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Documento BOE-A-2009-16522

Resolución de 22 de septiembre de 2009, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se homologa a Cantábrica Consultores Marítimos para impartir un curso.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 16 de octubre de 2009, páginas 87463 a 87463 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2009-16522

TEXTO ORIGINAL

Efectuada solicitud de homologación por Cantábrica Consultores Marítimos, situada en Gijón, para impartir el curso de Buques ro-ro de pasaje y buques de pasaje distintos a buques ro-ro, vista la documentación aportada y el informe favorable de la Capitanía Marítima de Gijón, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.–Homologar a Cantábrica Consultores Marítimos, para impartir el curso de especialidad de:

Buques ro-ro de pasaje y buques de pasaje distintos a buques ro-ro.

Segundo.–Esta homologación tendrá validez por un período de dos años a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiéndose prorrogar a la vista de la Memoria, planes de estudios, prácticas y demás documentación que presente el centro de formación sobre los cursos realizados en base a esta homologación y se solicite antes de la fecha de su expiración.

Tercero.–En un plazo no inferior a quince días antes de la celebración de cada curso, el Centro informará a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación y a la Capitanía Marítima correspondiente, mediante fax y/o medios telemáticos, y preferentemente informáticos o electrónicos, las fechas de inicio y finalización del curso a impartir, el lugar donde se va a impartir el curso, con las características del equipamiento material que se va a utilizar, así como la distribución del contenido del curso en las fechas de desarrollo del mismo y la relación de los formadores, instructores y evaluadores del curso correspondiente acompañada del curriculum profesional, con la cualificación y experiencia de aquellos que no hayan participado en cursos anteriores o que no consten en el expediente de homologación.

Cuarto.–En el plazo no superior a setenta y dos horas posteriores a la finalización del curso, Cantábrica Consultores Marítimos remitirá a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación, mediante medios telemáticos, y preferentemente informáticos o electrónicos, los datos de los alumnos que hayan superado el curso, de acuerdo con los contenidos determinados en la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre.

Quinto.–Además, en el plazo no superior a una semana desde la finalización del curso correspondiente, Cantábrica Consultores Marítimos remitirá acta oficial correspondiente a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación.

Sexto.–Al personal que haya finalizado con aprovechamiento el curso realizado, se le expedirá por la Dirección General de la Marina Mercante el oportuno certificado oficial a la vista de las actas o el certificado emitido por el centro de formación, con los contenidos determinados en la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre.

Séptimo.–Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarias, la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación podrá llevar a cabo inspecciones de los mismos.

Octavo.–El personal que participe en los cursos deberá estar amparado por un seguro amplio de accidentes que pudieran producirse durante la realización de los mismos.

Madrid, 22 de septiembre de 2009.–La Directora General de la Marina Mercante, M.ª Isabel Durantez Gil.

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