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Documento BOE-A-2009-19871

Resolución de 26 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Consolidación y mejora del regadío de la Conca del Tremp.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 9 de diciembre de 2009, páginas 104486 a 104496 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-19871

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se inició conforme al anexo II, grupo 1, apartado c del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Según el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.

El promotor del proyecto es la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias del Nordeste (SEIASA) del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. El órgano sustantivo es la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

La finalidad global de esta actuación es la consolidación y mejora del regadío existente en la vega del Noguera-Pallaresa, basado en un regadío tradicional con acequias y canales. La Comunidad de regantes del Tremp dispone de una concesión de 1.150 l/s para el margen izquierdo de río Noguera Pallaresa y 1.550 l/s para el margen derecho, dotaciones que se otorgaron al construir la presa de San Antoni y el Canal y Central de Gavet de Conca. Nunca se había llegado a transformar en regadío la superficie prevista en el momento de la concesión. Actualmente sólo se riegan 1.848,99 ha, 1.035,62 ha del margen izquierdo y 813,37 ha del margen derecho. Las infraestructuras de distribución de agua se construyeron a mediados del siglo pasado. Estas infraestructuras están deterioradas y se hace evidente la necesidad de mejorarlas para aumentar la eficiencia en el uso del agua, manifestado en este sentido por la Comunidad de Regantes. El aumento de la eficiencia del riego, actualmente por inundación, se plantea mediante un riego a presión. El proyecto no contempla la posibilidad de cambio en los cultivos existentes en la zona ni la puesta en riego de parcelas que actualmente se encuentran en secano.

La actuación se localiza en la cuenca del Tremp en la comarca Pallarás Jussà en la provincia de Lleida, afectando a los términos de Trem, Talarn, Castell de Mur, Gavet de la Conca, Llimiana, Sant Esteve de la Sarga y Isona i Conca dellà. El proyecto abarca gran parte de la Conca del Tremp, a ambos lados del eje longitudinal norte-sur formado por el río Noguera Pallaresa, entre los embalses de San Antoni al norte y de Terradets al sur.

Las captaciones del agua para regar se hacen desde cuatro puntos diferentes, dos por cada margen. Para el margen derecho, la primera de estas captaciones se realiza mediante una conexión directa al cuerpo del embalse San Antoni. La segunda se hace directamente de la lámina de agua del embalse de Terradets. Para el margen izquierdo, el agua se toma de la cañería que alimenta la Central de Talarn II y desde el extremo final del Canal de Gavet.

El sistema de riego se plantea en tres pisos de riego por el margen izquierdo y cuatro pisos por el margen derecho. El riego se realizará de tres maneras diferentes: por presión natural desde la presa de Talarn, por gravedad desde balsas de regulación o por bombeo directo contra la red de riego. El porcentaje de superficie regada por cada tipo será del 14,7% presión natural, 80,0% balsas de regulación y 1,3% por bombeo directo.

El proyecto requiere la ejecución de tres balsas, dos en la margen derecha del Noguera Pallaresa y otra en la margen izquierda. La creación de las dos primeras balsas requiere, la excavación de 134.331,88 m3 de tierra para la primera y 47.530.86 m3 para la segunda. La balsa de la margen izquierda requerirá la excavación de 227.356,28 m3 de tierra. Se requerirán un total de seis estaciones de bombeo.

Respecto al área regable, se presentan las siguientes alternativas:

Alternativa

Margen derecho

Margen izquierdo

Cota (m)

Superficie (ha)

Cota (m)

Superficie (ha)

Cota 1

530

1.762,21

520

2.901,62

Cota 2

540

1.581,58

500

2.356,17

La alternativa elegida es la primera, puesto que el caudal ficticio continuo por unidad de superficie es suficiente considerando las concesiones y la superficie total.

El Estudio de Impacto Ambiental presenta varias alternativas respecto al funcionamiento y diseño de la red, pero finalmente el promotor en respuesta a las alegaciones presentadas por la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino reduce el número de balsas pasando de 10 a 3 y el número de bombeos de 11 a 6.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

Hidrología. La zona de actuación se encuentra en las dos vertientes del río Noguera Pallaresa que la atraviesa de norte a sur. La zona norte tiene más amplitud, sobre todo el margen izquierda del río, por tratarse de una zona con pendientes más suaves. En el área situada al sur encontramos pendientes más fuertes que acaban encontrándose con la vertiente norte del Montsec. Esta pendiente marca la hidrología superficial que nos encontramos en la zona.

Tal y como muestran los análisis efectuados por al Agencia Catalana del Agua en el embalse Sant Antoni en Talarn (aguas arriba de la zona de actuación), el agua es de buena calidad para el riego.

Vegetación. Con el bosque semicaducifolio de robledal de hoja pequeña, es muy abundante el pino larico, a veces preponderante incluso sobre los robles. Estos robledales han sufrido explotaciones seculares, de forma que no llegan a recubrir extensiones demasiado considerables. El pino larico abunda espontáneamente, favorecido por el hombre o simplemente reforestado. El bosque más importante de la zona es el boj típico. En los rellanos rocosos del Montsec crecen matorrales de sabina negra. El juncal con serpol negro es exclusivo de la Conca del Tremp. Los bosques de rivera están constituidos por la sauceda subalpina y por la aliseda con consuelda. En los fondos de los valles como en las llanuras cultivables aparecen extensiones considerables de maizales y de otros cereales, olivos y almendros.

Las cañerías afectan en su mayor parte a zonas de cultivo, pero también se afectará zona forestal de robledal de hoja pequeña y bojedales.

Fauna. En la zona encontramos hasta cinco biotopos:

1. Forestal, robledales y encinares.

2. Arbustivo, bojedales.

3. Acuático, alamedas y cañizales.

4. Rural.

5. Urbano.

Debido a la abundancia de cuevas y simas en el primer biotopo, destacan por su diversidad los quirópteros (el espacio acoge a más de la mitad de las especies catalanas) y por constituir una de las más importantes áreas de hibernación en Cataluña del murciélago de cueva. En este biotopo conviven especies como la jineta (Genetta genetta) y la marta (Martes martes).

Los bojedales son zonas con una cubierta vegetal bastante densa y sobre todo en las vertientes umbrías muy húmedas. Su humedad favorece la presencia de anfibios como la salamandra (Slamandra salamandra), el sapo común (Soplo soplo) y el sapo partero común (Alytes obstetricans). Las aves están presentes en la zona forestal dado que la densidad de vegetación en este biotopo favorece su cría y su refugio.

Las zonas de biotopo rural son interesantes porque es donde encuentra el alimento una gran parte de la fauna presente en los hábitats naturales. Los márgenes de los cultivos y las zonas no cultivadas de los alrededores, conforman el refugio de la fauna, y gran parte del alimento se encuentra en estas zonas. Estos cultivos son especialmente sobrevolados por rapaces en busca de reptiles o pequeños mamíferos. El zorzal charlo (Turdus viscivorus), el zorzal alirrojo (Turdus iliacus), la urraca (Pica pica) y la perdiz (Alectoris rufa), son típicos de este biotopo durante el invierno.

Paisaje. En la Conca del Tremp se encuentra un mosaico bastante regular de terrenos cultivados separados por márgenes de vegetación natural más o menos extensos. En las zonas llanas los campos presentan una mayor extensión y los márgenes son más pequeños, en cambio en las zonas con pendiente, los campos cultivados son menores y los márgenes con vegetación son más grandes.

Las infraestructuras más visibles en la consolidación y mejora del regadío son las de captación y las balsas de regulación, ya que las cañerías quedan soterradas.

Las balsas previstas en el estudio de alternativas están en zonas poco visibles.

Espacios naturales protegidos. El proyecto coincide en 65,62 ha con un Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), Serres del Montsec, San Mamet i Mitjana, y afecta de forma indirecta a los LICs y ZEPAs de Vall Alta de Serradell-Serra de San Gervàs y Serra de Boumort-Collegats. Además, podrían verse afectados cuatro hábitats de interés comunitario: Sierras de Montsech y Montgai, Sierra de San Gervás, Sierra del Boumort y el Espai d ‘Interes Natural de la Serra del Montsec.

Patrimonio cultural. Los elementos del patrimonio arquitectónico se encuentran en los núcleos de población o en lugares muy singulares, por lo cual no se verán afectados por las actuaciones previstas en el proyecto.

El estudio realizado por Proleg DPG, S.L. sobre al prospección arqueológica efectuada entre el 5 y el 8 de octubre de 2005, determina que el proyecto de riego de la Conca del Tremp no afecta directamente a ningún elemento del Patrimonio Cultural actualmente conocido de forma que se hayan de establecer medidas de protección o modificaciones del proyecto. Aun así, las intervenciones realizadas, aportan indicios suficientes para establecer que en determinadas zonas existe el riesgo de afectar yacimientos arqueológicos o paleontológicos, y por lo tanto hará falta tomar las medidas necesarias por contrastar sobre el terreno esta información, y prever la protección de estos yacimientos en el supuesto de que se confirme su presencia y afectación.

3. Resumen del proceso de evaluación.

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto ambiental.

a) Entrada documentación inicial. La tramitación en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental se inició con fecha de 13 de mayo de 2008, mediante la recepción del documento ambiental del proyecto.

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 10 de julio de 2008, estableció un periodo de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto y la necesidad de sometimiento a evaluación de impacto ambiental. La relación de consultados se expone a continuación, señalando aquellos que han emitido informe en relación con el documento ambiental:

N.º

Nombre consultado

Informe

1

Ayuntamiento de Castell de Mur.

2

Ayuntamiento de Gavet de la Conca.

3

Ayuntamiento de Isona i Conca Dellà.

4

Ayuntamiento de Llimiana.

5

Ayuntamiento de Sant Esteve de la Sarga.

6

Ayuntamiento de Talarn.

7

Ayuntamiento de Tremp.

8

Confederación Hidrográfica del Ebro Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

9

Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos - Iniciativa Rural (COAG-IR).

10

Dirección General de Calidad Ambiental, Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, Generalitat de Cataluña.

11

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

12

Dirección General de Patrimonio Cultural, Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, Generalitat de Cataluña.

13

Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad, Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, Generalitat de Cataluña.

14

Dirección General del Medio Natural, Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, Generalitat de Cataluña.

15

Delegación del Gobierno en Cataluña.

16

Diputación Provincial de Lleida.

17

Ecologistas en Acción de Cataluña Centre Civic can Basté.

18

Fundación Nueva Cultura del Agua.

19

Greenpeace.

20

S.E.O.

21

WWF/ADENA.

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino indica que las afecciones indirectas a las 62 ha de la LIC/ZEPA Serres del Montsec, San Mamet i Mitjana son muy relevantes por la transformación de su entorno, por fenómenos de contaminación de suelos y aguas, por el vertido de fertilizantes y pesticidas por la alteración de la escorrentía y de la calidad de las aguas o por su eutrofización. Este es el principal motivo por el cual considera necesario someter el proyecto a Evaluación de Impacto Ambiental. Como alternativa a la puesta en regadío de cultivos extensivos de secano se recomienda la mejora y acondicionamiento de las infraestructuras existentes y que se considere la posibilidad de transformar solamente algunas parcelas, manteniendo otras en secano y conservando las áreas con mayor desarrollo de la vegetación natural y las colindantes al LIC/ZEPA afectado.

La Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad de la Generalidad de Cataluña en su informe de 23 de septiembre de 2008 considera necesario el sometimiento del proyecto a Evaluación de Impacto Ambiental, señalando como impactos potenciales la extracción de importantes volúmenes de tierra, el incremento del uso de productos fitosanitarios durante la fase de explotación que podrían afectar a su vez al plan de recuperación de la nutria y la afección a la flora de la zona.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Generalitat de Cataluña en su informe de fecha 27 de octubre de 2008 considera imprescindible realizar una prospección arqueológica sistemática en toda la zona afectada por el proyecto con el fin de documentar la posible existencia de yacimientos arqueológicos actualmente no conocidos ni documentados.

c) Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas. Teniendo en cuenta las contestaciones a las consultas efectuadas, dada la posible existencia de impactos ambientales significativos sobre la flora, la fauna, los espacios pertenecientes a la Red Natura 2000 y el patrimonio cultural, con fecha 24 de noviembre de 2008 se adopta la decisión de someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental y se da traslado al promotor de las contestaciones a las consultas efectuadas y de los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental.

a) Información pública. Resultado. La Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino sometió el estudio de impacto ambiental y el proyecto de actuación al trámite de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado, número 26, de 30 de enero de 2009 y Boletín Oficial de la Provincia de Lleida número 16 de 31 de enero de 2009. No se han recibieron alegaciones al mismo durante este proceso.

b) Consultas a administraciones ambientales afectadas. Resultado. Con fecha 15 de enero de 2009, la Dirección General del Agua, solicita informe a las administraciones afectadas que previamente habían sido consultadas.

En el transcurso del procedimiento legalmente establecido, se recibió un informe fechado el 17 de febrero de 2009 procedente de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino; y dos informes de la Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad de la Generalidad de Cataluña fechados el 26 de febrero de 2009 y el 3 de julio de 2009.

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, hace las siguientes consideraciones respecto al estudio de impacto ambiental:

1. No ha valorado la alternativa cero o de no actuación. El promotor contesta que la alternativa cero es inviable desde todos los puntos de vista, porque sino se moderniza se abandona los cultivos lo que supondría un gran daño para el medio ambiente. También dice el promotor que el uso del suelo, los cultivos y la superficie de regadío seguirán siendo las mismas.

2. No se ha incluido una evaluación específica de las repercusiones del proyecto sobre los espacios de la Red Natura 2000 afectados, ni sobre las especies protegidas. Contesta el promotor que en los planos 18 y 19 del estudio están recogidas las afecciones y las medidas correctoras.

3. No se han estudiado potenciales incompatibilidades con el plan de recuperación del quebrantahuesos (Gypaeus barbatus) en Cataluña ni con el Plan de conservación de la nutria (Lutra lutra). Contesta el promotor respecto al primero, que únicamente esta presente en el área del estudio como zona de paso, y respecto a la nutria, que el proyecto sólo incide en un par de puntos, dos cruces con una tubería, pero la afección es puntual y breve.

4. No se han incluido medidas correctoras para mitigar la afección a hábitats de interés comunitario.

5. No se han estudiado los efectos del uso intensivo de fertilizantes y herbicidas.

6. No se ha analizado el impacto derivado de una posible rotura de una balsa. Contesta el promotor que se ha seguido la directriz básica de planificación de protección civil ante el riesgo de inundaciones y el artículo 7.5 del reglamento de seguridad de presas y embalses.

La Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad de la Generalidad de Cataluña emite un primer informe en el que hace las siguientes consideraciones respecto al estudio de impacto ambiental:

1. Es previsible un cambio hacia una agricultura intensiva por cambios de usos de suelo o de cultivos. Responde el promotor que el uso del suelo no se modifica, ya que sólo se mejoran las instalaciones hidráulicas. No hay una transformación del suelo ni de cultivos. Ninguna zona que no tenga derecho a uso de agua será modernizada.

2. La transformación del mosaico agrícola puede afectar de forma negativa a especies incluidas en el catálogo de especies amenazadas, como el milano real (Milvus milvus), la nutria y el cangrejo de río (Astropotamobius pallipes). Contesta el promotor que todos los trabajos se harán produciendo el menor ruido posible y fuera de las épocas de nidificación y cría. Respecto al cangrejo de río dice el promotor que con la ejecución de este proyecto se ganará en calidad y cantidad.

3. Señala que es posible que se produzcan impactos respecto a la apertura de viales y accesos durante la ejecución de las obras, contestando el promotor que el trazado de las tuberías sigue el trazado de las márgenes de los caminos rurales existente y los linderos entre parcelas.

4. Indica que debería concretarse la gestión de los excedentes de tierras derivadas de la excavación. Contesta el promotor que todos los excedentes serán llevados a los vertederos o zonas de apilamiento, señalando que dichos lugares se encuentran descritos en la tabla 54 y en el anexo de la addenda que se adjunta. Además manifiesta que dado que se han reducido el número de balsas y el número de estaciones de bombeo, los excedentes de cierra se ha reducido hasta los 350.000 m3.

En este primer informe la Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad de la Generalidad de Cataluña solicita que se incorporen al estudio de impacto ambiental diversos aspectos:

1. Que se estudien los posibles efectos sinérgicos entre el actual proyecto y el proyecto de concentración parcelaria, respondiendo el promotor que el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda ha resuelto que este último no necesita pasar por el procedimiento de estudio de impacto ambiental.

2. Concretar la transformación de los usos del suelo y de los cultivos.

3. Concretar los puntos a utilizar como vertederos de tierras.

4. Especificar las medidas para evitar la contaminación de las aguas, a los que responde el promotor con una larga lista de medidas.

5. Sugieren también la formación de una comisión mixta de seguimiento en el que participe el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, a lo cual responde el promotor que no es competente en esta materia.

Posteriormente la Dirección General de Políticas Ambientales y Sostenibilidad de la Generalidad de Cataluña, en base a la nueva documentación presentada por el promotor, emite un segundo informe señalado lo siguiente:

1. Teóricamente no se amplia la superficie regable de la concesión (4.663,83 ha) pero se detecta una transformación del medio agrícola actual a la agricultura de regadío. Se prevé un aumento considerable de los cultivos de maíz y alfalfa en detrimento del cereal de secano.

2. Respecto a los vertederos, manifiesta que los previstos tienen suficiente capacidad, por lo que en principio se considera correcta la gestión de las tierras.

3. Puntualiza que es necesaria la integración cromática de las instalaciones y vallados perimetrales.

4. Se reitera la necesidad de proceder al desmantelamiento y restauración de las zonas en desuso y concretamente la red de acequias y las conducciones principales del margen izquierdo.

5. Por último concluye que el proyecto no implica impactos ambientales irreversibles sobre los valores ambientales presentes en la zona y establece un listado de siete medidas a tomar en la ejecución del mismo.

El 22 de mayo de 2009 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino comunica a SEIASA del Nordeste, S. A. la necesidad de subsanar y complementar el Estudio de Impacto Ambiental. El 8 de julio de 2009 el promotor envía nueva documentación:

a) Certificado de la Subdirección de Infraestructuras de la Generalitat de Cataluña respecto a las superficies comprometidas de los usuarios para la ejecución de las obras (4.189 ha).

b) Contestaciones a las alegaciones del estudio de impacto ambiental.

c) Proyecto constructivo.

d) Estudio ambiental ampliado.

Con fecha 22 de octubre de 2009 el promotor envía nueva información para aclarar tres de puntos:

a) Cultivos que se producen en la zona a modernizar y previsión de los mismos tras la modernización.

b) Excedentes de tierras generados.

c) Accesos de obras y medidas preventivas o correctoras al respecto.

Respecto al primer punto indica que se continuará con la tendencia de cultivos de cereales y forrajes. Las previsiones en concreto son: alfalfa 40%, maíz 22%, trigo 15% y cebada 15%.

Los excedentes de tierras serán llevados a las siguientes parcelas:

Margen izquierdo.

 

Parcelas

m2

m3

Altura de tierras

Plano MC de EIA

Balsa 4

Zona E

36.800

99.600

3,00

20.2 (Hoja 7 de 34)

Balsa 6

Zona F

55.500

128.100

2,50

20.2 (Hoja 8 de 34)

Totales .........

 

 

227.700

 

 

Margen derecho.

 

Parcelas

m2

m3

Altura de tierras

Plano MC de EIA

 

Zona A

70.800

210.600

3,25

20.2 (Hoja 5 de 34)

Balsa 4

Zona B

98.800

227.000

2,40

20.2 (Hoja 4 de 34)

Balsa 6

Zona C

16.250

46.100

3,40

20.2 (Hoja 3 de 34)

Totales ..........

 

 

483.700

 

 

Respecto a los accesos a las obras y las medidas preventivas o correctoras al respecto, se indican las condiciones que deberá cumplir el contratista para la ejecución de la obra.

4. Integración de la evaluación.

4.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas. En el estudio de impacto ambiental y documentación complementaria enviada con posterioridad, se procede a evaluar cada una de las alternativas propuestas desde un punto de vista técnico, ambiental y económico, concluyendo que la alternativa Cota 1 es la más adecuada. Respecto al funcionamiento y diseño de la red, la eliminación de una serie de balsas y estaciones de bombeo para finalmente construir tres balsas y seis estaciones de bombeo parece ser la alternativa más adecuada.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida. Espacios naturales protegidos. Hay 65,62 ha incluidas en el Plan de Espacios de Interés Natural (PEIN, decreto 328/1992 de 14 de diciembre) del Montsec que pudieran verse afectadas por la realización del proyecto si se produjera un cambio en el tipo de cultivos.

Hidrología. Durante la obra se pueden producir vertidos accidentales y alteración de la morfología de los barrancos y ríos al paso de las tuberías.

Durante la explotación el posible impacto que pueden afectar a la hidrología superficial y subterránea es la contaminación de las aguas.

Según las dotaciones de riego, las características del terreno y los productos aplicables a la vegetación, se podría producir alteraciones en cuanto a la calidad y cantidad del nivel freático.

Vegetación. Las zonas de afectación son las superficies que ocuparan las balsas, las estaciones de bombeo, la zona forestal por donde discurren las cañerías y las zonas ocupadas por los nuevos caminos a abrir. Se destruirá la vegetación en esas zonas y las zonas adyacentes se verán afectadas en su continuidad espacial.

Las cañerías afectan en su mayor parte a zonas de cultivo, pero también se afectará zona forestal de robledal de hoja pequeña y bojedales.

La aplicación excesiva de fertilizantes y fitosanitarios puede afectar a la biodiversidad vegetal de la zona.

Fauna. En la fase de construcción se producirán alteraciones del hábitat cuyos grupos más afectados son las especies con una capacidad de movimientos limitada, como los micromamíferos y los reptiles. Se producirán molestias por los ruidos, por los movimientos de tierras, talas y desbroces de zonas de vegetación.

Otro factor que puede verse afectado, son los corredores de la fauna que podrían ser seccionados por las obras.

Existe peligro de caída de pequeños animales a las balsas.

La aplicación excesiva de fertilizantes y fitosanitarios puede afectar a la biodiversidad faunística de la zona.

Paisaje. Tanto las cañerías de impulsión como las balsas de regulación se sitúan en puntos de áreas muy visibles, con lo cual en la fase de construcción se producirá un gran impacto paisajístico.

Algunas cañerías atravesarán zonas forestales dejando una herida apreciable en el paisaje.

Una vez terminadas las obras los taludes de las balsas serán bastante visibles desde varios puntos de observación.

Patrimonio cultural. La mayoría de los elementos de interés arqueológico se encuentran en núcleos urbanos, con lo cual no se verán afectados por el proyecto. Pero hay algunos yacimientos arqueológicos en campos de cultivo (Els Casar, San Jaume y San Jaume de Suterranya) que sí podrían verse afectados.

4.3 Medidas preventivas y correctoras en el estudio de impacto ambiental.

Posibles impactos

Medidas preventivas y correctoras

Suelo

Utilizar el trazado de caminos y canales.
Restauración morfológica de las zonas de actuación.

Hidrología

Realizar los cruces de cauces por los caminos existentes, siempre que sea posible.
Control de las fuentes para detectar posible alteración.
Control intenso para evitar vertidos accidentales.
Seguimiento de los manuales de buenas prácticas agrarias de aplicación de fertilizantes y fitosanitarios.

Vegetación

Restauración morfológica y revegetación de todas las zonas afectadas por las obras con especies autóctonas de la zona.
Seguimiento de los manuales de buenas prácticas agrarias de aplicación de fertilizantes y fitosanitarios.

Fauna

La ejecución de la obra se llevará a cabo entre los meses de septiembre y marzo.
Se instalarán pasos de salida de fauna en la balsa.
Seguimiento de los manuales de buenas prácticas agrarias de aplicación de fertilizantes y fitosanitarios.

Paisaje

Restauración ambiental.

Patrimonio

Previo al inicio de las obras se realizará una prospección arqueológica y posterior seguimiento.

5. Condiciones del proyecto.

Se deberán cumplir, además de todas las medidas preventivas y correctoras propuestas y aceptadas por el promotor durante el proceso de evaluación de impacto ambiental, las siguientes condiciones de protección ambiental específicas:

En ningún caso el proyecto se ejecutará para regar más superficie que la actualmente regada 1.848,99 ha, 1.035,62 ha del margen izquierdo y 813,37 ha del margen derecho.

Tras la puesta en marcha de las nuevas instalaciones no se producirán cambios sustanciales en el porcentaje de las superficies dedicadas a cada tipo de cultivo respecto a las actuales.

Todos los residuos de la obra se deberán gestionar a través de gestores autorizados, de acuerdo con la legislación vigente. En el caso que proceda, se gestionarán de acuerdo con el Decreto 396/2006 de 17 de octubre por el que se regula la intervención ambiental en el procedimiento de licencia urbanística para mejora de fincas rústicas que se efecten con aportación de tierras procedentes de obras de la construcción.

Previo al inicio de las obras se realizará un proyecto de accesos para las zonas de obra y las medidas de restauración a adoptar, priorizando la utilización de los accesos ya existentes

Durante la explotación se realizará un seguimiento específico de la evolución de las poblaciones animales de la zona, especialmente de la avifauna de secano y de especies ligadas a ecosistemas fluviales, y proceder, si es preciso a medidas correctoras para la conservación de estas especies. Los resultados y medidas adoptadas se notificarán periódicamente al Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña, para su conocimiento y validación, si procede.

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental.

El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental en el que se detallan todas las especificaciones necesarias para el seguimiento de las obras, así como todas las incidencias que sucedan durante el desarrollo del proyecto.

El objetivo es el cumplimiento de todas las indicaciones y medidas expuestas en el estudio de impacto ambiental y las adendas al mismo, así como los condicionantes determinados en la presente declaración.

Se realizará un seguimiento sobre todos aquellos elementos y características del medio para los que se han identificado impactos. Se designará a un responsable del seguimiento y vigilancia ambiental, que, además de encargarse del cumplimiento de las medidas propuestas, habrá de presentar un registro del seguimiento de las mismas y de incidencias que pudieran producirse, ante los organismos competentes, así como proponer nuevas medidas a adoptar si se observa que los impactos son superiores a los previstos, o si fueran insuficientes las medidas inicialmente propuestas.

Por último el programa de vigilancia ambiental velará para evitar alteraciones que puedan afectar a los elementos de los medios presentes en la zona de actuación y garantizar el cumplimiento de las buenas prácticas agrarias.

Además, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se haya publicado la declaración de impacto ambiental.

Conclusión. En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Consolidación y mejora del regadío de la Conca del Tremp concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a Dirección General del Agua, Subdirección General de Regadíos y Economía del Agua, Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 26 de noviembre de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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