Visto el expediente de indulto de don Joaquín Rodríguez Gómez, condenado por la Audiencia Provincial, sección cuarta de Sevilla, en sentencia de 3 de marzo de 2004, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de nueve años de prisión, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 24.040,48 euros, por hechos cometidos en el año 2001, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de octubre de 2009,
Vengo en indultar a don Joaquín Rodríguez Gómez tres años de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 9 de octubre de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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