Visto el expediente de indulto de don David Sánchez de León Menéndez, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección octava, en sentencia de 11 de octubre de 2005, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 400 euros por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de noviembre de 2009,
Vengo en conmutar a don David Sánchez de León Menéndez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 13 de noviembre de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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