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Documento BOE-A-2009-16970

Resolución de 15 de octubre de 2009, del Instituto de Estudios Fiscales, por la que se adjudican premios a tesis doctorales.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 26 de octubre de 2009, páginas 89423 a 89423 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2009-16970

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en la norma VII.4.º de la Resolución de 12 de junio de 2009 (BOE 25/06/09), el Director del Instituto de Estudios Fiscales, en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero (BOE de 27 de enero), acuerda la adjudicación definitiva de dos premios a tesis doctorales a los siguientes solicitantes:

A) Premio para Derecho Financiero y Tributario:

«La Analogía en el Derecho Tributario». Doña Mónica Siota Álvarez. N.I.F.: 34.993.509-K. 4.500 €.

B) Premio para Economía Pública:

«Health, Informal Care and Labour Market Outcomes in Europe». Doña M.ª Pilar García Gómez. N.I.F.: 46.969.217-C. 4.500 €.

Esta adjudicación es conforme con la Propuesta de Adjudicación efectuada por la Comisión de Valoración en base a los criterios establecidos en la Norma VII.3.º de la Resolución de convocatoria anteriormente mencionada.

Asimismo, se hace constar de manera expresa la desestimación del resto de solicitudes.

La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida mediante recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 9.c) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, con arreglo a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que puedan interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 15 de octubre de 2009.–El Director del Instituto de Estudios Fiscales, José María Labeaga Azcona.

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