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Documento BOE-A-2009-223

Resolución de 26 de diciembre de 2008, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre la Secretaría de Estado para la Administración Pública y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 6 de enero de 2009, páginas 1038 a 1039 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2009-223

TEXTO ORIGINAL

La Secretaria de Estado para la Administración Pública y el Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas han suscrito, con fecha 14 de noviembre de 2008, un Acuerdo por el que se encomienda la gestión material de las pruebas selectivas de acceso a la Escala Técnica de Gestión de OO.AA., Escala de Gestión de OO.AA., Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, Cuerpo Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, derivadas del proceso de consolidación de empleo temporal.

Para general conocimiento, se dispone su publicación cono anexo a la presente Resolución.

Madrid, 26 de diciembre de 2008.–El Subsecretario de la Presidencia, Luis Herrero Juan.

ANEXO
Acuerdo de encomienda de gestión a la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas

Primero.–La Secretaría Estado para la Administración Pública y el Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que la citada Presidencia lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas, en el ámbito del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, derivadas del proceso de consolidación de empleo temporal, de acceso a los Cuerpos y Escalas siguientes:

Escala Técnica de Gestión de OO. AA.

Escala de Gestión de OO. AA.

Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado.

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Cuerpo Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado.

Cuerpo Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.

Segundo.–La gestión material que se encomienda, con respecto a los Cuerpos y Escalas citados en el apartado anterior, se concretará en las siguientes actividades, con el alcance que en cada caso se señala:

a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.

b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de admitidos y excluidos y se señalen el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

c) Propuesta de los miembros que han de formar parte de los tribunales calificadores de las pruebas selectivas.

d) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias a las que hace referencia el artículo 23 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

f) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso selectivo cuya gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Tercero.–Correrán a cargo de la sección presupuestaria del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda.

Cuarto.–El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de dieciocho meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.

Quinto.–La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

Sexto.–Es responsabilidad de la Secretaría de Estado para la Administración Pública dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Disposición adicional.

Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión la Secretaria de Estado para la Administración Pública y el Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Madrid, 14 de noviembre de 2008.–La Secretaria de Estado para la Administración Pública, Mercedes Elvira del Palacio Tascón.–El Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Rafael Rodrigo Montero.

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