respecto a este proyecto:

En primer lugar, incluir medidas de integración paisajística para los nuevos depósitos a construir, el muro de la presa que quedará por encima de la lámina de agua, y los terraplenes y desmontes generados en la explanación para la instalación de los depósitos. Por otra parte, señala que la iluminación de la presa de Santa Lucía debe ser de tal forma que evite en la medida de lo posible la contaminación lumínica y los efectos negativos sobre la fauna.

Por último, considera que se debe informar previamente a la Dirección General del Medio Natural de la ubicación de extracciones, plantas de tratamiento, plantas de hormigón, parques de maquinaria, rutas de acceso a las obras, etc.

En cuanto a la vegetación, considera innecesario el transplante de las grandes encinas e informa que se deberá realizar una valoración más detallada de la posible afección a los dos árboles singulares presentes en la zona («Encina La Terrona» y «Encina La Nieta»). Asimismo, indica que el trazado de las nuevas conducciones deberá aprovechar los caminos existentes, aunque suponga un aumento de la longitud, y que se deberá acondicionar el actual acceso al agua del embalse para camiones y vehículos contra incendios, así como eliminar las jaras que invaden la caja del actual camino por el que discurre la conducción de agua.

Respecto a la fauna, se expone la conveniencia de incluir al odonato Macromia splendens dentro del Plan de Vigilancia Ambiental, donde se realicen muestreos de la especie, tanto previos a la realización de las obras, como tras el llenado del embalse.

En el caso de que se detectara la presencia de alguna especie protegida nidificando, se deben establecer periodos de parada biológica y/o modificaciones al proyecto que eviten la posible afección. Por último, expone que las líneas eléctricas deben ajustarse a lo contemplado en el Decreto 47/2004, de 4 de abril, por el que se dictan Normas de Carácter Técnico de adecuación de las líneas eléctricas para la protección del medio ambiente en Extremadura. También se deberá estudiar la posibilidad de incorporar la colocación de cajas nido artificiales para cernícalo primilla (Falco Nauman) y carraca (Coracias garrulus) sobre los apoyos de las nuevas líneas eléctricas que discurran por encinares y áreas esteparias.

En relación a los espacios naturales protegidos y la Red Natura 2000, La Dirección General del Medio Natural considera que no es probable que el proyecto tenga repercusiones significativas sobre lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan determinadas medidas correctoras. En este aspecto, la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental comunica que ha recibido el informe en el que se contempla la no repercusión negativa sobre la Red Natura 2000.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Extremadura informa que el proyecto no provoca afección directa sobre el patrimonio histórico y arqueológico conocido, y que las medidas correctoras incluidas dentro del estudio de impacto ambiental se consideran correctas.

b) Modificaciones introducidas por el Promotor en proyecto y estudio tras su consideración. Como resultado de las alegaciones presentadas durante el periodo de información pública, el promotor integra y asume los siguientes cambios en el proyecto:

Integración ambiental de las actuaciones: terraplenes, desmontes y encachados con piedra del lugar.

No se realizará el trasplante de grandes encinas y el presupuesto destinado a esta operación se reorientará al resto de medidas correctoras.

Durante los meses de verano se fijará un número mínimo de riegos diario y se requerirá al contratista adjudicatario la solicitud de un informe previo a la Dirección General del Medio Natural sobre la ubicación de las plantas de tratamiento de áridos, fábricas de hormigón, ubicación de préstamos y vertederos, etc.).

Previamente, al paso por las proximidades de las encinas «La Terrona» y «La Nieta», se mantendrán los contactos oportunos con la Dirección General del Medio Natural para facilitarle la información que precise y para que haga las observaciones que estime convenientes para asegurar la protección de estos árboles singulares.

Las líneas eléctricas aéreas se ajustarán a lo establecido en el Decreto 47/2004, de 20 de abril, por el que se dictan Normas de Carácter Técnico de adecuación de las líneas eléctricas para la protección del medio ambiente en Extremadura.

4. Integración de la evaluación:

a) Impactos significativos de la alternativa elegida y medidas correctoras. Se exponen a continuación los principales efectos ambientales de las actuaciones, como consecuencia de la implantación de las infraestructuras proyectadas.

Medio ambiente atmosférico. La ejecución de las actuaciones provocará una emisión de ruidos e incrementos de partículas en suspensión durante la fase de obras. Como medidas, el promotor garantiza el cumplimiento de la legislación sobre emisión de ruidos y la aplicación de riegos periódicos sobre la red de caminos de obra.

También se producirán malos olores en la fase de explotación de la ETAP pero según el estudio de impacto ambiental, únicamente serán percibidos por el personal de la planta, sin que sobrepase los límites perimetrales de las instalaciones.

Geomorfología, edafología y paisaje. En el estudio de impacto ambiental se analizan los efectos originados por los movimientos de tierras, la construcción de tuberías y depósitos, y el recrecimiento de la presa de Santa Lucía, concretamente, se genera una pérdida y alteración de las características del suelo, y la contaminación edáfica debida a los repostajes, cambios de aceite y lavado de la maquinaria. Las medidas consideradas por el promotor para minimizar estos impactos son la estabilización de superficies que presenten caras o frentes a la intemperie, la retirada de los productos de desecho a vertederos autorizados, el mantenimiento de la maquinaria en parques prefijados con instalaciones adecuadas para evitar la contaminación del suelo y la tramitación de préstamos, vertederos y plantas de tratamiento por parte del Organismo competente en la materia.

Para mitigar los impactos sobre el paisaje durante la fase de obras y generados por la la presencia de los depósitos y conducciones, el promotor asegura la reforestación de los puntos donde la tala produzca una roza con impacto visual y la incorporación de una pantalla vegetal formada por un pequeño bosquete de especies arbóreas autóctonas en el perímetro de siete nuevos depósitos.

Hidrología. Se producirá un aumento de la turbidez por aportes térreos debido a los movimientos de tierras que se realicen en las proximidades de los cursos de agua presentes en la zona de actuación. El estudio de impacto ambiental contiene una serie de medidas correctoras para minimizar estos posibles impactos, concretamente dispondrá de balsas decantadoras a pie de presa, para evitar el arrastre de vertidos accidentales y la colmatación de pozas por sedimentos procedentes de los movimientos de tierra, y llevar a cabo el mantenimiento de la maquinaria en parques prefijados que cuenten con las instalaciones adecuadas para evitar la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas.

Para reducir los impactos originados por la alteración del régimen fluvial actual, se proponen unos caudales ecológicos a respetar, que se garantizarán con agua de la superficie y no del fondo, mediante la instalación de una toma flotante en el embalse de Santa Lucía.

Vegetación. Se producirá la eliminación de vegetación en la fase de obras debido al trazado de las conducciones y al recrecimiento de la presa. Además, con el llenado del nuevo embalse, los elementos presentes en el medio fluvial, y especies propias de sotos y riberas, verán mermadas sus poblaciones en la cola del embalse. Como medidas, el promotor dispone que se realicen prospecciones destinadas a la identificación y salvamento de especies de valor singular, en el entorno próximo a la presa, y que se lleve a cabo la regeneración de la cubierta vegetal en las zonas donde ésta se haya eliminado por las obras, mediante el empleo del material desbrozado y de la tierra vegetal procedente de las excavaciones.

Fauna. Como consecuencia de la ejecución de las actuaciones propuestas, se puede originar la alteración de los hábitats faunísticos por los ruidos, vibraciones y emisiones de polvo, resultado de las obras, así como por el trasiego de personas y máquinas. Para minimizar estos impactos el promotor propone que, en caso de realización de voladuras se prohibirán durante los meses de abril a junio, ambos inclusive, y que las obras se ejecutarán fuera del periodo de nidificación y cría de las especies presentes en la zona, concretamente fuera de los meses de marzo a junio.

Asimismo, se construirá un pequeño remanso en una de las calas de la cola del embalse con objeto de favorecer el alevinaje, que a su vez beneficiará las poblaciones locales de cigüeña negra (Ciconia nigra). Para minimizar la afección al normal desenvolvimiento de la avifauna debido a las instalaciones de media tensión, éstas cumplirán el Decreto 47/2004, de 4 de abril, por el que se dictan Normas de Carácter Técnico de adecuación de las líneas eléctricas para la protección del medio ambiente en Extremadura.

Por último, la iluminación nocturna de la presa puede afectar a los patrones de comportamiento de la fauna del valle de Santa Lucía, por lo que se utilizarán farolas apantalladas con lámparas de vapor de sodio de baja presión, que producen una menor afección lumínica.

Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000. El estudio de impacto ambiental expone las siguientes medidas para minimizar los impactos que se puedan producir en los espacios naturales presentes en la zona de estudio, motivados por las distintas actuaciones derivadas del proyecto:

El recrecimiento de la presa de Santa Lucía se efectuará sin alcanzar los límites de la ZEPA y LIC «Sierra de Villuercas y Valle del Guadarranque».

Las instalaciones auxiliares no se ubicarán en el interior de las ZEPAs «Llanos de Trujillo», «Riveros del Almonte» y «Sierra de Villuercas y Valle del Guadarranque», ni en los LICs «Río Almonte» y «Sierra de Villuercas y Valle de Guadarranque».

Se realizará un marcaje perimetral de las zonas que sea necesario proteger, especialmente zonas de arbolado denso, cruces de cauces y arroyos, y en los enclaves de estos espacios pertenecientes a la Red Natura 2000 y la turbera existente en la cola del embalse.

Los cruces por el LIC y ZEPA «Río Almonte y Afluentes» se realizarán por puentes existentes o vadeando los arroyos con la menor afección posible.

Una vez que las conducciones queden enterradas se favorecerá la revegetación natural de las zonas afectadas, de tal manera que se produzca la regeneración de los hábitats de interés comunitario afectados (códigos 6220*, 6310, 9330, 4090, 8220).

Vías pecuarias y Patrimonio cultural. Algunas vías pecuarias se ven parcialmente afectadas por el trazado de las conducciones que interfieren perpendicularmente en algunos tramos de su recorrido. El promotor asegura que, durante la fase de construcción, se mantendrá una zona de la vía pecuaria sin excavar para permitir el paso de ganado, y en la fase de explotación, las tuberías irán enterradas y las arquetas se situarán al nivel del suelo, por lo que no se produce afección a la integridad de las vías pecuarias interceptadas.

Para evitar afección alguna a los yacimientos arqueológicos cercanos a las obras, se delimitarán aquellos que estén situados más próximos y se realizará un seguimiento de los movimientos de tierra, ante la posibilidad de descubrimientos de nuevos yacimientos durante la ejecución de las obras.

b) Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas correctoras propuestas.

Impactos ambientales

Medidas correctoras

Geomorfología, edafología y paisaje

Movimiento de tierras. Contaminación de suelos. Impacto visual y lumínico.

Estabilización de superficies. Mantenimiento de la maquinaria en parques prefijados. Reforestación. Farolas de sodio de baja presión. Pantallas vegetales en depósitos.

Hidrología

Vertidos sobre cauces y aguas subterráneas. Aumento de caudales y de capacidad de almacenamiento del embalse.

Balsas decantadoras. Parques de maquinaria prefijados. Caudales ecológicos mínimos, provenientes de la superficie del embalse y no del fondo.

Vegetación

Eliminación de la vegetación.

Identificación de especies de valor singular. Regeneración de la cubierta vegetal.

Fauna

Alteración del hábitat por las obras y la iluminación nocturna. Afección a la avifauna por instalaciones eléctricas.

Obras realizadas fuera del periodo de nidificación y cría. Líneas eléctricas aéreas según lo dispuesto en el Decreto 47/2004.

Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000

Alteración de los espacios incluidos en Red Natura 2000 y de los hábitats.

Recrecimiento de la presa e instalaciones auxiliares fuera de los espacios naturales. Marcaje perimetral de las zonas a proteger. Regeneración de los hábitats de interés comunitario afectados después de las obras.

Vías pecuarias y Patrimonio cultural

Interferencia perpendicular debido a la construcción de las conducciones.

Yacimientos próximos o descubrimientos de nuevos yacimientos.

Durante la realización de las obras se permitirá el paso de ganado en una parte de la vía pecuaria. En la fase de explotación las tuberías estarán enterradas y las arquetas al nivel del suelo.

Delimitación de yacimientos próximos y seguimiento de los movimientos de tierra para prevenir afecciones a nuevos yacimientos.

5. Condiciones al proyecto.

En función de la documentación generada a lo largo de este proceso de evaluación ambiental, además de las medidas propuestas, se considera necesario incluir la siguiente condición de protección ambiental específica: «Los residuos de construcción se gestionarán de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Se pedirán los permisos pertinentes al organismo competente en la materia de la Junta de Extremadura».

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental.

El proyecto de construcción incorporará un programa de vigilancia ambiental para el seguimiento y control de los impactos y de la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas en el estudio de impacto ambiental y en las alegaciones presentadas. Así como para la propuesta de nuevas medidas correctoras si se observa que los impactos son superiores a los previstos o insuficientes las medidas correctoras inicialmente propuestas. El programa de vigilancia ambiental contempla:

Comprobación de que se aplican las medidas preventivas y correctoras previstas y que no se producen alteraciones no previstas, para lo que se realizarán recorridos periódicos por la zona de ejecución del proyecto y anexas.

Al inicio de las obras, se procederá a verificar la correcta identificación de las áreas a utilizar y el marcaje y balizamiento de las zonas de obra y de ocupación temporal, así como del entorno de las áreas de interés ecológico y cultural que pudieran verse afectadas por las obras.

Selección de las áreas para la colocación de las instalaciones auxiliares.

Coordinación entre los trabajos de construcción y los de restauración ambiental.

Control sobre la apertura de nuevas superficies de ocupación no previstas inicialmente.

Vigilancia durante las labores de desbroce y tala, para que no se elimine innecesariamente ningún árbol o vegetación de interés.

Se realizará un seguimiento de los movimientos de tierra durante la ejecución de la obra por parte de un arqueólogo especialista en la zona.

Seguimiento del desmantelamiento de las instalaciones auxiliares al finalizar las obras.

Seguimiento de la gestión de residuos y el vertido de sobrantes de obra.

Comprobación de transplantes y plantaciones.

El periodo de vigilancia abarcará la fase de obras, incluyendo el periodo de abandono (24 meses) y el periodo de garantía.

Se emitirán informes trimestrales para cada elemento observado, además de su estado y cumplimiento de prescripciones, las consideraciones sobre el estado de las obras y la actividad desarrollada en cada zona estudiada en el momento de la campaña, así como un informe especial cuando se presenten circunstancias o sucesos excepcionales que impliquen deterioros ambientales o situaciones de riesgo, tanto en la fase de construcción como en la de funcionamiento, exponiendo el grado de deterioro detectado y las medidas a aplicar.

Además, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el Boletín Oficial del Estado en el que se publica la DIA.

Conclusión. En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto. Abastecimiento a la nueva Mancomunidad de Aguas de la Presa de Santa Lucía (Cáceres) concluyendo que no producirá impactos adversos significativos, siempre y cuando se realice la alternativa 2.3 y con las condiciones señaladas en la presente propuesta, que se deducen de la evaluación practicada.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Tajo para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto,

Madrid, 30 de diciembre de 2008.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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