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Documento BOE-A-2009-20198

Orden EDU/3382/2009, de 13 de noviembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Los Sauces.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 16 de diciembre de 2009, páginas 106406 a 106407 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2009-20198

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación Los Sauces, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, así como la delegación de facultades en la Presidenta doña Pilar Sainz González,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por Adellis, S.A., en Madrid el 29 de septiembre de 2009, según consta en la escritura pública número dos mil ochocientos diecisiete otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José Luis Martínez-Gil Vich como sustituto de su compañero don Ignacio Martínez-Gil Vich y para el protocolo de éste.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Camino Ancho nº 83, (Urbanización La Moraleja) 28109 – Alcobendas (Madrid) y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación incorporados a la escritura pública de constitución figuran como fines de la Fundación los siguientes: Con carácter general, se establece la promoción y atención a las personas beneficiarias, así como la prestación de ayuda económica para la asistencia sanitaria, social y educativa a alumnos de los Colegios Los Sauces con discapacidad física o psíquica en grado no inferior al 50%. Y, con carácter particular, los siguientes: Facilitar orientación y consejo; prestar ayuda para la asistencia sanitaria; paliar las secuelas derivadas de la situación; procurar la integración social; dotar becas de estudio.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidenta: Doña Pilar Sainz González, patrono nato por razón de su cargo de Subdirectora General de los Colegios Los Sauces de España, Vicepresidente: Don Vicente Mangas Luque, patrono nato por razón de su cargo de Director del Colegio Los Sauces, de Torrelodones; Secretario: Don Eduardo Tena Hidalgo, patrono nato por razón de su cargo de Director del Colegio Los Sauces, de Madrid; Vocales: Don Manuel Anxo Casal Taboada, patrono nato por razón de su cargo de Director del Colegio Los Sauces, de Pontevedra, y don Rodolfo Enrique Villalba Cruz, patrono nato por razón de su cargo de Director del Colegio Los Sauces, de Vigo.

En la escritura de constitución, y en documentos privados con firma legitimada por notario consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

En mismo día de la constitución, los miembros del Patronato reunidos acordaron delegar en la Presidenta doña Pilar Sainz González todas las facultades del patronato, excepto las que según la Ley o los Estatutos no pueden ser objeto de delegación.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.–Según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Los Sauces en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Los Sauces, de ámbito estatal, con domicilio en la calle Camino Ancho, n.º 83 (Urbanización La Moraleja), 28109 Alcobendas (Madrid), así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.–Inscribir en el Registro de Fundaciones la delegación de facultades en la Presidenta doña Pilar Sainz González, según consta en la escritura otorgada el 29 de septiembre de 2009 ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José Luis Martínez-Gil Vich como sustituto de su compañero don Ignacio Martínez-Gil Vich, con el número dos mil ochocientos diecisiete de orden del protocolo de este último.

Madrid, 13 de noviembre de 2009.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, José Canal Muñoz.

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