Por resolución de 21 de noviembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Universidades, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de diciembre de 2008, se concedieron ayudas de movilidad para investigación posdoctoral, incluidas las ayudas Micinn/Fulbright y Cátedras «Príncipe de Asturias».
Advertidos errores en el anexo de la anterior resolución, procede su subsanación.
Por ello, en uso de la delegación otorgada por la Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio, modificada por la Orden EDU 2607/2009, de 16 de septiembre, esta Secretaría General ha resuelto:
Primero.–Donde dice:
«Área |
Nombre |
Referencia |
F. inicio |
F. fin |
País |
---|---|---|---|---|---|
CT |
IZQUIERDO RAMONET, MARÍA |
2008-0440 |
2008-12-01 |
2009-11-30 |
Irlanda |
HA |
SOTO CANO, MARÍA |
2008-1014 |
2009-05-01 |
2010-10-31 |
Italia» |
Debe decir:
«Área |
Nombre |
Referencia |
F. inicio |
F. fin |
País |
---|---|---|---|---|---|
CT |
IZQUIERDO RAMONET, MARÍA |
2008-0440 |
2008-12-01 |
2009-11-30 |
Irlanda |
2009-12-01 |
2010-11-30 |
Grecia |
|||
HA |
SOTO CANO, MARÍA |
2008-1014 |
2009-05-01 |
2011-04-30 |
Italia» |
Segundo.–Dado que doña María Izquierdo Ramonet obtuvo autorización para retrasar a 1 de enero de 2009 el inicio de la estancia posdoctoral en Irlanda, la estancia en Grecia que se concede en esta resolución deberá iniciarse el 1 de enero de 2010.
Tercero.–El gasto resultante de la presente corrección de errores, por importe estimado de 50.427,03 euros (cincuenta mil cuatrocientos veintisiete euros con tres céntimos) se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 21.04.463-A.781 de los Presupuestos Generales del Estado, con el siguiente desglose: ejercicio 2010: 39.296,58 euros, ejercicio 2011: 11.130,45 euros.
En el gasto anterior queda comprendido el importe correspondiente a las cuotas sociales que establezca la Seguridad Social para cada ejercicio.
El gasto correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos en los Presupuestos Generales del Estado.
Cuarto.–Los beneficiarios de las ayudas concedidas en la presente resolución quedan sujetos a las obligaciones, requisitos y condiciones que rigen el programa y que se indican en la resolución de 5 de marzo de 2008 (BOE del 13), de convocatoria del programa.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. El anterior recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 22 de octubre de 2009.–El Secretario General de Universidades, Marius Rubiralta i Alcañiz.
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