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De conformidad con lo establecido en el artículo 116.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-administrativo, se participa que ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional se tramita el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona núm. 2/2009, promovido por Convergencia Estatal de Médicos y Ayudantes Técnicos Sanitarios (CEMSATSE) contra la inactividad material del Ministerio de Sanidad y Política Social, consistente en la omisión de su obligación de convocar el ámbito de negociación previsto en el artículo 11.4 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud.
Lo que se hace público a efectos de la notificación prevista en el mencionado precepto de la citada Ley Jurisdiccional, a fin de que todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado puedan comparecer y personarse, como codemandadas, en el expresado procedimiento, en el plazo de cinco días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en la forma establecida en la repetida Ley.
Madrid, 25 de noviembre de 2009.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad y Política Social, Luis Pedro Villameriel Presencio.
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