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Documento BOE-A-2009-18547

Resolución de 29 de octubre de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueba la II convocatoria de ayudas específicas para el Programa Iberoamericano de Formación Técnica Especializada para el año 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 21 de noviembre de 2009, páginas 98693 a 98705 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2009-18547

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los programas y actividades de cooperación que desarrolla este organismo en el ámbito de la cooperación educativa, cultural, científica y técnica con los países de Iberoamérica, corresponde proceder a la II Convocatoria del Programa Iberoamericano de Formación Técnica Especializada en colaboración con distintos Departamentos Ministeriales y Organismos del Estado, para el año 2009.

Dicha convocatoria se regirá por las normas específicas y bases contenidas en esta Resolución y, asimismo, se ajustará a lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril («Boletín Oficial del Estado» núm. 99, de 26 de abril de 2005), por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones, becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, así como a las disposiciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, y a su Reglamento, incluido en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Para esta II Convocatoria, además de contar con la colaboración del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), AECID contará con la colaboración de la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas (FIIAPP) como entidad colaboradora para gestionar el Programa, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo cuarto de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril y de conformidad con el convenio de colaboración firmado por ambas partes.

En virtud de ello, esta Presidencia ha resuelto, previo informe de la Abogacía del Estado de la AECID:

Primero. Realizar la convocatoria específica de las ayudas, dentro del Programa Iberoamericano de Formación Técnica Especializada, en colaboración con el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), ordenar su publicación en el BOE, así como su exposición en los tablones de anuncios de las representaciones diplomáticas y Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países incluidos en el ámbito de la misma:

75 Ayudas para participar en los cursos organizados en colaboración con el Instituto Nacional de Administración Pública del Ministerio de la Presidencia.

Segundo. Objeto y finalidad.

1. Los cursos que se realizarán en colaboración con el INAP, estarán compuestos de dos fases:

a) Una fase de formación on line, en donde el alumno tendrá acceso al Portal de Formación del Empleado Público del INAP en el que se desarrollarán los contenidos del curso, en ella los alumnos recibirá información y documentación, bibliografía, participará en foros temáticos, resolverán exámenes y casos prácticos relacionados con el temario del curso.

b) Una fase presencial, en la que el alumno completará los conocimientos del temario, realizará visitas a instituciones de interés relacionadas con el curso, desarrollará ejercicios sobre casos prácticos y compartirá conocimientos y experiencias laborales a las que se enfrenta en su desarrollo profesional.

2. El objeto de esta convocatoria es subvencionar la participación de técnicos de los organismos públicos iberoamericanos, u otros que realicen funciones de interés público, en la parte presencial de los cursos que aparecen en el anexo I de la presente convocatoria.

3. La finalidad es capacitar técnicamente a los recursos humanos de las instituciones públicas de cada uno de los países de Iberoamérica, en el marco de las prioridades horizontales del Plan Director de la Cooperación Española y de sus Prioridades Sectoriales, con el fin de contribuir a modernizar y fortalecer a las administraciones públicas y fomentar la mejor prestación de servicios públicos a los ciudadanos, así como de favorecer la inclusión y representación en las instituciones de grupos excluidos como mujeres o pueblos indígenas.

Tercero. Requisitos del solicitante.

Haber cumplido la mayoría de edad.

Haber superado satisfactoriamente la parte on line del curso.

Ser nacional de cualquiera de los siguientes países que configuran la región Iberoamericana (Argentina, Bolivia, Belice, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela), salvo para aquellos cursos en los que se restrinja parcialmente la participación.

Residir en el país en el que desempeña sus funciones.

Tener titulación adecuada y requerida, así como cumplir con los requisitos específicos del perfil de los solicitantes indicado para cada curso.

Desarrollar la actividad profesional en instituciones públicas, o que realicen funciones de interés público, en los países mencionados, en los ámbitos en que inciden los cursos ofertados.

Solicitar un máximo de dos ayudas por persona y año en el marco del Programa Iberoamericano de Formación Técnica Especializada y no haber realizado con anterioridad el mismo curso al que se está postulando.

Tener conocimientos suficientes de español, en el caso de que éste no sea su lengua materna.

Tener pasaporte en vigor con validez suficiente para la realización del curso al que se opta.

Indicar una dirección de correo electrónico permanente, personal e intransferible a efectos de notificaciones.

Poseer aptitud psico-física para la realización del curso solicitado, y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales.

Disponer de los medios y capacidad suficiente para la realización de las actividades y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en dichas actividades.

No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 18-11-2003 España) recogidas en el anexo II de la presente convocatoria, con excepción del apartado f) tal y como se establece en el artículo Tercero de la mencionada Orden de Bases de 11 de abril de 2005, que regula la presente convocatoria.

Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de las subvenciones recibidas con anterioridad de la AECID, si las hubiera.

Cuarto. Presentación de solicitudes y plazos.–Los aspirantes a participar, en la parte presencial, de alguno de los cursos que se ofertan en el anexo I, deberán cumplimentar enteramente en español y por vía telemática, la solicitud conformada en la página Web de la AECID: www.aecid.es/pifte, de forma completa y verídica, quedando posterior y automáticamente eliminados aquellos solicitantes que aleguen datos que se demuestren no contrastables o falsos.

Los plazos de presentación de solicitudes comenzarán al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizarán en la fecha indicada para cada curso en el anexo I de esta convocatoria.

Quinto. Instrucción del procedimiento y criterios de valoración.

1. La concesión de las ayudas se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva.

2. La evaluación de las solicitudes será realizada por las correspondientes Comisiones de Valoración, que actuarán como órgano instructor y estarán presididas por la Directora de Cooperación Sectorial y Multilateral. La Directora de la AECID nombrará para cada una de ellas un Vicepresidente y cuatro vocales: Dos técnicos de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y dos de la institución colaboradora encargada de la organización de cada uno de los cursos, a propuesta de ésta.

3. En la evaluación serán tenidos en consideración, por orden de importancia, los siguientes criterios:

a) Posible impacto que tendrá, en la institución en que trabaja el candidato, la formación recibida a lo largo del curso, en función del proyecto de aplicación de los conocimientos adquiridos, presentado al hacer la solicitud por vía telemática, así como de las responsabilidades inherentes al cargo que ocupa. 3 puntos.

b) Interés que para la institución a la cual pertenece el candidato, tiene la realización de esta actividad, expresado en el aval. 3 puntos.

c) Méritos académicos y experiencia profesional. 2 puntos.

d) Pertenencia a países prioritarios para la cooperación española, de acuerdo con lo establecido en el Plan Director. 2 puntos.

e) Calificación obtenida en la fase on line del curso.

4. La Comisión de Valoración podrá realizar de oficio durante el proceso de selección cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.

5. La Comisión de Valoración formulará la propuesta de resolución de concesión de las ayudas en un plazo máximo de veinte días, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Está propuesta contendrá relación de los candidatos más idóneos a los que se propone conceder las ayudas, así como relación ordenada de los posibles suplentes, si los hubiere, que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido estimados por exceder el cupo de ayudas convocadas. Si no hubiera suficientes candidatos que reúnan las condiciones administrativas y técnicas establecidas, podrán no adjudicarse la totalidad de las ayudas convocadas.

6. La Dirección de Cooperación Sectorial y Multilateral de la AECID notificará la propuesta de concesión de las ayudas a los posibles beneficiarios por correo electrónico, a efectos de completar la documentación exigida en el apartado séptimo de esta convocatoria para su comprobación. Los posibles beneficiarios tendrán la obligación de aceptar en el plazo establecido en el apartado octavo punto 1, de no hacerlo se entenderá que renuncia a la misma pudiendo concederse la ayuda al suplente que corresponda, conforme a lo establecido en la propuesta de resolución de concesión de las ayudas elaborada por la Comisión de Valoración.

Sexto. Resolución y publicación.–El órgano competente para la resolución del procedimiento, con la subsiguiente concesión o denegación de las ayudas, es la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que a la vista la propuesta de la Comisión de Valoración dictará la correspondiente Resolución de concesión en un plazo máximo de cuarenta y cinco días, contados a partir del término del plazo de presentación de solicitudes. Se entenderán denegadas las solicitudes que no figuren contempladas en la mencionada Resolución.

La Resolución que dicte la Presidencia de la AECID, que surte efectos de notificación a los interesados, se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» y será expuesta en los tablones de anuncios de las representaciones diplomáticas y consulares de España, y unidades de cooperación en los países incluidos en el ámbito de esta convocatoria, así como en el tablón de anuncios de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Avda. Reyes Católicos, n.º 4 - 28040 Madrid) y en su página Web: www.aecid.es/pifte.

Séptimo. Presentación de la documentación y plazos.–Los solicitantes propuestos como beneficiados de las ayudas, de la parte presencial de los cursos, por la Comisión de Valoración deberán completar la documentación exigida, presentándola en las Oficinas Técnicas de Cooperación de las Embajadas de España en sus países de residencia, en un plazo máximo de 10 días naturales desde la fecha de comunicación de su selección por la AECID.

Si transcurrido ese plazo no lo hicieren, se les tendrá por desistidos en su solicitud.

Documentación exigida:

1. Copia en papel del formulario cumplimentado en su momento a través de la página Web de la AECID.

2. Justificante expedido por el INAP en el que conste la calificación obtenida en la parte on line del curso.

3. Curriculum vitae y documentos que lo avalen.

4. Fotocopia del pasaporte en vigor que le acredite como nacional de cualquiera de los países iberoamericanos del ámbito de esta convocatoria, con la vigencia exigida en el punto tercero de la misma.

5. Certificado de estudios, con especificación de notas.

6. Copia del título y/o diplomas.

7. Certificado que acredite estar desarrollando la actividad profesional en instituciones públicas o que realicen funciones de interés público, en los ámbitos en que inciden los cursos ofertados, con especificación de sus competencias y nivel de responsabilidad.

8. Acreditación de residir en el país en el que desarrolla su actividad, mediante certificación emitida por la institución en la que presta sus servicios.

9. Copia en papel del proyecto presentado al hacer la solicitud a través de la página Web de la AECID.

10. Original del aval, presentado vía telemática con la solicitud, en el que la institución iberoamericana a la cual pertenece el aspirante, exprese el interés que para la misma tiene la realización de esta actividad así como la autorización para participar en el curso en caso de ser seleccionado.

11. Certificado médico de poseer aptitud psico-física y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales, extendido en un plazo anterior no superior a un mes.

12. Certificado de conocimiento del español, en el caso de que el solicitante no tenga éste como lengua materna.

13. Dos fotografías tamaño carnet con el nombre y apellidos al dorso.

14. Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa o notario público de que el aspirante no se encuentre incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 18-11-2003 España), recogidas en el modelo de declaración anexo II, con excepción del apartado f) tal y como se establece en el artículo Tercero de la mencionada Orden de Bases de 11 de abril de 2005, que regula la presente convocatoria.

15. Carta de aceptación.

En caso de que el beneficiario no aportarse alguno de los documentos o estos resultasen defectuosos, se le concederá un plazo de 7 días naturales para que subsane; de no hacerlo se le tendrá por desistido de su solicitud.

Todos los documentos se acompañarán, en su caso, de su correspondiente traducción al español.

La documentación que se reciba no incluirá documentos originales o que consideren irrepetibles y que les puedan ser necesarios, pudiendo ser fotocopias legalizadas o compulsadas, previo cotejo con el original, por las Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de España, en que se presente la solicitud.

Octavo. Obligaciones de los beneficiarios.–Los beneficiarios de las ayudas vendrán obligados a:

1. Sin perjuicio de la obligación de aportar carta de aceptación según lo señalado en el apartado Séptimo anterior, los beneficiarios habrán de comunicar su aceptación expresa por correo electrónico a la siguiente dirección: pifteespana@aecid.es, en un plazo máximo de cinco días, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la propuesta de concesión.

2. Realizar los trámites necesarios para la obtención de visado, si lo precisara.

3. Realizar la actividad objeto de la ayuda en el plazo que se establece para cada curso en el anexo I de la presente Resolución.

4. Residir en el lugar donde se imparte el curso solicitado, durante el período de duración del mismo, y no ausentarse del territorio nacional sin comunicarlo previamente a la Dirección de cooperación Sectorial y Multilateral de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, indicando las causas excepcionales que justifican la ausencia y el período que comprende, resolviendo la Agencia de forma justificada lo que proceda según las circunstancias, en relación a la reducción, revocación y reintegro, en su caso, de la ayuda concedida.

5. Respetar en todo momento la normativa del centro que imparte el curso.

6. Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de aplicación de la ayuda que puedan en cualquier momento practicar, tanto el organismo concedente, como el Tribunal de Cuentas o la Intervención General de la Administración del Estado.

7. Comunicar a la AECID la obtención de ayudas para la misma finalidad, de cualquier procedencia.

8. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

9. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.

El incumplimiento de cualquiera de estas cláusulas podrá ser motivo de devolución de la ayuda, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 13 de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones, becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Los candidatos, al solicitar estas ayudas, se entiende que aceptan en todos sus términos las bases de la presente convocatoria, así como el fallo de la Comisión de Valoración y la Resolución de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, sin perjuicio del derecho a la fiscalización judicial.

Noveno. Dotación e imputación presupuestaria.–Las ayudas serán financiadas con cargo a la aplicación 12.401.07.143A.486.05 del ejercicio presupuestario de 2009 de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por un importe de 300.900 euros (trescientos mil novecientos euros), conforme al siguiente desglose:

Para los cursos organizados en colaboración con el Instituto Nacional de Administración Pública de Ministerio de la Presidencia:

75 ayudas de transporte: 120.000 €.

75 ayudas para gastos de manutención y de bolsillo: 178.500 €.

75 pólizas de seguro médico: 2.400 €.

La concesión de estas ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión de las mismas.

Décimo. Pago de las ayudas.–El pago de las ayudas, su entrega y distribución, será realizado por la FIIAPP a cada uno de los participantes.

1. Las ayudas podrán cubrir los siguientes conceptos:

Ayuda de transporte: Ayuda de 1.600€ (mil seiscientos euros) para gastos de desplazamiento desde los países de origen hasta España y regreso.

Alojamiento en hotel cercano a la sede donde se impartan los cursos, en media pensión (desayuno y cena) y ayuda de bolsillo, cuando así se determine y por la cuantía que se indica para cada uno de los curso, según consta en el anexo I.

Seguro de asistencia médica primaria, no farmacéutico, y de accidentes, cuando así se determine para cada curso. El seguro será contratado directamente por la AECID de acuerdo con la normativa vigente.

2. Tanto la ayuda para gastos de desplazamiento como la ayuda para gastos de manutención, alojamiento y bolsillo, que están exentas del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas en virtud de lo dispuesto en la letra i) del apartado 1 del artículo 13 de la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, serán abonadas a los beneficiarios mediante talón bancario nominativo al inicio de cada curso, salvo en los cursos para los que se establezcan plazos diferentes en el anexo I.

Undécimo. Justificación y reintegro.

1. El régimen de ayudas de la presente Convocatoria queda sujeto a la justificación de la actividad promocionada, en los términos que aparecen en el apartado siguiente, así como a las obligaciones reintegro y al régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece el Título IV de la Ley General de Subvenciones. Asimismo, quedarán sometidos a lo dispuesto en el Título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 67 de la Ley General de Subvenciones y demás normas reguladoras de las subvenciones y ayudas públicas, que regirán en lo no expresamente previsto en la Convocatoria.

Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda con la misma finalidad, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, no pudiendo el importe de la ayuda concedida al amparo de la presente convocatoria, aisladamente o en concurrencia con otras, superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario, exceptuando las indemnizaciones que puedan recibir los empleados públicos de sus Administraciones de origen en concepto de dietas o ayudas de viaje. La percepción simultánea de becas y ayudas de diversa procedencia podrá determinar la modificación, o incluso la revocación de la resolución de concesión de la ayuda.

2. El Plazo y forma de justificación.–Los beneficiarios de las subvenciones deberán presentar, en español o traducida al mismo, la justificación del cumplimiento de la finalidad y de la aplicación de los fondos en el plazo de tres meses contados a partir de la finalización de las actuaciones subvencionadas. Esta justificación se realizará, mediante la presentación de la siguiente documentación: Memoria explicativa de la actividad acompañando los documentos precisos para acreditar el cumplimiento de la finalidad de la subvención. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley General de Subvenciones, aportación de facturas justificativas de los gastos realizados en los términos que se determinen reglamentariamente en las normas de justificación de subvenciones de la AECID. Certificación en la que se expresen las subvenciones o ayudas percibidas para la misma finalidad, en su caso.

Duodécimo. Disposiciones finales.–Contra la presente Resolución y la de concesión de las ayudas, que ponen fin a la vía administrativa, según lo establecido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 29 de octubre de 2009.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), la Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Elena Madrazo Hegewisch.

ANEXO I
Relación de cursos organizados en colaboración con el Instituto Nacional de Administración Pública del Ministerio de la Presidencia

I Curso sobre Gobernabilidad y Desarrollo Institucional

Dirección:

Centro de Cooperación Institucional.

Instituto Nacional de Administración Pública.

c/ Atocha, 106.

28012 Madrid, España.

Correo electrónico: centro.ci@inap.es

Lugar de realización del curso: La fase presencial, en la sede del INAP, Plaza de San Diego s/n, Alcalá de Henares, Madrid.

N.º de alumnos: 15.

Fechas de realización: del 1 al 12 de marzo de 2010.

Duración: 2 semanas (50 horas lectivas).

Destinatarios: Titulados superiores universitarios que sean gerentes públicos o ocupen cargos de responsabilidad en el sector público y que estén interesados en este campo de la actividad administrativa.

Objetivos: Poner a disposición de los participantes el conocimiento de técnicas y herramientas básicas para articular un marco institucional que permita a las Administraciones Públicas cumplir sus objetivos.

Contenido:

La gobernabilidad y sus conceptos básicos.

Estructura básica del Estado Constitucional.

Reforma del Estado y modernización de las Administraciones públicas.

La descentralización administrativa como instrumento de desarrollo institucional.

El Estado de las Autonomías.

La Administración Local.

Reforma y modernización de la Administración de Justicia: reorganización de sistemas y procedimientos.

Los sistemas de presupuestación.

Las opciones fiscales.

La profesionalización de la Función Pública.

Transparencia y ética en el ejercicio de las funciones públicas.

Aplicación de las nuevas tecnologías de la información a la gestión administrativa.

La actuación de las Administraciones Públicas en pro de la equidad social.

La cooperación internacional: Instrumentos de cooperación para el desarrollo institucional.

Diploma: Los alumnos que, habiendo superado la fase on-line, sean seleccionados para la realización de la fase presencial, si superan ésta, se les otorgará un Diploma por las 110 horas lectivas de ambas fases.

Alojamiento: Los alumnos se alojarán en hotel cercano al lugar donde se imparta el Curso, y deberán llegar al preferentemente el día: 28 de febrero de 2010.

Ayudas: Se convocan 15 ayudas, que serán entregadas a los beneficiarios a su llegada a España. Cada una de ellas comprenderá:

Ayuda de transporte de 1.600 € (mil seiscientos euros).

Alojamiento en hotel cercano a la sede donde se imparten los cursos, en media pensión (desayuno y cena) y ayuda de bolsillo por un importe de 210 € (euros).

Póliza de seguro médico, no farmacéutico, y de accidentes, con un coste de 32 € (treinta y dos euros).

Plazo de presentación de solicitudes: Del 30 de noviembre al 3 de diciembre de 2009.

I Curso sobre Profesionalización del Empleo Público

Dirección:

Centro de Cooperación Institucional.

Instituto Nacional de Administración Pública.

c/ Atocha, 106.

28012 Madrid, España.

Correo electrónico: centro.ci@inap.es

Lugar de realización del curso: La fase presencial, en la sede del INAP, Plaza de San Diego s/n, Alcalá de Henares, Madrid.

N.º de alumnos: 15.

Fechas de realización: del 1 al 12 de marzo de 2010.

Duración: 2 semanas (50 horas lectivas).

Destinatarios: Titulados superiores universitarios que ocupen cargos de responsabilidad en el sector público. Se requiere un conocimiento previo de los fundamentos teóricos de la Administración pública y el Derecho Público.

Objetivos: Facilitar la capacitación adecuada para el análisis, planificación, implantación y ejecución de proyectos relacionados con la profesionalización del empleo público.

Contenido:

Sistemas comparados de empleo público. Clases de empleados públicos.

La Planificación de los recursos humanos. Las relaciones de puestos de trabajo.

La provisión de puestos de trabajo y la carrera administrativa de los funcionarios públicos.

La selección de los empleados públicos: Sistemas de acceso al servicio público.

La relación de servicio: Situaciones administrativas y causas de extinción.

El régimen de derechos y deberes de los funcionarios públicos.

El régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

El régimen retributivo del personal al servicio de la Administración.

Regulación y gestión del personal laboral en la Administración.

El personal de la Administración Local.

Régimen de protección social de los funcionarios civiles del Estado.

El tratamiento de la información sobre el personal: El Registro Central de Personal.

La formación continua en las Administraciones Públicas.

Diploma: Los alumnos que, habiendo superado la fase on-line, sean seleccionados para la realización de la fase presencial, si superan ésta, se les otorgará un Diploma por las 110 horas lectivas de ambas fases.

Alojamiento: Los alumnos se alojarán en hotel cercano al lugar donde se imparta el Curso, y deberán llegar al preferentemente el día: 28 de febrero de 2010.

Ayudas: Se convocan 15 ayudas, que serán entregadas a los beneficiarios a su llegada a España. Cada una de ellas comprenderá:

Ayuda de transporte de 1.600 € (mil seiscientos euros).

Alojamiento en hotel cercano a la sede donde se imparten los cursos, en media pensión (desayuno y cena) y ayuda de bolsillo por un importe de 210 € (euros).

Póliza de seguro médico, no farmacéutico, y de accidentes, con un coste de 32 € (treinta y dos euros).

Plazo de presentación de solicitudes: Del 30 de noviembre al 3 de diciembre de 2009.

I Curso sobre Políticas Públicas para el Desarrollo Social

Dirección:

Centro de Cooperación Institucional.

Instituto Nacional de Administración Pública.

c/ Atocha, 106.

28012 Madrid, España.

Correo electrónico: centro.ci@inap.es

Lugar de realización del curso: La fase presencial, en la sede del INAP, Plaza de San Diego s/n, Alcalá de Henares, Madrid.

N.º de alumnos: 15.

Fechas de realización: del 1 al 12 de marzo de 2010.

Duración: 2 semanas (50 horas lectivas).

Destinatarios: Funcionarios o gerentes públicos, con titulación superior universitaria, que desempeñen puestos de responsabilidad relacionados con áreas de las políticas de desarrollo y bienestar social en sus respectivas Administraciones Públicas.

Objetivos: Facilitar la capacitación adecuada para el análisis, planificación, implantación y ejecución de proyectos relacionados con políticas públicas vinculadas al desarrollo social.

Contenido:

Políticas Públicas: Planificación, programación y evaluación.

Presupuestación y gasto de las políticas públicas.

Políticas de empleo.

Políticas de educación.

La protección social y el derecho a la salud.

Las políticas de vivienda y de suelo.

Políticas de igualdad de género.

Políticas sociales: Infancia y familia, atención a los mayores.

Violencia de género.

Problemas de exclusión social.

Drogodependencia.

Políticas de apoyo a personas dependientes.

Políticas y actuaciones a favor de personas con discapacidad.

Cooperación social: Asociaciones y Fundaciones. El voluntariado.

Diploma: Los alumnos que, habiendo superado la fase on-line, sean seleccionados para la realización de la fase presencial, si superan ésta, se les otorgará un Diploma por las horas 110 lectivas de ambas fases.

Alojamiento: Los alumnos se alojarán en hotel cercano al lugar donde se imparta el Curso, y deberán llegar al preferentemente el día: 28 de febrero de 2010.

Ayudas: Se convocan 15 ayudas, que serán entregadas a los beneficiarios a su llegada a España. Cada una de ellas comprenderá:

Ayuda de transporte de 1.600 € (mil seiscientos euros).

Alojamiento en hotel cercano a la sede donde se imparten los cursos, en media pensión (desayuno y cena) y ayuda de bolsillo por un importe de 210 € (euros).

Póliza de seguro médico, no farmacéutico, y de accidentes, con un coste de 32 € (treinta y dos euros).

Plazo de presentación de solicitudes: Del 30 de noviembre al 3 de diciembre de 2009.

I Curso sobre Planificación y Gestión Local

Dirección:

Centro de Cooperación Institucional.

Instituto Nacional de Administración Pública.

c/ Atocha, 106.

28012 Madrid, España.

Correo electrónico: centro.ci@inap.es

Lugar de realización del curso: La fase presencial, en la sede del INAP, Plaza de San Diego s/n, Alcalá de Henares, Madrid.

N.º de alumnos: 15.

Fechas de realización: del 1 al 12 de marzo de 2010.

Duración: 2 semanas (50 horas lectivas).

Destinatarios: Personal, con titulación superior universitaria, que desempeñe puestos directivos en municipios, departamentos o regiones.

Objetivos: Contribuir a la actualización de conocimientos de los participantes en materia de planificación y gestión local y al análisis de experiencias de planificación y gestión distintas, con especial referencia a las españolas.

Contenido:

Modelos de Gobierno Local.

Gobierno Local y participación ciudadana.

Organización y funcionamiento de las entidades locales.

Gestión presupuestaria y sistemas de control.

La financiación de las ciudades. El papel del Estado. Límites.

Dirección y gestión de los recursos.

Gestión de los servicios públicos. Competencias locales y sus modos de ejercicio.

La contratación administrativa en la Administración Local.

Las ordenanzas municipales y la potestad sancionadora.

Planificación estratégica y su impacto.

Técnicas y habilidades directivas. Directivos y comunicación interna en la Administración Local.

Negociación y conflictos en la Administración Local.

Administración electrónica y su aplicación a la Administración Local.

Diploma: Los alumnos que, habiendo superado la fase on-line, sean seleccionados para la realización de la fase presencial, si superan ésta, se les otorgará un Diploma por las 110 horas lectivas de ambas fases.

Alojamiento: Los alumnos se alojarán en hotel cercano al lugar donde se imparta el Curso, y deberán llegar al preferentemente el día: 28 de febrero de 2010.

Ayudas: Se convocan 15 ayudas, que serán entregadas a los beneficiarios a su llegada a España. Cada una de ellas comprenderá:

Ayuda de transporte de 1.600 € (mil seiscientos euros).

Alojamiento en hotel cercano a la sede donde se imparten los cursos, en media pensión (desayuno y cena) y ayuda de bolsillo por un importe de 210 € (euros).

Póliza de seguro médico, no farmacéutico, y de accidentes, con un coste de 32 € (treinta y dos euros).

Plazo de presentación de solicitudes: El 30 de noviembre al 3 de diciembre de 2009.

I Curso sobre Dirección Pública

Dirección:

Centro de Cooperación Institucional.

Instituto Nacional de Administración Pública.

c/ Atocha, 106.

28012 Madrid, España.

Correo electrónico: centro.ci@inap.es

Lugar de realización del curso: La fase presencial, en la sede del INAP, Plaza de San Diego s/n, Alcalá de Henares, Madrid.

N.º de alumnos: 15.

Fechas de realización: del 1 al 12 de marzo de 2010.

Duración: 2 semanas (50 horas lectivas).

Destinatarios: Funcionarios o gerentes públicos, con titulación superior universitaria, que desempeñen puestos de responsabilidad en el sector público.

Objetivos: El curso pretende ofrecer una formación de calidad centrada en los siguientes objetivos:

Formulación y evaluación de políticas y servicios públicos.

Gestión estratégica en el sector público.

Gestión de procesos en la Administración Pública.

Habilidades directivas y equipos de trabajo.

Contenido:

Módulo I: La gestión pública.

Módulo II: Gestión estratégica en el sector público.

Módulo III: Gestión de procesos en la Administración Pública I.

Módulo IV: Gestión de procesos en la Administración Pública II.

Módulo V: Habilidades Directivas.

Modulo VI: Gestión de personas.

Diploma: Los alumnos que, habiendo superado la fase on-line, sean seleccionados para la realización de la fase presencial, si superan ésta, se les otorgará un Diploma por las 110 horas lectivas de ambas fases.

Alojamiento: Los alumnos se alojarán en hotel cercano al lugar donde se imparta el Curso, y deberán llegar al preferentemente el día: 28 de febrero de 2010.

Ayudas: Se convocan 15 ayudas, que serán entregadas a los beneficiarios a su llegada a España. Cada una de ellas comprenderá:

Ayuda de transporte de 1.600 € (mil seiscientos euros).

Alojamiento en hotel cercano a la sede donde se imparten los cursos, en media pensión (desayuno y cena) y ayuda de bolsillo por un importe de 210 € (euros).

Póliza de seguro médico, no farmacéutico, y de accidentes, con un coste de 32 € (treinta y dos euros).

Plazo de presentación de solicitudes: Del 14 al 17 de diciembre de 2009.

ANEXO II
Declaración responsable

Nombre y apellidos: ……………………………………………………………………………

Dirección: ………………………………………………………………………………………

País: …………………………………… Número de Pasaporte: …………………………

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD NO ESTAR INCURSO EN LAS PROHIBICIONES ESTABLECIDAS EN EL APARTADO 2 DEL ART. 13 DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE (BOE 18-11-2003 ESPAÑA) PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO CUMPLIENDO CON LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN LA CLÁUSULA DÉCIMA DE ESTA CONVOCATORIA. (Se transcribe dicho artículo a continuación)

Lugar: ……………………… Fecha: ………………………

Firma: ………………………

LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES.

Art. 13. Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora.

2. No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta ley las personas o entidades en quienes concurran algunas de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora:

a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.

e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes en la forma que se determine reglamentariamente.

f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. (Excepcionado para la presente convocatoria).

g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.

h) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta ley o la Ley General Tributaria.

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