Visto el expediente de indulto de don Arnau Espí Estarelles, condenado por la Audiencia Provincial, sección cuarta, de Valencia, en sentencia de 18 de noviembre de 2008, como autor de un delito de lesiones, a la pena de seis años de prisión y suspensión del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de octubre de 2009,
Vengo en conmutar a don Arnau Espí Estarelles la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 30 de octubre de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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